Benissa: preservar y promocionar la vid de moscatel
50.000 € para los cultivadores directos de uva moscatel de Benissa, con el objetivo declarado de recuperar y divulgar la tradición del moscatel. Solo 15 días naturales de plazo.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas cultivadoras directas de uva de moscatel cuya actividad sea la agricultura y se desarrolle en el término municipal de Benissa a 1 de enero de 2026
- Cuánto se cobra
- Según las bases aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 31 de marzo de 2026
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 50.000 €
- Organismo
- BENISSA. Código BDNS 896592.
Objeto y beneficiarios
Subvenciones en concurrencia competitiva a favor de agricultores para preservar y promocionar la vid de moscatel y, con ello, recuperar, proteger y divulgar la tradición y la cultura del moscatel de Benissa durante 2026.
Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas cultivadoras directas de uva de moscatel, cuya actividad sea la agricultura y se desarrolle en el término municipal de Benissa a fecha 1 de enero de 2026.
La condición se acredita mediante la inscripción en los registros generales autonómicos de producción agrícola, como el REGEPA, además del resto de requisitos de la base segunda de la convocatoria.
La fecha de corte es 1 de enero de 2026: hay que estar cultivando y registrado desde entonces. Y se exige ser cultivador directo, lo que descarta a quien tiene la parcela arrendada a un tercero.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Crédito | 50.000 €, aplicación 4140-489 |
| Plazo | 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOP de Alicante |
Quince días naturales, no hábiles: el plazo real puede quedarse en diez días laborables si cae un puente. Es de los más cortos del catálogo municipal valenciano.
Bases y dónde consultarlas
Las bases reguladoras son el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 31 de marzo de 2026 y la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Benissa.
El extracto publicado en el BOP cita como bases el «acuerdo JGL 31/06/2026», fecha que no existe. El propio título del anuncio y el otro extracto publicado el mismo día sitúan el acuerdo el 31 de marzo de 2026. Es un error material del extracto.
Las cuantías individuales, los criterios de valoración y la documentación están en el texto completo de la convocatoria, que se publica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El documento asociado al código 896592 no está disponible a través del servicio de descarga de la BDNS, que devuelve error; la fuente de esta ficha es el extracto oficial del BOP de Alicante. Conviene consultar las bases completas en el Ayuntamiento antes de preparar el expediente.
Extracto publicado en el BOP de Alicante nº 64, de 7 de abril de 2026 (inserción 2329/2026).
Benissa convoca el mismo día una segunda ayuda agraria, la de siembra no recolectable para alimentación disuasoria de la fauna silvestre (8.850 €), con idéntico plazo de quince días naturales. Son convocatorias independientes y un mismo agricultor puede encajar en las dos.
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