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Última convocatoriaAutónomos y emprendimientoLa Rioja

AUT — Consolidación del Trabajo Autónomo Riojano

Un pago único de 2.100 € o 2.700 € para el autónomo riojano con un año de alta, sin justificar inversión ni gasto. No pide facturas: basta acreditar el alta y el domicilio fiscal. Solo se cobra una vez en la vida del programa.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Autónomos, mutualistas, familiares colaboradores y socios de sociedad con un año ininterrumpido de alta y domicilio fiscal en La Rioja
Cuánto se cobra
Cuantía fija de 2.700 € o 2.100 € según el año de nacimiento, en un único pago
Procedimiento
Concesión directa sin concurrencia, por orden de registro hasta agotar el crédito
Presupuesto
3.500.000 € según la convocatoria. La suma de los tres registros de la BDNS da 3.520.000 € porque el tramo de pesca sigue publicado con sus 20.000 € después de haberse liberado (ver la sección de presupuesto)
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 898516.

Objeto

Ayuda de cuantía fija y pago único para fijar y consolidar al autónomo ya establecido en La Rioja, destinada a soportar los gastos fijos y habituales de funcionamiento de la actividad (art. 4 de la orden reguladora).

Es la ayuda más sencilla del catálogo de ADER y la que más clientes alcanza: no hay proyecto que presentar, ni inversión que hacer, ni facturas que justificar. Se subvenciona el hecho mismo de desarrollar una actividad económica o profesional por cuenta propia, o como socio de una sociedad que la desarrolla.

Es la primera convocatoria de 2026 del programa. Las bases reguladoras son la Orden EIE/9/2024, de 12 de marzo, modificada por la Orden EIE/80/2024, de 5 de noviembre, con corrección de errores de 11 de noviembre de 2024.

Quién puede solicitarla

Personas beneficiarias (apartado 2.1 de la convocatoria)

  • Empresarios y profesionales autónomos y mutualistas que desarrollen por cuenta propia actividades empresariales, mineras, industriales, comerciales, de servicios, agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras.
  • El cónyuge, la pareja de hecho y los familiares hasta el segundo grado por consanguinidad, afinidad o adopción que se incorporen al RETA como familiar colaborador del titular de la explotación o como familiar de socio.
  • Los autónomos societarios: quienes desarrollan la actividad a través de una sociedad, incluidas sociedades civiles, comunidades de bienes y titularidades compartidas.

Requisitos comunes (apartado 2.2)

  • Un año ininterrumpido de alta en el RETA inmediatamente anterior a la solicitud, y seguir de alta el día de presentarla. Los periodos en distintas situaciones —individual, colaborador, societario, familiar de socio— se acumulan.
  • Alta en el Censo de Actividades Económicas con domicilio fiscal en La Rioja en el momento de la solicitud, mantenida hasta la resolución de concesión y el abono. En los autónomos societarios el requisito recae sobre la sociedad, que necesita domicilio social y fiscal en La Rioja. No se exige a los familiares colaboradores del titular de la explotación.

Profesionales acogidos a mutualidad

Sirve el alta en la mutualidad como régimen alternativo a la Seguridad Social, con el mismo año ininterrumpido. Además, se considera situación ininterrumpida la de quien se dio de baja en la mutualidad a partir del 6 de julio de 2023 y se dio de alta en el RETA inmediatamente después, sin un solo día de hueco entre ambos regímenes, siempre que los dos periodos sumados superen el año.

Las dos exclusiones que tumban solicitudes

  • Autónomos societarios, mutualistas societarios y familiares de socio con base liquidable general del IRPF de 2024 superior a 60.000 €. El límite solo se aplica a quien ejerce a través de sociedad: el autónomo individual no tiene tope de renta.
  • Haber cobrado esta ayuda en cualquier convocatoria anterior. Cada beneficiario la percibe una única vez, con independencia del tramo de edad y de si ejerce individualmente o a través de sociedad (art. 5 de la orden reguladora).

Los beneficiarios de este programa quedan exonerados de acreditar que están al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, al amparo del artículo 14.2.i) del Decreto 14/2006. Es una excepción poco frecuente y ahorra papeleo.

Cuantía

La cuantía es fija y depende únicamente del año de nacimiento (apartado 4 de la convocatoria):

Año de nacimientoCuantía
1964 o anterior2.700 €
Entre 1965 y 19942.100 €
1995 o posterior2.700 €

El diseño premia los dos extremos del ciclo profesional: los autónomos jóvenes que arrancan y los que están en la etapa final de su vida laboral. El tramo intermedio cobra 600 € menos.

No hay porcentaje, ni inversión mínima, ni gasto elegible: la subvención se concede por el hecho de estar de alta y cumplir los requisitos.

Presupuesto: la BDNS y la convocatoria no cuadran

La convocatoria fija un crédito disponible de 3.500.000 €, repartido en tres tramos según el reglamento de minimis aplicable al beneficiario:

ReglamentoConvocatoriaTras la reprogramación
(UE) 2023/2831, general2.600.000 €3.120.000 €
(UE) 1408/2013, agrícola880.000 €380.000 €
(UE) 717/2014, pesca20.000 €0 €
Total3.500.000 €3.500.000 €

Una resolución posterior de la Presidencia de ADER liberó 500.000 € del tramo agrícola y los 20.000 € del tramo de pesca, y aprobó esos 520.000 € en el tramo general. El tramo de pesca quedó desierto, y así consta en el propio título de su registro en la BDNS.

Dónde está el desajuste: la BDNS publica el programa en tres registros y, sumados, dan 3.520.000 €. Recoge los importes reprogramados del tramo general (3.120.000 €) y del agrícola (380.000 €), pero mantiene los 20.000 € del tramo de pesca que ya se habían liberado, de modo que ese dinero se cuenta dos veces. El importe real de la convocatoria es 3.500.000 €.

Cómo y cuándo solicitar

Plazo

Desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 9:00 horas, hasta el 14 de mayo de 2026 a las 14:00 horas (apartado 8 de la convocatoria).

Ojo con la fecha que publica la BDNS. La ficha de la BDNS da como fin de plazo el 11 de diciembre de 2026, pero los tres documentos de convocatoria descargados de la propia BDNS —el del registro general, el del agrícola y el del de pesca— coinciden los tres en el 14 de mayo de 2026 a las 14:00. Manda la convocatoria. El 11 de diciembre de 2026 es la fecha que la BDNS repite en casi todas las líneas de minimis de ADER de este ejercicio.

Tramitación

Exclusivamente telemática. Cualquier otra vía carece de validez jurídica (apartado 7.5).

  1. Obtener la credencial en la sede electrónica de ADER mediante firma digital. Es única por beneficiario y expediente, y se compone de número de solicitud, usuario y contraseña. Obtenerla no equivale a haber solicitado la ayuda.
  2. Presentar el formulario de solicitud con la documentación, accediendo con esa credencial.
  3. El resto de trámites del expediente se hacen en el apartado Aportación de documentación, con la misma credencial.

Documentación (apartado 3)

  • Autorización expresa firmada por el beneficiario si la solicitud la presenta otra persona.
  • Ficha de alta de terceros cumplimentada en la sede de ADER, salvo que ya obre en su poder, vigente y sin cambios.
  • Mutualistas: certificado de la mutualidad con la fecha de alta, las bajas habidas y la situación de alta actual. Debe tener una antigüedad máxima de tres días respecto a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Autónomos societarios y familiares de socio: escritura pública que acredite la condición de socio —sustituible por documento privado en sociedades civiles, comunidades de bienes y titularidades compartidas— y la declaración del IRPF del ejercicio 2024. Los familiares de socio añaden una declaración responsable identificando al socio y el parentesco.

Notificaciones

Todas se practican por el sistema NOE del Gobierno de La Rioja. El correo electrónico es solo un aviso: la notificación se entiende hecha cuando se accede al acto con firma digital. Si pasan diez días naturales sin acceder, se da por rechazada y el procedimiento sigue.

Al resolverse por orden de registro de entrada hasta agotar el crédito, y con una bolsa de posibles beneficiarios muy superior a los 3,5 millones disponibles, presentar el primer día cuenta. Conviene tener la credencial pedida y la ficha de terceros vigente antes de que salga el extracto en el BOR.

Plazo14 de mayo de 2026

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Texto oficial

Texto completo de la convocatoria 2026 publicado en la BDNSResolución de reprogramación del crédito de la convocatoriaBases reguladoras: Orden EIE/9/2024, de 12 de marzo (BOR núm. 53, de 14 de marzo de 2024)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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