Cheque Autónomos/as 2026 — Vitoria-Gasteiz
960 € por haberse dado de alta como autónomo en Vitoria-Gasteiz y haber aguantado doce meses. Sin facturas, sin porcentajes y sin competir con proyecto: se reparte por orden de solicitud. Abre el 1 de septiembre de 2026.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas trabajadoras autónomas empadronadas en Vitoria-Gasteiz desde la fecha de alta en el RETA, que cursaran su primera alta después del 13 de diciembre de 2024 y lleven al menos 12 meses ininterrumpidos de alta
- Cuánto se cobra
- 960 € por persona beneficiaria, a fondo perdido
- Procedimiento
- Concurrencia simple: se prioriza por fecha de solicitud, en dos plazos consecutivos
- Presupuesto
- 100.000 €, con cargo a la partida 2026/0821.4331.489.50 del presupuesto municipal. BDNS y BOTHA coinciden. La edición de 2025 se amplió en 30.000 € durante la tramitación por exceso de demanda
- Organismo
- VITORIA-GASTEIZ. Código BDNS 894819.
Objeto
Es la ayuda más sencilla de todo el catálogo vasco y una de las que mejor relación esfuerzo-resultado tiene para un autónomo: 960 € por haberse dado de alta y haber sobrevivido un año.
No hay proyecto que presentar, ni facturas que justificar, ni porcentaje que calcular. La convocatoria lo define así: financiar la primera alta en el RETA de quien haya permanecido de alta un mínimo de un año.
Sus dos objetivos declarados son la mejora competitiva del tejido productivo de Vitoria-Gasteiz y apoyar la consolidación del trabajo autónomo. Ese matiz explica el diseño: no se paga por empezar, se paga por haber aguantado.
Quién puede solicitarla
Ocho requisitos, todos objetivos y comprobables antes de presentar:
- Empadronamiento en Vitoria-Gasteiz desde la fecha de alta en el RETA. No basta con estar empadronado ahora: hay que haberlo estado desde el alta.
- Haber cursado el alta por primera vez en el RETA con posterioridad al 13 de diciembre de 2024. La ayuda es solo para la primera alta: quien ya fue autónomo antes queda fuera.
- Alta en vigor y mantenida de forma ininterrumpida durante al menos 12 meses desde la primera alta. La condición debe cumplirse en el momento de la solicitud y el cómputo se hace de fecha a fecha.
- Alta mantenida en el epígrafe del IAE correspondiente a la actividad desde la fecha de alta en el RETA. Se exige lo mismo a las personas socias de comunidades de bienes y sociedades civiles.
- Estar al corriente con la Hacienda Foral, la Seguridad Social y las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento. Debe cumplirse al presentar y mantenerse durante toda la tramitación: concesión, reconocimiento de la obligación y pago.
- No estar sancionada con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, incluidas las sanciones por discriminación por razón de sexo o incumplimiento de la normativa de igualdad, conforme al artículo 23.2 del Decreto Legislativo 1/2023.
- No estar incursa en las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Cumplir el artículo 11 de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento.
El requisito que más solicitudes tumba es el del empadronamiento desde la fecha de alta: quien se dio de alta viviendo en otro municipio y se mudó después a Vitoria no encaja, aunque hoy resida allí.
Cuantía y procedimiento
960 € a fondo perdido por persona beneficiaria. Importe fijo, sin incrementos ni tramos.
El procedimiento es de concurrencia simple: se prioriza por fecha de solicitud hasta agotar el crédito. No hay baremo ni memoria que valorar.
Los dos plazos, y por qué importan
La convocatoria de 2026 establece dos plazos consecutivos:
| Fase | Periodo |
|---|---|
| Fase 1 | del 1 al 15 de septiembre de 2026 |
| Fase 2 | del 16 de septiembre al 15 de diciembre de 2026 |
Con 100.000 € de dotación y 960 € por ayuda, el crédito da para unas 104 personas. La edición de 2025 se quedó corta: el Ayuntamiento tuvo que ampliarla en 30.000 € en enero de 2026 «ante la alta demanda».
La recomendación es directa: presentar en la fase 1, entre el 1 y el 15 de septiembre. La existencia misma de dos fases sugiere que la primera sirve para ordenar el grueso de solicitudes y la segunda recoge el remanente.
Cómo se solicita
Dos canales, y el presencial sigue abierto, algo poco frecuente:
- Telemático: registro electrónico de la sede municipal, en sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org.
- Presencial: en cualquiera de las once oficinas de atención ciudadana repartidas por los barrios de Vitoria-Gasteiz.
Documentación
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Copia del DNI o NIE.
- Informe de vida laboral actualizado.
- Acreditación de la situación censal de alta en el IAE desde el alta en el RETA.
Es una documentación mínima: los cuatro documentos se obtienen en una tarde y no requieren intervención de terceros.
La resolución se publica en el tablón digital municipal y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.
Un aviso sobre dónde están las bases
Conviene saberlo porque afecta a cómo se documenta el expediente. Lo que la BDNS publica de esta convocatoria —y de las demás de Vitoria-Gasteiz— es únicamente el acuerdo de aprobación de la Junta de Gobierno Local, que no contiene las cuantías ni el detalle de requisitos.
Las bases completas están en dos sitios:
- El extracto en el BOTHA: para esta convocatoria, el BOTHA n.º 39, de 1 de abril de 2026, que sí recoge beneficiarios, objeto, dotación y plazos.
- La web municipal y las oficinas de atención ciudadana, donde figura el texto íntegro aprobado por la Junta de Gobierno Local de 6 de marzo de 2026.
Rige además, como norma general de todas las subvenciones municipales, la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, aprobada por el Pleno el 21 de abril de 2023, publicada en el BOTHA n.º 88 de 28 de julio de 2023 y en vigor desde el 1 de octubre de 2023.
Cuándo vuelve a convocarse
Programa anual y consolidado, en su cuarta edición. El patrón es muy estable:
- Marzo: la Junta de Gobierno Local aprueba las bases.
- Abril: extracto en el BOTHA.
- Septiembre: apertura del plazo.
- Diciembre: cierre.
El dato accionable para el cliente es otro, y conviene decirlo en la primera conversación: la fecha que cuenta es la del alta en el RETA. Quien se dé de alta hoy en Vitoria-Gasteiz tendrá que esperar doce meses y podrá pedirlo en la convocatoria del año siguiente. No hay que hacer nada mientras tanto salvo mantener el alta sin interrupción y no cambiar de empadronamiento.
La ventana de altas elegibles se desplaza cada año: la de 2026 cubre las posteriores al 13 de diciembre de 2024, de modo que la de 2027 previsiblemente cubrirá las posteriores a diciembre de 2025.
Con qué se combina
Para un autónomo que empieza en Vitoria-Gasteiz, esta ayuda es compatible con las autonómicas de creación de empresa. La secuencia natural es:
- Al montar: MerkaEkin si es comercio, o Ekintzaile si el proyecto es innovador.
- Al cumplir el año: Cheque Autónomos.
Son 960 € que no exigen ningún gasto asociado, así que no compiten con la justificación de ninguna otra ayuda.
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