Certifícate: contratar a desempleados con certificado de profesionalidad
7.000 € por contrato indefinido con una persona desempleada que tenga certificado de profesionalidad, y 8.000 € si es mujer, mayor de 45 o menor de 30. También cubre contratos eventuales y formativos de práctica profesional desde 3.000 €.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empleadores que contraten a personas desempleadas con certificado de profesionalidad, según los requisitos de la base segunda de las bases reguladoras
- Cuánto se cobra
- 7.000 € por contrato indefinido, más 1.000 € por colectivo prioritario; 3.000 € o 4.000 € por contratos eventuales y formativos de práctica profesional
- Procedimiento
- Convocatoria abierta, dividida en periodos según el mes de firma del contrato
- Presupuesto
- 400.000 €
- Organismo
- CANARIAS. Código BDNS 909747.
Objeto
Incentiva la contratación de personas desempleadas que posean un certificado de profesionalidad. El nombre despista: no es un programa de formación, y quien cobra no es ningún centro formativo, sino la empresa que contrata.
Es una de las tres convocatorias de incentivos a la contratación que el Servicio Canario de Empleo aprueba en paralelo para 2026-2027, junto con Retorno al Empleo (parados de larga duración) e Incentívate (jóvenes con contratos formativos). Comparten estructura, calendario por periodos y buena parte de las cuantías.
Para una consultoría, el interés de Certifícate está en el cruce: si el candidato al que la empresa iba a contratar de todos modos tiene un certificado de profesionalidad, hay 7.000 € sobre la mesa que no requieren cambiar nada del plan de contratación.
Cuantía
| Tipo de contrato | Importe |
|---|---|
| Indefinido | 7.000 € |
| Eventual por circunstancias de la producción, o formativo para la obtención de la práctica profesional, de 6 a menos de 12 meses | 3.000 € |
| Los mismos, con duración de 12 meses | 4.000 € |
La diferencia con Retorno al Empleo está aquí: Certifícate también admite el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, lo que encaja bien con un perfil recién certificado.
El complemento de 1.000 €
Solo para contratos indefinidos, si la persona contratada es:
- Mujer.
- Mayor de 45 años en el momento de la contratación.
- Menor de 30 años en el momento de la contratación.
El tercer supuesto —jóvenes menores de 30— no existe en Retorno al Empleo, donde solo cuentan mujeres y mayores de 45. Aquí el abanico es más amplio y, en la práctica, casi cualquier contrato indefinido alcanza los 8.000 €.
Jornada, prórrogas y sustituciones
- Importes para jornada completa; en parcial, proporcionalidad, con un mínimo del 50 % de la jornada habitual del sector.
- Las prórrogas y los aumentos de jornada no incrementan la subvención concedida.
- La sustitución del puesto subvencionado no da derecho a cantidad adicional.
Rige también el límite del artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones: la ayuda, sola o acumulada, no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
Convocatoria abierta por periodos
Como sus dos programas hermanos, se tramita en régimen de convocatoria abierta: la vigencia total se divide en periodos más cortos, y el solicitante concurre al periodo que corresponda según el momento en que se suscribió el contrato laboral que da cobertura a la solicitud.
Es decir, la fecha que cuenta es la de la firma del contrato, no la de la solicitud. Cada periodo tiene su propia resolución de concesión, y las solicitudes que quedan pendientes en un periodo se priorizan en el inmediatamente posterior siempre que sigan cumpliendo los requisitos.
La convocatoria corresponde al ejercicio 2026-2027, de modo que abarca contratos firmados a lo largo de más de un año natural.
Presupuesto y tramitación
400.000 €, coincidentes con la BDNS. Es la mitad de lo que tiene Retorno al Empleo, y a 7.000-8.000 € por contrato indefinido el crédito da para unas cincuenta contrataciones repartidas entre todos los periodos.
La cuantía puede incrementarse sin nueva convocatoria, siempre antes de la resolución de concesión y publicándolo por los mismos medios.
- Vía: trámite 4406 de la sede electrónica del Servicio Canario de Empleo.
- Inicio del plazo: el día siguiente a la publicación en el BOC, con presentación por periodos a lo largo de la vigencia de la convocatoria.
La ficha de la BDNS declara el régimen de minimis del Reglamento (UE) 1407/2013, que fue sustituido en diciembre de 2023 por el Reglamento (UE) 2023/2831. Antes de calcular el margen de minimis disponible del cliente conviene confirmar con el SCE cuál de los dos aplica realmente a esta convocatoria, porque el tope cambia de 200.000 € a 300.000 €.
Plazo sin fecha publicada
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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Texto oficial
Resolución de convocatoria 2026-2027 del Servicio Canario de Empleo, texto completo en la BDNSTrámite 4406 en la sede electrónica del Servicio Canario de EmpleoFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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