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Plazo abiertoFinanciaciónCataluñaConcurrencia no competitiva

Préstamos bonificados para promociones de vivienda protegida en alquiler

Préstamo del ICF a treinta años, con cuatro de carencia, al 3,65 % fijo —o 3,40 % con garantía pública— y con 0,70 puntos bonificados por la Agencia de la Vivienda. Es la financiación de las promociones de VPO en alquiler que ya obtuvieron subvención en las convocatorias de 2021, 2022 y 2023. Abierta hasta el 30 de diciembre de 2027.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Promotores de vivienda públicos o privados con sede social u operativa en Cataluña que dispongan de resolución de concesión de alguna de las subvenciones a la promoción de VPO en alquiler o cesión de uso de 2021, 2022 y 2023, y de calificación provisional
Cuánto se cobra
Bonificación de 0,70 puntos del tipo de interés sobre la parte del préstamo correspondiente a la ejecución de las viviendas
Procedimiento
Concurrencia no competitiva. El préstamo lo analiza y concede el ICF; la Agencia de la Vivienda resuelve la bonificación
Presupuesto
17.522.333,03 €, repartidos en anualidades desde 2025 hasta 2054
Organismo
CATALUÑA. Código BDNS 812668.

Solo para promociones ya subvencionadas

Es una línea de segundo escalón, y esto es lo primero que hay que comprobar: no financia cualquier promoción de VPO. Solo entran las actuaciones que ya tienen resolución de concesión de alguna de estas convocatorias de la Agencia de la Vivienda, y además calificación provisional de vivienda protegida:

  • La de 2021, Resolución VPD/1721/2021, para promoción de viviendas y alojamientos con protección oficial en alquiler o cesión de uso.
  • La de 2022, Resolución TER/3247/2022, sobre suelo de titularidad privada.
  • La de 2023, en los mismos términos.

Si el promotor no tiene esa resolución previa, la línea que le corresponde es la de la reserva pública de solares, que además de préstamo bonificado incorpora la subvención mensual por diferencial de rentas.

Condiciones del préstamo

CondiciónDetalle
Tipo3,65 % fijo, que baja al 3,40 % si la operación cuenta con garantía pública. Sobre ese tipo se aplica la bonificación de 0,70 puntos a la parte del préstamo correspondiente a la ejecución de las viviendas
ImporteMínimo 250.000 €. El máximo es el menor de dos: el 100 % del presupuesto protegible menos las subvenciones ya recibidas, o 150.000 € por vivienda subvencionada
PlazoHasta 30 años, con hasta 4 de carencia de capital incluidos
DesembolsoHasta 48 meses, contra certificados de obra del técnico o certificados del tasador
GarantíasHipoteca sobre la construcción y prenda de los derechos de crédito de los contratos de alquiler, más lo que el ICF considere suficiente
ComisionesApertura y amortización anticipada del 0,25 %, añadiendo en la cancelación los costes de ruptura del swap. Demora, 6 puntos adicionales

El tope de 150.000 € por vivienda es el que suele morder: en promociones con coste de ejecución alto, el préstamo no llega al 100 % del presupuesto protegible aunque las subvenciones recibidas hayan sido pequeñas.

La amortización es mensual por sistema francés, y el ICF puede revisar los precios si lo justifica la evolución del mercado financiero, aplicándolos a las operaciones nuevas.

Cierra en30 de diciembre de 2027

488 días

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Texto oficial

Convocatoria de la bonificación de intereses, texto en castellano en la BDNSBases reguladoras, Resolución TER/1746/2024, de 2 de mayo (DOGC núm. 9167, de 22.5.2024), modificada por la Resolución TER/4699/2024Agencia de la Vivienda de Cataluña

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