Diputación de Ciudad Real: nuevos alojamientos turísticos rurales y mejora de los existentes
Hasta 30.000 € para montar una casa rural desde cero y hasta 15.000 € para mejorar la que ya funciona, en ambos casos el 50 % de la inversión. Puntúan la despoblación del municipio, la accesibilidad y las renovables.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Autónomos, pymes, micropymes, comunidades de bienes y sociedades civiles con domicilio social y fiscal en la provincia de Ciudad Real, titulares de casas rurales, hoteles rurales, complejos de turismo rural o alojamientos rurales singulares
- Cuánto se cobra
- 50 % de la inversión: hasta 30.000 € en la línea de nueva creación y hasta 15.000 € en la de mejora de la calidad
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: se ordena por puntuación y se concede hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 265.000 €, repartidos en 132.500 € por línea, aplicación 39702.43300.789; el remanente de una línea puede pasar a la otra
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE CIUDAD REAL. Código BDNS 910269.
Objeto y las dos líneas
Financia la creación de nuevos alojamientos turísticos rurales y la mejora de la calidad de los ya existentes en la provincia de Ciudad Real, con especial incidencia en los municipios afectados por la despoblación.
| Línea | Qué cubre | Máximo | Crédito |
|---|---|---|---|
| Línea A | Creación de nuevos establecimientos turísticos, a partir de viviendas ya existentes o de construcción de nueva planta, en cualquier municipio de la provincia | 30.000 € | 132.500 € |
| Línea B | Mejora de la calidad de establecimientos ya existentes e inscritos en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos de Castilla-La Mancha | 15.000 € | 132.500 € |
No se puede concurrir a ambas líneas a la vez para el mismo establecimiento, y solo cabe una ayuda por beneficiario. Si una línea queda sin agotar por falta de solicitantes, su remanente se traslada a la otra.
Tipologías admitidas
- Casas rurales
- Hoteles rurales
- Complejos de turismo rural
- Alojamientos rurales singulares
Periodo de ejecución
Del 16 de octubre de 2025 al 15 de octubre de 2026. No se admiten facturas ni justificantes de pago anteriores al 16 de octubre de 2025.
Quién puede solicitarla
Empresas turísticas en la modalidad de autónomos, pymes, micropymes, comunidades de bienes y sociedades civiles, con domicilio social y fiscal en la provincia de Ciudad Real y titulares de un establecimiento de alguna de las cuatro tipologías admitidas.
- Pyme: menos de 250 trabajadores y volumen de negocio no superior a 50 M€, o balance no superior a 43 M€.
- Micropyme: plantilla inferior a 10 trabajadores, con negocio y balance inferiores a 2 M€.
El requisito del Registro
El establecimiento debe estar inscrito en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos de Castilla-La Mancha, a los efectos del artículo 13 de la Ley 8/1999, de 26 de mayo. Es requisito de partida para los solicitantes de la línea B.
Para la línea A hay una regla propia y una fecha límite dura: si se trata de convertir una vivienda existente o construir un alojamiento de nueva planta, la inscripción en el Registro debe hacerse una vez ejecutadas las actuaciones, en un plazo no superior a dos meses y, como máximo, antes del 15 de noviembre de 2026. Incumplirlo conlleva la pérdida de la subvención concedida.
Qué se subvenciona
Ambas líneas comparten catálogo de actuaciones:
- Reformas y equipamientos muebles para crear un nuevo establecimiento a partir de una vivienda existente o de nueva planta.
- Reformas y equipamientos en establecimientos ya existentes, para su funcionamiento o para subir de categoría o mejorar sustancialmente la calidad.
- Accesibilidad para personas con movilidad reducida o cualquier limitación física, psíquica o sensorial.
- Mejora y acondicionamiento de los accesos al establecimiento.
- Instalación de wifi en todas las dependencias.
- Obras de construcción o reforma de espacios de gastronomía tradicional, ocio y entretenimiento, e instalaciones de ocio infantil.
- Digitalización de los sistemas de gestión y comercialización.
- Renovación de instalaciones y maquinaria de higiene alimentaria y elementos higiénico-sanitarios.
- Sostenibilidad y seguridad: ahorro energético y de agua, depuración o reciclado de residuos, reducción de contaminación acústica, seguridad y contraincendios.
- Climatización con medidas de ahorro energético y sistemas de extracción y renovación del aire.
- Implantación y obtención de la Q de Calidad Turística Española, ISO 9001, ISO 14001, Certificación de Accesibilidad Universal u otro sistema de calidad reconocido por Castilla-La Mancha, certificado por normas UNE o reconocido por la Unión Europea.
- Mantenimiento de esos certificados y marcas de calidad.
Lo que queda fuera
- Terrenos, edificaciones, locales y elementos de transporte.
- Gastos corrientes, material no inventariable, menaje de cocina y comedor (vajilla, cubertería, cristalería, pequeños utensilios), menaje de habitaciones y baños y bienes de embellecimiento y decoración.
- Obras de mantenimiento periódico (limpieza de canalones, pintura, arreglos de carpintería).
- Seguros, tasas por autorizaciones, licencias o similares; gastos de conectividad.
- Activos en leasing o renting y los fabricados o desarrollados por la propia entidad solicitante.
- No se admiten pagos inferiores a 50 €. El IVA no es gasto subvencionable.
Ojo a la combinación: el menaje de habitaciones y baños está excluido, pero la reforma y el equipamiento mueble que hacen falta para poner en marcha el alojamiento sí entran. La frontera es la inventariabilidad del bien.
Cuantía y baremo
La subvención es como máximo el 50 % del coste total del presupuesto de ejecución, aplicado sobre los gastos debidamente justificados, con el tope de cada línea.
Cómo se puntúa (máximo 153 puntos)
a) Despoblación del municipio — hasta 70 puntos. Tasa de crecimiento real anual (CRA) 2018-2023 del informe 2024 de la UCLM «La Despoblación y el Despoblamiento de la provincia de Ciudad Real» (Anexo 0):
| Tasa de crecimiento real anual | Puntos |
|---|---|
| Decrecimiento fuerte (menos del −2 %) | 70 |
| Decrecimiento moderado (−1 % a −2 %) | 60 |
| Decrecimiento débil (−0,1 % a −1 %) | 50 |
| Estancado (−0,1 % a 0,1 %) | 40 |
| Crecimiento débil (0,1 % a 1 %) | 30 |
| Crecimiento moderado (1 % a 2 %) | 20 |
| Crecimiento fuerte (más del 2 %) | 10 |
b) Contratación indefinida — hasta 25 puntos. Superar el 50 % de plantilla indefinida da 10 puntos, más 5 puntos adicionales por cada uno de estos casos: que ese porcentaje lo ocupen trabajadoras, personas con discapacidad superior al 33 % o menores de 30 años.
c) Accesibilidad — hasta 25 puntos.
| Situación | Puntos |
|---|---|
| Establecimiento 100 % accesible en todas las estancias | 20 |
| Al menos un dormitorio y un baño accesibles, comunicados por itinerario accesible con el resto | 15 |
| Ascensores, salvaescaleras y automatismos de apertura de puertas | 10 |
| Establecimiento 100 % practicable en todas las estancias | 10 |
| Al menos un dormitorio y un baño practicables | 5 |
d) Sostenibilidad y eficiencia energética — hasta 30 puntos.
| Actuación | Puntos |
|---|---|
| Autoabastecerse energéticamente con renovables | 15 |
| Contar con alguna instalación de renovables como complemento | 10 |
| Iluminación LED | 5 |
| Interruptores de control de presencia | 5 |
| Aislamiento en puertas, ventanas, cubiertas y suelos | 5 |
e) No haber cobrado antes — 3 puntos para quien no obtuvo ayuda en las convocatorias de casas rurales de 2020 y 2021 ni en las de alojamientos turísticos rurales de 2023, 2024 y 2025.
Los apartados c) y d) se leen mejor como una lista de compra: instalar LED, control de presencia y aislamiento suma 15 puntos con inversiones modestas, y son a la vez actuaciones subvencionables. En un establecimiento de un municipio con crecimiento fuerte —10 puntos por territorio— esas partidas pueden decidir la posición en la lista.
En caso de empate decide el menor número de habitantes del municipio en 2025 y, si persiste, el orden temporal de presentación.
Compatibilidad, minimis y obligaciones
Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, sin que la suma pueda superar el coste de la actividad subvencionada; si lo supera, la cuantía se modifica.
La convocatoria declara las ayudas de minimis citando el Reglamento (UE) nº 1407/2013, que dejó de aplicarse a las ayudas nuevas el 31 de diciembre de 2023. Para una ayuda concedida en 2026 el marco vigente es el Reglamento (UE) 2023/2831, con un techo de 300.000 € por empresa única en tres años.
Obligaciones
- Destinar el establecimiento a prestar servicio de alojamiento turístico en un municipio de la provincia, según la tipología de las bases.
- Mantener la titularidad y el destino efectivo a la actividad turística durante al menos cinco años, salvo sustitución por otro de condiciones análogas previa autorización. En caso contrario, pérdida de la subvención y expediente de reintegro.
- Presentar la memoria de la actuación y la cuenta justificativa en el plazo de un mes desde que finalice la actuación.
- Comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad y someterse al control del Servicio de Desarrollo Territorial, Energía e Innovación.
- Dar publicidad al carácter público de la financiación mediante la placa indicativa de la Diputación.
Plazo y presentación
- Plazo: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real.
- Vía: exclusivamente electrónica, en sede.dipucr.es → Ciudadanos → Subvenciones, ayudas y actividades → Convocatoria de subvenciones y actividades para ciudadanos → Iniciar trámite. Cualquier presentación en papel se considera defectuosa.
- Certificado electrónico de la persona jurídica, o representación acreditada en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
- La convocatoria y todos los anexos están en la web del Servicio de Desarrollo Territorial, Energía e Innovación.
Hay que aportar facturas proforma o presupuestos detallados de la actuación. Si el gasto alcanza los umbrales del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones —40.000 € sin IVA en obras, 15.000 € sin IVA en suministros o servicios— son obligatorias tres ofertas de proveedores distintos, con memoria justificativa si no se elige la más ventajosa.
Presentar la solicitud autoriza a la Diputación a recabar de la AEAT y la Seguridad Social los certificados de estar al corriente.
Plazo sin fecha publicada
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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