Certificación de la producción ecológica
El 80 % de la cuota anual de mantenimiento de la certificación ecológica que se paga al CAECV, hasta 2.000 € al año. No es concurrencia competitiva: cobra todo el que lo pida en plazo y cumpla.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Operadores inscritos en el registro de productores o en el de empresas del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana
- Cuánto se cobra
- 80 % del gasto subvencionable, con un máximo de 2.000 € anuales por beneficiario
- Procedimiento
- Concurrencia simple: se concede a todos los que soliciten en plazo y cumplan, con prorrateo si falta crédito
- Presupuesto
- 1.198.000 € según el texto, ampliables en 500.000 €. La BDNS publica 398.000 €: ver la nota sobre el presupuesto
- Organismo
- COMUNITAT VALENCIANA. Código BDNS 906008.
Objeto
Cubre parcialmente el coste de certificar productos agroalimentarios ecológicos, como incentivo a la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, dentro del programa de calidad de los alimentos del Reglamento (UE) 2018/848.
Las bases son la Orden 6/2024, de 23 de mayo (DOGV 9856, de 24 de mayo de 2024).
Qué factura vale y cuál no
Solo se subvencionan las facturas de mantenimiento de la certificación correspondientes a 2026, emitidas por el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana (CAECV), con sus justificantes bancarios de pago.
Expresamente no son subvencionables las facturas de concesión de la certificación, de ampliación, de reducción del período de conversión ni cualquier otro gasto abonado al CAECV. Es decir: quien se certifica por primera vez este año no cobra por el alta, solo por el mantenimiento. Es una distinción fácil de pasar por alto al preparar el expediente.
Además, solo cuentan los gastos efectivamente pagados antes de que acabe el plazo de presentación de solicitudes. Hay que tener la factura pagada, no solo emitida.
Cuantía y cómo se reparte
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Intensidad de la ayuda | 80 % de los gastos subvencionables |
| Máximo por beneficiario y año | 2.000 € |
| Techo de minimis agrícola | 50.000 € en tres ejercicios (Reglamento 1408/2013) |
| Techo de minimis general | 300.000 € en tres años (Reglamento 2023/2831) |
El procedimiento, que no es el habitual
Es concurrencia simple, no competitiva: la ayuda se concede a todas las personas solicitantes que presenten en plazo y acrediten los requisitos, con el único límite del crédito disponible.
Si el crédito no alcanza para todo el gasto subvencionable, se prorratea: se rebaja la intensidad por igual para todos los beneficiarios en vez de dejar fuera a los últimos de la lista.
Esto la convierte en una de las ayudas más previsibles del catálogo valenciano: no hay baremo, no hay puntuación y no hay competencia. Si el operador está certificado, ha pagado la cuota de mantenimiento de 2026 y presenta en los quince días, cobra. El único riesgo es el prorrateo, que rebaja el porcentaje pero no excluye.
Sobre el presupuesto. El texto de la convocatoria fija 1.198.000 € con cargo a la línea S0482, ampliables en 500.000 € adicionales conforme al artículo 11 del Decreto 77/2019. La ficha de la BDNS publica 398.000 €. Damos ambas cifras. El importe puede además variar cuando se publique la ley de presupuestos de la Generalitat para 2026, ya que la convocatoria se financia sobre presupuesto prorrogado de 2025 en virtud del Decreto 204/2025.
Quién puede pedirla
Los operadores certificados por el CAECV, en cualquiera de sus dos registros:
- Registro de productores — operadores titulares de explotaciones agropecuarias. Se les aplica el minimis agrícola del Reglamento (UE) 1408/2013, con techo de 50.000 € en tres ejercicios.
- Registro de empresas — operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación y comercialización de productos ecológicos. Se les aplica el minimis general del Reglamento (UE) 2023/2831, con techo de 300.000 €.
El registro de empresas es la puerta de entrada de obradores, envasadoras, almazaras, bodegas y distribuidoras que trabajan producto ecológico sin ser explotación agraria. Es la parte de la convocatoria que más suele pasarse por alto.
Documentación
- Acreditación de identidad de la persona jurídica y de su representante legal, salvo autorización de consulta.
- Estar al corriente con las haciendas estatal y autonómica y con la Seguridad Social.
- Modelo de domiciliación bancaria, salvo que ya se presentara en anualidades anteriores —en cuyo caso basta indicarlo en la solicitud señalando el número de cuenta—.
- Facturas de mantenimiento de 2026 del CAECV con sus justificantes de pago.
El órgano gestor puede consultar de oficio la inscripción en ambos registros del CAECV y la certificación del Comité con los importes abonados y no devueltos.
Plazos y tramitación
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Presentación de solicitudes | 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOGV |
| Justificación del gasto | 15 días hábiles, contados igual |
| Resolución y notificación | 6 meses desde el inicio del plazo de solicitud. El silencio es desestimatorio |
Solicitud y justificación corren en el mismo plazo: no hay una segunda fase posterior. Todo —factura, justificante de pago y solicitud— tiene que estar listo dentro de esos quince días hábiles.
Tramitación por la sede electrónica de la Generalitat, procedimiento proc18688, con firma electrónica avanzada. Se puede actuar por representante mediante el Registro de Representantes de la ACCV o a través de un ente habilitado (Decreto 37/2025).
Compatibilidad
Compatible con otras subvenciones para la misma finalidad de cualquier administración o entidad, pública o privada, siempre que el total no supere el 100 % de las cuotas de mantenimiento abonadas al CAECV en el ejercicio.
Resuelve la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera por delegación.
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Texto oficial
Texto completo de la convocatoria 2026 en castellano publicado en la BDNSOrden 6/2024, de 23 de mayo, bases reguladoras (DOGV 9856, de 24 de mayo de 2024)Comité de Agricultura Ecológica de la Comunitat ValencianaUn caso parecido
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