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Barbastro: abrir, ampliar o traspasar un negocio 2026

Hasta 4.000 € del Ayuntamiento de Barbastro para pagar alquiler, luz, teléfono, publicidad, gestoría y notaría de quien ha abierto un negocio, lo ha ampliado o lo ha cogido en traspaso desde el 16 de septiembre de 2025; hasta 6.000 € en Joaquín Costa, General Ricardos y el Coso. Bares y cafeterías, fuera. Plazo hasta el 13 de octubre de 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 930807

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas que ejerzan una actividad empresarial en un local de Barbastro y hayan abierto, ampliado, modificado o adquirido por traspaso esa actividad, con título habilitante municipal, entre el 16 de septiembre de 2025 y la solicitud
Cuánto se cobra
Hasta el 100 % de los gastos corrientes subvencionables, con un máximo de 4.000 € por solicitante, o de 6.000 € en la calle Joaquín Costa, la calle General Ricardos y el Paseo del Coso
Procedimiento
Concurrencia competitiva: se paga a todos los que cumplen; si no llega el crédito, prioridad a las tres calles del centro, luego al empleo creado, a quien no ha cobrado antes y a las mejoras ambientales
Presupuesto
48.056 €, aplicación 013 43300 47000 «Fomento de actividades empresariales» del presupuesto municipal de 2026. La BDNS publica la misma cifra
Organismo
BARBASTRO. Código BDNS 930807.

Qué actuaciones entran

  • Abrir un establecimiento nuevo, sea nueva instalación o traslado. El traslado solo cuenta si es de una actividad sujeta a la ley ambiental de Aragón que se va de zona residencial a suelo industrial.
  • Ampliar una actividad, ganando superficie, con una inversión mínima de 6.000 €.
  • Modificar una actividad de forma que necesite un título habilitante nuevo o modificado, con inversión mínima de 6.000 €.
  • Coger un negocio en traspaso (cambio de titularidad) con inversión mínima de 6.000 €. No vale el simple cambio de forma jurídica con los mismos dueños.

La actividad tiene que haber empezado de verdad entre el 16 de septiembre de 2025 y el día de la solicitud, y eso se mide por la fecha del título habilitante municipal (licencia o declaración responsable). Sin título, no hay ayuda.

Quién queda fuera

  • Actividades sin local propio.
  • Actividades en la vivienda habitual.
  • Cafés y bares (epígrafe 673.1 del IAE).

Qué gastos paga

Gastos corrientes, no inversión:

  • Alquiler del local o de bienes muebles.
  • Publicidad y difusión.
  • Luz, teléfono y gas.
  • Asesoría jurídica o financiera, notaría y registro, si son indispensables para abrir (no los de hipotecas).
  • Tasación del local si lo has comprado.

El periodo cambia según el caso. En una apertura o en una ampliación que cambia de local, valen los gastos pagados desde el 16 de septiembre de 2025 hasta el fin del plazo. En una ampliación sin cambio de local, una modificación o un traspaso, solo desde la fecha del título habilitante.

El Ayuntamiento puede pagar hasta el 100 % de esos gastos, con el tope de 4.000 € (6.000 € en Joaquín Costa, General Ricardos y el Paseo del Coso). Pagos en efectivo, nunca de 1.000 € o más. Si gastas por encima de 15.000 € en un servicio con un mismo proveedor, hacen falta tres presupuestos.

Si no llega el dinero

Con 48.056 € para todo el municipio, a 4.000 € por cabeza caben doce ayudas en el máximo. Si no llega, se ordenan así, por este orden y de forma eliminatoria:

  1. Estar en Joaquín Costa, General Ricardos o el Paseo del Coso.
  2. Empleo creado: 5 puntos por contrato indefinido, 3 si la persona tiene menos de 30 o más de 45 años, 1 si es mujer y 1 por contrato temporal, con un máximo de 20. Cuentan jornadas de al menos el 50 % en Barbastro.
  3. No haber cobrado esta ayuda en las tres últimas convocatorias.
  4. Medidas de corrección ambiental (traslados a suelo industrial, reformas contra ruido o residuos).

A igualdad, gana quien presentó antes la solicitud completa. Si contrataste gente, adjunta contratos y altas: si no los presentas, no puntúan.

Cómo se pide

Modelo normalizado (anexo I) por la sede electrónica del Ayuntamiento o por registro; las sociedades, siempre por sede. Se presenta con todo ya pagado, porque la solicitud es a la vez la justificación:

  • NIF y, si es sociedad, escrituras, DNI del representante y poder.
  • Memoria del proyecto y de su viabilidad, destacando el empleo creado.
  • Relación de gastos (anexo II), facturas y justificantes de pago a nombre del titular.
  • Declaración responsable (anexo III): destino, si el IVA es deducible, ayudas de minimis de tres años.
  • Alta en el IAE con la fecha de inicio.
  • Ficha de terceros.
  • Si es ampliación, modificación o traspaso, facturas y pagos de la inversión de 6.000 €.

La concejalía resuelve en tres meses desde el cierre y paga de una vez por transferencia.

Plazo13 de octubre de 2026

Cerrada

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Texto oficial

Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca núm. 182, de 23 de septiembre de 2026 (CSV BOPH-2026-182012)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con el texto completo

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