Ayudas municipales a la contratación de Vigo 2026
Entre 2.000 y 6.000 € por contrato indefinido en Vigo, con 500 € acumulables por cada característica de la persona contratada y otros 500 € si quien contrata es autónomo o micropyme. Sin baremo: por orden de entrada hasta agotar los 235.000 €, con un tope de 10.000 € por empresa.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas autónomas y empresas privadas de cualquier forma jurídica, comunidades de bienes, sociedades civiles, cooperativas y sociedades laborales, y personas emprendedoras de alta en el RETA, en otro régimen por cuenta propia o en mutualidad de colegio profesional. Quedan fuera las grandes empresas —250 trabajadores o más y facturación superior a 50 millones o activo superior a 43 millones— y las entidades sin ánimo de lucro
- Cuánto se cobra
- Base de 2.000 € por contrato, más 500 € acumulativos por cada colectivo al que pertenezca la persona trabajadora, más 500 € si la empresa es autónoma o micropyme. Máximos por contrato: 4.500 € en el Programa Indefinidos, 6.000 € en Contrataciones y 5.500 € en Mejora. Tope de 10.000 € por empresa sumando todas las solicitudes
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva sin comparación entre solicitudes: la prelación es solo temporal, por orden de entrada, hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 235.000 € en la partida 2410 4700006: 135.000 € para el Programa Indefinidos, 50.000 € para Contrataciones y 50.000 € para Mejora, con trasvase entre programas del crédito no liberado
- Organismo
- VIGO. Código BDNS 901984.
Tres programas y una misma mecánica
Los tres cubren actuaciones producidas entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026:
| Programa | Qué premia | Crédito | Máximo por contrato |
|---|---|---|---|
| A. Indefinidos | Transformar un contrato temporal en indefinido | 135.000 € | 4.500 € |
| B. Contrataciones | Contratar indefinidamente a una persona desempleada | 50.000 € | 6.000 € |
| C. Mejora | Pasar de jornada parcial a completa, alargar el fijo discontinuo a un mínimo de 9 meses a jornada completa, o convertirlo en indefinido a jornada completa | 50.000 € | 5.500 € |
El crédito no liberado en un programa puede pasar a los otros a propuesta de la comisión de valoración, así que la distribución inicial no es estanca.
Las modalidades son compatibles entre sí siempre que no se pida por la misma persona trabajadora. Y el tope agregado es 10.000 € por empresa, sumando todas las solicitudes, salvo que sobre crédito y la comisión decida elevarlo.
Cómo se suman los 500 €
Todos los programas parten de 2.000 € por persona empadronada en Vigo, y suman 500 € por cada característica, de forma acumulativa:
| Incremento | A. Indefinidos | B. Contrataciones | C. Mejora |
|---|---|---|---|
| Primer empleado o empleada de la empresa | — | 500 € | 500 € |
| Menor de 30 o mayor de 45 años | 500 € | 500 € | 500 € |
| Diversidad funcional (discapacidad ≥ 33 %) | 500 € | 500 € | 500 € |
| Persona trans | 500 € | 500 € | 500 € |
| Riesgo o situación de exclusión social | — | 500 € | 500 € |
| Mujer | 500 € | 500 € | 500 € |
| Víctima de violencia de género o doméstica | 500 € | 500 € | 500 € |
| Participante de un programa de la concejalía | — | 500 € | — |
| Máximo | 4.500 € | 6.000 € | 5.500 € |
Aparte, y una sola vez con independencia del número de solicitudes, hay 500 € adicionales si quien contrata es persona emprendedora autónoma o micropyme —máximo 9 trabajadores y facturación anual o activo total inferior a 2 millones de euros—.
El efecto práctico es que contratar a una mujer menor de 30 años es sistemáticamente más rentable: son 1.000 € por encima de la base solo con esas dos casillas. Los incrementos hay que acreditarlos con certificado, y las condiciones deben concurrir en el momento de la formalización o transformación del contrato, no después.
Jornada
Las cifras son para jornada completa. A tiempo parcial la ayuda es proporcional, siempre que la jornada llegue al 50 % de la establecida en el convenio. Excepcionalmente, y previa justificación, se admite desde el 30 % cuando la persona tiene diversidad funcional o está en situación o riesgo de exclusión social. En los fijos discontinuos se calcula sobre el tiempo de trabajo efectivo anual en semanas.
El requisito que hace perder la ayuda
En el Programa Contrataciones —el de contratar a una persona desempleada— hay un trámite previo que no admite excusa:
Toda contratación deberá ir precedida, inexcusablemente, del procedimiento de selección indicado en estas bases.
Antes de contratar hay que presentar una oferta de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia y/o en la unidad de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento, y la persona se selecciona entre las candidaturas que remitan. Solo si de esas ofertas no sale nadie con el perfil requerido puede la empresa contratar a quien elija en su propio proceso.
Para las contrataciones ya hechas antes de publicarse la convocatoria, hay que acreditar igualmente que en su día se presentó la oferta. Una empresa que contrató por su cuenta, sin pasar por el SPEG, no puede cobrar por este programa por muy bien que encaje todo lo demás.
Es el aviso que hay que dar al cliente antes de que contrate, no cuando viene a pedir la subvención. Los programas A y C no tienen esta exigencia.
Los dos años
Hay que mantener a la persona contratada en plantilla durante un mínimo de dos años desde el inicio del contrato, mantener su jornada, y que el cómputo global de la plantilla de la empresa tenga estabilidad o tendencia creciente. También hay que informar expresamente a la persona trabajadora de la subvención (anexo VI) y colocar un cartel visible —lo suministra el Ayuntamiento— que debe permanecer expuesto hasta bien entrado 2027.
Quién no puede cobrarla
Las exclusiones son las habituales en ayudas al empleo, y conviene repasarlas antes de montar el expediente:
- Contratos con socios que tengan más del 33 % del capital en sociedades mercantiles, o con miembros de la comunidad de bienes o sociedad civil solicitante.
- Contratos con cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad del empresario individual, o de quienes ocupen cargos de dirección o formen parte del órgano de administración. Lo mismo para parejas de hecho.
- Excepción importante: sí cabe cuando la persona empleadora es autónoma sin asalariados y contrata a hijos o hijas menores de 30 años, convivan o no con ella.
- Contrataciones hechas por empresas de trabajo temporal para poner personal a disposición de otras.
- En el Programa Contrataciones, quien en los 6 meses anteriores prestó servicios en la misma empresa o grupo con contrato indefinido, o en los últimos 3 meses con contrato temporal. Se aplica también a los casos de sucesión de empresa.
Incompatibilidades
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra de fomento del empleo por los mismos conceptos, venga de donde venga. Pero sí son compatibles con las bonificaciones de la Seguridad Social, que es lo que casi siempre está en juego. Hay que comunicar al Ayuntamiento cualquier otra ayuda en cuanto se conozca.
Requisitos de la empresa
- El centro de trabajo de la persona por la que se pide debe estar en el término municipal de Vigo.
- La persona trabajadora debe estar empadronada en Vigo antes del 1 de enero de 2025 y prestar servicios en el municipio.
- Estar al corriente con la AEAT, la ATRIGA, el propio Ayuntamiento de Vigo y la Seguridad Social.
- Tener justificadas en tiempo y forma las ayudas de esta misma área municipal en la convocatoria anterior.
- No tener consignación nominativa a su favor en el presupuesto municipal para el fomento del empleo.
Plazos, cobro y próxima edición
- Bases: publicadas el 29 de abril de 2026 en la sede electrónica del Ayuntamiento; extracto de la convocatoria del 30 de abril.
- Plazo: del 4 de mayo al 17 de julio de 2026. Las bases lo fijan desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Pontevedra hasta el 17 de julio.
- Las solicitudes presentadas antes o después del plazo se desestiman sin más por extemporáneas.
- Justificación: hasta el 30 de octubre de 2026.
Cómo se decide
Las bases hablan de «concurrencia competitiva», pero acto seguido aclaran que es sin establecer comparación entre las solicitudes: la prelación es únicamente temporal, por orden de entrada, mientras haya crédito. No hay baremo ni puntuación.
Agotado el crédito, las solicitudes se deniegan por falta de disponibilidad y no generan derecho en convocatorias siguientes. Si alguna beneficiaria renuncia, la ayuda pasa a la siguiente en el orden de recepción sin nueva convocatoria.
Cobro
Concedida la ayuda, hay diez días desde la publicación para comunicar la aceptación o la renuncia; el silencio se entiende como aceptación tácita. El pago es único, condicionado a presentar la documentación justificativa: informe de vida laboral del código de cuenta de cotización posterior a la concesión, el anexo VI de información a la persona trabajadora y una fotografía del cartel colocado en el local. En el Programa Contrataciones se añaden el contrato registrado en el SPEG y la vida laboral de la persona contratada.
Cuándo vuelve a convocarse
Convocatoria municipal anual integrada en la línea 2.6 del Plan Estratégico de Subvenciones de Vigo. La de 2026 se publicó a finales de abril, con el plazo abierto de mayo a julio, y la de 2025 siguió el mismo patrón.
Lo que hay que anotar en el calendario no es la convocatoria sino el periodo de contratación: se subvencionan contratos formalizados desde el 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio. Un cliente que vaya a contratar en verano entra en la edición siguiente, y conviene decírselo antes de que presente la oferta —o de que no la presente— en el SPEG.
Cómo se combina
Es incompatible con otras ayudas al empleo por los mismos conceptos, así que hay que elegir. Conviene comparar con:
- TR349F de la Xunta para la contratación indefinida por autónomos, que suele mover importes mayores.
- Promoción del empleo autónomo, que va al alta de la persona emprendedora y no a la contratación, y por tanto sí se puede sumar.
Para qué cliente
Cualquier empresa o autónomo de Vigo que vaya a hacer indefinido a alguien de su plantilla temporal. El Programa Indefinidos es el más fácil de todos —no exige oferta previa en el SPEG, solo transformar un contrato que ya existe— y se lleva 135.000 € de los 235.000 €.
Con 2.000 € de base y hasta 4.500 € por transformación, más los 500 € de micropyme, consolidar dos contratos temporales puede valer 8.000 € por un trámite que la asesoría ya hace de todas formas.
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