Bono Infantil, curso 2026/2027
286 € o 385 € al mes por cada alumno de 0 a 3 años. Lo cobra el centro o la escuela infantil, no la familia: es el ingreso público más importante para una escuela infantil privada riojana, de septiembre a junio.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de escuelas infantiles de primer ciclo de titularidad municipal y centros docentes privados autorizados para impartir el primer ciclo de Educación Infantil en La Rioja
- Cuánto se cobra
- 286 €/mes por alumno sin comedor y 385 €/mes con comedor, ajustados al coste efectivo de la modalidad en cada centro
- Procedimiento
- Concesión directa
- Presupuesto
- 12.087.500 € según la convocatoria (4.835.000 € en 2026 y 7.252.500 € en 2027). La BDNS publica 12.734.500 €: ver el apartado de presupuesto
- Organismo
- LA RIOJA. Código BDNS 911024.
Objeto: quién cobra y quién se beneficia
El Bono Infantil financia la escolarización del alumnado de 0 a 3 años matriculado en escuelas de titularidad municipal y en centros docentes autorizados para impartir el Primer Ciclo de Educación Infantil en La Rioja, durante el curso 2026/2027.
La distinción que hay que tener clara:
| Quién | |
|---|---|
| Entidad beneficiaria (quien solicita y cobra) | El titular de la escuela infantil municipal o del centro docente privado |
| Destinatario último | El alumnado matriculado, que ve financiado el coste de su escolarización |
Por eso esta ayuda entra en una base de subvenciones para empresas: la solicita y la percibe el centro. Para una escuela infantil privada riojana no es una ayuda accesoria, es la principal vía de ingreso público.
Cuantía
| Modalidad | Importe |
|---|---|
| Ayuda tipo 1 — propuesta pedagógica sin comedor | 286 €/mes |
| Ayuda tipo 2 — propuesta pedagógica con comedor | 385 €/mes |
Los importes se ajustan al coste efectivo de esa modalidad en cada centro o escuela: son un techo, no una cantidad fija garantizada. Si el precio del centro es inferior, la ayuda se ajusta a la baja.
Cómo se calcula el total del centro
El importe total a conceder a cada centro resulta de multiplicar tres factores:
- El número de alumnos matriculados que cumplan los requisitos del artículo 4 de la Orden EDU/23/2019.
- La cuantía individual por alumno según su modalidad (286 € o 385 €).
- El número de meses que corresponda en cada caso.
La diferencia entre modalidades son 99 € al mes por alumno. En un centro de 40 plazas eso son casi 4.000 € mensuales: la decisión de ofrecer comedor tiene un efecto directo y grande sobre el ingreso público del centro.
La propuesta pedagógica
Es la condición material de la ayuda y fija el horario del centro:
- Comienza a las 9:00 y termina, como máximo, a las 16:30.
- Modalidad sin comedor: mínimo 4 horas.
- Modalidad con comedor: mínimo 4 horas y media.
La propuesta pedagógica subvencionada abarca de septiembre a junio, ambos inclusive. Julio y agosto quedan fuera.
Con la solicitud hay que adjuntar el calendario escolar del curso 2026/2027, especificando inicio, fin y días no lectivos.
Requisitos del alumnado
Los fija el artículo 4 de la Orden EDU/23/2019. Cada alumno debe, en el momento de la solicitud:
- Estar escolarizado en algún curso del Primer Ciclo de Educación Infantil desde el primer día lectivo del mes al que se refiere la solicitud.
- Ser usuario de la propuesta pedagógica impartida en su centro.
- Ser destinatario de un único Bono Infantil.
- Tener a todos los miembros de su unidad familiar empadronados en La Rioja.
- Asistir de forma habitual y constante al menos las cuatro horas diarias de la propuesta pedagógica, durante un mes natural completo.
Los requisitos deben mantenerse durante todo el periodo en que el alumno esté matriculado. Una baja de asistencia sostenida o un cambio de empadronamiento a mitad de curso afectan al cobro del centro, no solo a la familia.
Qué se entiende por unidad familiar
- Los cónyuges no separados legalmente y los hijos e hijas, mayores o menores de edad, salvo los que vivan independientes.
- En separación legal o sin vínculo matrimonial, los progenitores y todos los descendientes que convivan con uno u otro.
- Se extiende a quienes tengan vínculo de convivencia, incluidas las parejas de hecho legalmente reconocidas.
- Si el destinatario es un menor bajo guarda y tutela de la Comunidad Autónoma en acogimiento familiar, la unidad familiar es la formada por el menor y la familia de acogida.
La condición de familia monoparental se acredita con la resolución de concesión o el título de familia monoparental emitidos por la consejería competente en servicios sociales.
Presupuesto: la BDNS y la convocatoria no coinciden
La convocatoria aprueba un gasto total de 12.087.500 €, repartido así:
| Ejercicio | Importe |
|---|---|
| 2026 | 4.835.000 € |
| 2027 | 7.252.500 € |
| Total | 12.087.500 € |
Dentro de cada ejercicio se reparte entre tres partidas de «Gratuidad escolarización 0 a 3 años»: 1.810.000 €, 2.200.000 € y 825.000 € en 2026; y 2.715.000 €, 3.300.000 € y 1.237.500 € en 2027.
La ficha de la BDNS publica un presupuesto de 12.734.500 €, unos 647.000 € por encima de lo que aprueba la resolución. No elegimos entre uno y otro: la cifra que consta en el texto oficial de la convocatoria es 12.087.500 €, y conviene contrastarla en el BOR antes de usarla en cualquier documento.
Qué pasa si las solicitudes superan el crédito
Por el carácter de concesión directa de estas ayudas, si las solicitudes que cumplen requisitos superan la cantidad autorizada, la Administración debe: otorgar las ayudas con cargo al crédito disponible en la partida si lo hay; y si no lo hay, habilitar crédito mediante modificación presupuestaria o conceder con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.
La distribución del cuadro tiene carácter estimativo: si hace falta alterarla se tramita una transferencia de crédito sin necesidad de nueva convocatoria.
Es una garantía relevante para el centro: a diferencia de las convocatorias por orden de entrada, aquí cumplir los requisitos no compite contra el crédito. La Administración se obliga a buscar el dinero.
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Convocatoria del Bono Infantil para el curso 2026/2027 publicada en la BDNSOrden EDU/23/2019, de 24 de mayo, bases reguladoras del programa Bono InfantilUn caso parecido
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