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Plazo abiertoComercio, turismo y hosteleríaLa Rioja

COC — Plan de competitividad del comercio minorista

Del 25 % al 75 % de la reforma del local, el mobiliario, la web, el diseño o la calidad de un comercio minorista. El porcentaje sube 40 puntos en pueblos de 500 habitantes o menos: es la ayuda que más premia abrir en el medio rural riojano.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes cuya actividad principal sea el comercio minorista, con centro operativo abierto en La Rioja
Cuánto se cobra
25 % en activos fijos y 35 % en nueva empresa emprendedora, con hasta 40 puntos adicionales según el tamaño del municipio. 50 % en TIC e innovación comercial y 40 % en calidad
Procedimiento
Concesión directa, resuelta por orden de registro de entrada hasta agotar el crédito
Presupuesto
700.000 €, en las anualidades 2027 (500.000 €) y 2028 (200.000 €)
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 897985.

Objeto

Plan de ADER para la competitividad del comercio minorista riojano, con seis actuaciones que se pueden combinar en una misma solicitud:

ActuaciónGastoIntensidad base
1. Creación y constitución de la empresahasta 1.500 €35 %
2. Inversión en activos fijosdesde 3.000 € y hasta 150.000 €25 %, o 35 % si es nueva empresa
3. Diseñode 2.000 € a 6.000 €35 %
4. Innovación en la gestión comercialde 2.000 € a 6.000 €50 %
5. Plan de implantación TICde 1.500 € a 20.000 €50 %
6. Promoción de la calidaddesde 2.000 €40 %, máximo 2.000 €

Bases reguladoras: Orden EIE/58/2024, de 8 de agosto (BOR núm. 156, de 12 de agosto de 2024).

El plus rural: hasta 40 puntos más

En las actuaciones de creación y constitución y de inversión en activos fijos, la intensidad se incrementa según el municipio o núcleo de población diferenciado de La Rioja donde se asiente la inversión, con los datos del último padrón municipal del INE:

Habitantes del municipioPuntos adicionalesActivos fijos: totalNueva empresa: total
Más de 5.00025 %35 %
Entre 2.501 y 5.000+10 %35 %45 %
Entre 1.001 y 2.500+20 %45 %55 %
Entre 501 y 1.000+30 %55 %65 %
500 o menos+40 %65 %75 %

Un comercio nuevo que abre en un pueblo riojano de menos de 500 habitantes cobra el 75 % de su inversión en activos fijos. Es la intensidad más alta de todo el catálogo de ADER para una inversión ordinaria de local, y conviene comprobar el tramo de padrón antes de dimensionar el proyecto.

Cuenta como nueva empresa emprendedora la constituida a partir del 13 de diciembre de 2025 que cumpla el resto de requisitos del artículo 5.2 de la orden reguladora.

Inversión en activos fijos

El proyecto debe realizarse en establecimientos o locales comerciales de la empresa en La Rioja y ser igual o superior a 3.000 €. La inversión máxima subvencionable es de 150.000 €.

Qué se subvenciona

  • Obra civil e instalaciones de cualquier tipo —técnicas, fontanería, electricidad, seguridad, accesibilidad, internas y externas— para adecuar el local, incluso si es propiedad de terceros. También las obras e instalaciones de mejora de la eficiencia energética del inmueble.
  • Honorarios de redacción de proyectos de obra, instalaciones, interiorismo y decoración, y de dirección y certificación final de obra.
  • Mobiliario y equipamiento, hasta 20.000 € por establecimiento.
  • Maquinaria.
  • Un vehículo como máximo: de categoría N, o asimilable a M1 en las clasificaciones 30 (derivado de turismo) y 31 (vehículo mixto adaptable).
  • Utillaje, elementos decorativos, vinilos, rotulación y señalética interna y externa, hasta 6.000 €.

Qué no

  • Compra de locales, inmuebles y terrenos.
  • Máquinas expendedoras automáticas.
  • Vehículos fuera de las categorías admitidas.
  • Activo circulante, reparación, mantenimiento y elementos fungibles.
  • Facturas de menos de 300 € de base imponible.
  • Bienes que coincidan con el objeto social o actividad propia de la empresa, y activos fabricados por el propio solicitante.

En obra civil y sus instalaciones se aplican los módulos de costes unitarios de la convocatoria. En inversiones de eficiencia energética hay que indicar en la memoria justificativa la mejora en kWh/año obtenida, comparando consumos antes y después.

Diseño, TIC, innovación comercial y calidad

Diseño — 35 %, de 2.000 € a 6.000 €

  • Asesoramiento externo para imagen y manual corporativo.
  • Registro de marca y logotipo. No la renovación de marcas ni los procesos judiciales para defenderlas.
  • Asesoramiento para catálogo. No el rediseño de catálogo.
  • Diseño de elementos publicitarios. Las inserciones en medios no entran.
  • Diseño de envase y embalaje.
  • Elementos de promoción en punto de venta.

Quedan fuera los gastos rutinarios o de explotación normal, la impresión de folletos y catálogos, y —en franquicias— el gasto de diseño que la franquiciadora repercute a la franquiciada.

Plan de implantación TIC — 50 %, de 1.500 € a 20.000 €

  • Hardware: ordenadores, periféricos (impresoras, TPV, lector de códigos de barras) e instalaciones de red. Máximo tres equipos informáticos completos por centro de trabajo.
  • Software, incluidos sistemas integrados de gestión y aplicaciones para móviles.
  • Web con gestor de contenidos o comercio electrónico: tienda virtual con pasarela de pagos. Debe cumplir las prioridades 1 y 2 de la norma UNE 139803:2012 de accesibilidad, acreditado con declaración responsable al justificar. Subvención máxima 2.000 €.
  • Consultoría para implantar la LOPD y la LSSI.
  • Dinamización en redes sociales, generación de contenido digital, publicidad en internet, e-mail marketing, concursos, community manager y promociones —excluidos los regalos—. Máximo 6.000 €.

No entran los gastos rutinarios, las actualizaciones y el mantenimiento, los bienes que coincidan con la actividad propia ni los smartphones y la telefonía móvil.

Innovación en la gestión comercial — 50 %, de 2.000 € a 6.000 €

Promoción de la calidad — 40 %, desde 2.000 €

Implantación y certificación de sistemas de calidad, con el límite de 2.000 € de subvención. No se admiten gastos rutinarios ni facturas de menos de 300 €.

Quién puede solicitarla

Pymes cuya actividad principal esté encuadrada en el comercio minorista, según la definición de pyme de la Recomendación 2003/361/CE. Hay que estar de alta en el Censo de Actividades Económicas en la fecha de cierre del plazo.

Actividades excluidas (CNAE-2025)

  • 47.30 Comercio al por menor de combustible para la automoción.
  • 47.8 Comercio al por menor de vehículos de motor, motocicletas y sus repuestos y accesorios.
  • 95.3 Reparación y mantenimiento de vehículos de motor y motocicletas.

Tampoco entran el comercio ambulante que no disponga de un centro operativo abierto en La Rioja, ni la venta automática por máquinas expendedoras.

El CNAE 47.8 y el 95.3 quedan fuera de esta línea, pero el 47.8 sí está admitido en el programa MIN de inversión de ADER. Un concesionario o una tienda de recambios va por allí, no por aquí.

Si la empresa desarrolla como actividad secundaria alguna no admitida, debe aportar el Impuesto de Sociedades del último ejercicio cerrado, o el IRPF si es persona física.

Cómo y cuándo solicitar

Plazo

Desde la publicación del extracto en el BOR, a las 9:00 horas, hasta el 11 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas. Se admite una sola solicitud por beneficiario, y cerrado el plazo no cabe incrementar el presupuesto de inversión subvencionable.

Cómo se reparte

Por orden de registro de entrada en ADER hasta agotar el crédito. Sin concurrencia.

Tramitación

Solo telemática: credencial obtenida con firma digital en la sede electrónica de ADER y después formulario de solicitud con la documentación. Presentar por cualquier otra vía carece de validez jurídica.

Como solo cabe una solicitud por beneficiario y las seis actuaciones pueden combinarse en ella, merece la pena ordenar el proyecto completo antes de entrar: reforma, mobiliario, web y marca en el mismo expediente, cada partida a su porcentaje.

Cierra en11 de diciembre de 2026

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Texto oficial

Texto completo de la convocatoria 2026 publicado en la BDNSBases reguladoras: Orden EIE/58/2024, de 8 de agosto (BOR núm. 156, de 12 de agosto de 2024)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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