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Chiva: ayudas para paliar los efectos de las inundaciones de la dana

Hasta 7.000 € por los daños en el establecimiento y hasta 5.000 € por los de la explotación agrícola o ganadera. Se paga con las donaciones de la Fundación Amancio Ortega y de particulares, por orden cronológico y sin más justificación que acreditar el daño.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Comercios, pymes, empresas y negocios con establecimiento en Chiva, y titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas en producción en el término municipal
Cuánto se cobra
Hasta 7.000 € por daños en la actividad económica y hasta 5.000 € en explotaciones agrarias, según superficie o número de animales
Procedimiento
Concesión por orden cronológico de presentación, con Comisión Técnica de Valoración, hasta agotar el crédito
Presupuesto
1.599.478,74 €
Organismo
CHIVA. Código BDNS 883329.

Las dos líneas que afectan a un negocio

Chiva fue de los municipios especialmente afectados por la dana del 29 de octubre de 2024 y quedó declarado zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil por acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024.

Las bases articulan cinco líneas. Tres se dirigen a viviendas e inmuebles residenciales; las dos relevantes para una actividad económica son:

LíneaObjetoMáximo
Línea 2daños y pérdidas en la actividad económica desarrollada en un establecimiento de Chiva7.000 €
Línea 1daños y pérdidas en explotaciones agrícolas o ganaderas en producción5.000 €

Línea 1, por tramos

SupuestoMáximo
Parcelas de hasta 5.000 m²2.000 €
Parcelas de 5.000,01 a 10.000 m²3.000 €
Parcelas de más de 10.000 m²5.000 €
Hasta 30 animales muertos o colmenas perdidas2.000 €
Más de 30 animales muertos o colmenas perdidas5.000 €

El encabezado de la línea 1 anuncia «un importe máximo de 3.000 € por persona beneficiaria» y a continuación desglosa tramos que llegan a 5.000 €. Los dos números están en el mismo párrafo de las bases publicadas; conviene confirmarlo con el Ayuntamiento antes de calcular la ayuda esperada.

La línea 1 se financia con los fondos donados por la Fundación Amancio Ortega (partida 23100 78002). Las líneas 2 a 5, con donaciones de particulares y diversas entidades (partida AYUDAS DANA DONACIONES 24100 78000).

Quién puede pedir la línea 2

Pueden ser beneficiarias los comercios, pymes, empresas y negocios que cumplan:

  • Personas físicas: titulares de actividades económicas que la desarrollen en un establecimiento en planta baja ubicado en Chiva.
  • Pymes: titulares de una actividad económica con domicilio social en Chiva y legalmente constituidas.
  • Estar de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en la AEAT en una actividad económica que se desarrollaba en el municipio.

La exigencia de planta baja se aplica a las personas físicas; a las pymes se les pide en cambio domicilio social en Chiva. Son criterios distintos y conviene ver por cuál encaja mejor cada caso.

Cómo se acredita el daño

Basta cualquiera de estos documentos:

  • Informe técnico de valoración de los daños.
  • Aceptación y valoración del Consorcio de Compensación de Seguros del local, establecimiento, oficina o nave vinculado a la actividad.
  • Fotografías que muestren que el centro de trabajo o establecimiento fue afectado por la inundación.

Que las fotografías se admitan por sí solas como acreditación del daño es lo que hace esta convocatoria inusualmente accesible. No hace falta peritaje ni expediente del Consorcio.

En la línea 1

Son titulares las personas propietarias, arrendatarias o que por cualquier título válido ostenten los derechos de explotación con fecha anterior al 29 de octubre de 2024, empadronadas en Chiva y mayores de edad. Solo se considera dañada la superficie donde la dana causó pérdida de la cosecha de 2024 o de futuras cosechas, pérdida total o parcial de arbolado o animales, o pérdida o deterioro de infraestructuras de riego.

Una única solicitud por explotación, con independencia del número de parcelas y de propietarios. Si hay varios titulares hace falta renuncia expresa y por escrito del resto; si el solicitante es arrendatario, autorización escrita del propietario.

Procedimiento, pago y una ventaja al final

La instrucción se hace por orden cronológico de presentación. Examina y califica una Comisión Técnica de Valoración de tres personas —un técnico del departamento que elaboró las bases, un técnico de Administración general y la Secretaria de la Corporación—, que propone a la Junta de Gobierno Local hasta agotar el crédito, con resoluciones parciales a medida que se gestionan las solicitudes.

TrámiteDetalle
Subsanación10 días hábiles improrrogables. La solicitud se considera correctamente presentada en el momento de la subsanación
Resolución y notificación6 meses
Pagotransferencia bancaria en un único pago por la totalidad, desde la fecha de la resolución

Que la fecha que cuenta sea la de la subsanación y no la del registro inicial, en un procedimiento que resuelve por orden cronológico, hace que presentar el expediente completo desde el principio valga tanto como presentarlo pronto.

Estas ayudas, por el artículo 30.7 de la Ley General de Subvenciones, no requieren más justificación que acreditar la situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles posteriores. No hay que aportar facturas de reparación.

El excedente se reparte

Una vez adjudicadas todas las ayudas, si queda excedente puede repartirse de manera prorrateada entre todas las personas beneficiarias, sin superar en ningún caso los límites máximos de cada línea. El crédito puede además incrementarse antes de resolver, sin nueva convocatoria.

Todas las publicaciones se hacen en el tablón de anuncios de la sede electrónica de Chiva y en la BDNS.

Anuncio publicado en el BOP de València nº 23, de 4 de febrero de 2026 (registro 2026/00870).

Plazo4 de marzo de 2026

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Bases reguladoras publicadas en el BOP de València nº 23, de 4 de febrero de 2026Sede electrónica del Ayuntamiento de Chiva

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