Apoyo y fomento del autoempleo en Barañáin
El 100 % de los gastos de montar el negocio y del primer año de actividad, hasta 2.500 € —3.500 € si la solicitante es víctima de violencia de género—. Cubre alquiler, suministros, cuotas de autónomo, asesoría, seguros, web y notaría.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas que se establezcan como autónomas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, empadronadas en Barañáin con tres meses de antigüedad y con el domicilio del negocio y el alta en el IAE en el municipio
- Cuánto se cobra
- 100 % de los gastos subvencionables sin IVA, con un máximo de 2.500 € general y de 2.700 a 3.500 € en los colectivos de especial interés
- Procedimiento
- Evaluación individualizada, tramitada y resuelta por orden de entrada de las solicitudes
- Presupuesto
- 40.000 €, partida 21 24191 47000 «Subvención Plan de Empleo», ampliable sin nueva convocatoria si existe crédito disponible
- Organismo
- BARAÑÁIN/BARAÑAIN. Código BDNS 876881.
Objeto
Aumentar la creación de empresas en Barañáin fomentando el autoempleo y apoyando la puesta en marcha de iniciativas innovadoras y de todo tipo. Cubre dos bloques:
- Gastos iniciales de creación de empresa.
- Gastos generales del primer año de actividad, contando como fecha de inicio la del alta en el IAE.
La particularidad frente a casi todas las líneas municipales navarras es que aquí se subvenciona el 100 % del gasto sin IVA, no un porcentaje. El tope de 2.500 € se alcanza con relativa facilidad sumando alquiler, suministros y cuotas de autónomo del primer año, así que en la práctica funciona como una ayuda a tanto alzado siempre que se documente bien.
Quién puede solicitarla
Personas que se establezcan como autónomas y hayan comenzado la actividad entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, cumpliendo:
- Alta de la empresa o adquisición por traspaso en ese periodo, con alta en el IAE de Barañáin y domicilio del negocio en el municipio.
- Alta como trabajador o trabajadora autónoma en el RETA.
- Empadronamiento en Barañáin con al menos 3 meses de antigüedad.
- Estar al corriente con Hacienda Foral y Seguridad Social. Las obligaciones con el Ayuntamiento se comprueban de oficio, incluida la ausencia de deuda con la Tesorería Municipal.
- Si hay local, debe estar abierto y con todos los permisos y licencias en el momento de la concesión.
Si la persona forma parte de una sociedad —irregular, limitada, cooperativa…— debe aportar el acta de constitución con socios y representatividad: en ese caso la ayuda es por sociedad, no por cada persona autónoma.
Las solicitudes en reserva de 2025
Quien presentó solicitud en plazo y forma en 2025 y quedó en reserva por agotarse el crédito no tiene que volver a solicitar: pasa a regirse por la convocatoria de 2026, y se le podrá requerir documentación referida a este ejercicio.
Exclusiones
- Autónomos que hayan estado de alta en la misma actividad o epígrafe similar del IAE en los doce meses anteriores al inicio.
- Empresas que procedan de cambio de denominación, forma jurídica, ampliación de capital o modificación estructural de una preexistente.
- Ampliaciones de actividad: darse de alta en un nuevo epígrafe manteniendo la actividad inicial.
- Actividades que ya cobraron en ediciones anteriores. Esta subvención solo puede percibirse una vez.
- Traspasos derivados de donación o sucesión hereditaria.
- Sociedades públicas, entidades de derecho público, fundaciones, centros tecnológicos, colegios profesionales y asociaciones.
- Proyectos que supongan discriminación por raza, sexo, religión o similares.
Cuantía
100 % de los gastos subvencionables sin IVA, con estos máximos por persona o sociedad. Si concurren varias circunstancias, se percibe la de mayor importe:
| Situación | Máximo |
|---|---|
| Con carácter general | 2.500 € |
| Jóvenes de 18 a 30 años | 2.700 € |
| Personas mayores de 45 años | 2.700 € |
| Personas desempleadas de larga duración | 2.700 € |
| Mujeres | 2.900 € |
| Personas con discapacidad | 3.000 € |
| Perceptoras de Renta Garantizada o prestación análoga | 3.000 € |
| Mujeres víctimas de violencia de género | 3.500 € |
Qué gastos entran
Creación de empresa
- Licencia de apertura y licencia de obra del local adscrito a la actividad.
- Estudios de viabilidad, asesorías y otros.
Primer año de actividad (importes sin IVA)
- Alquiler del local en Barañáin, siempre que el alquiler se haya declarado en el IAE antes de presentar la solicitud.
- Agua, calefacción, luz, teléfono e internet afectos a la actividad.
- Cuotas de la Seguridad Social.
- Cuotas de colegios y asociaciones profesionales.
- Asesoría laboral y contable afecta a la actividad.
- Seguros afectos a la actividad.
- Publicidad, con límite de 600 €.
- Creación de página web y aplicaciones informáticas, con límite de 900 €.
- Gastos notariales del inicio de la actividad.
Excluido
- Alquileres con parentesco hasta el tercer grado entre arrendatario y arrendador, o cuando alguien sea a la vez arrendador y arrendatario.
- Alquileres y suministros de negocios con sede en la vivienda habitual.
- Fianzas, garantías e importes pagados por adelantado, y los derechos de enganche.
Los dos sublímites —600 € de publicidad y 900 € de web— suman 1.500 €, más de la mitad del tope general. Un autónomo que arranque con imagen de marca y web puede cubrir buena parte de la ayuda solo con eso, dejando alquiler y cuotas para completar.
Plazo, obligaciones y compatibilidad
- Plazo: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BON, con fecha límite el 7 de diciembre de 2026. Fuera de plazo, inadmisión.
- Solicitud por el registro electrónico del Ayuntamiento, dirigida al Área TIC-Telecentro, Comercio y Empleo. Para quien está obligado a relacionarse electrónicamente, no se admiten otras formas.
- Se tramita y resuelve por orden de entrada hasta agotar la partida.
- Resolución en seis meses desde la entrada en el registro. Silencio desestimatorio.
- Documentación: vida laboral, alta en el RETA, certificados de estar al corriente, acta de constitución si procede, y las declaraciones de los anexos I y II. Para los colectivos de especial interés, la acreditación correspondiente —tarjeta de demanda o certificado del SNE para larga duración, certificado de discapacidad, documentación de violencia de género o de Renta Garantizada—.
Obligaciones
- Mantener y justificar la actividad durante un año desde el alta en el IAE. Si se cesa, hay que comunicarlo por instancia en 30 días naturales explicando las causas; se valorará si hay fuerza mayor a efectos de reintegro. En cualquier caso, no se puede volver a solicitar la parte restante si se retoma la actividad.
- Distintivo visible en el local durante al menos un año indicando la financiación municipal, en establecimientos abiertos al público.
- Colaborar en el seguimiento del negocio durante los 12 meses siguientes al inicio de la actividad.
- Uso de lenguaje e imágenes incluyentes, no sexistas ni LGTBI-fóbicas.
Compatibilidad
Incompatible con financiación de otras áreas del propio Ayuntamiento de Barañáin para la misma actividad, y con tener suscrito con el Ayuntamiento un convenio, contrato de servicios u otro compromiso sobre el proyecto.
Compatible con subvenciones de otras administraciones o entidades para la misma finalidad, sin superar el coste de la actividad.
Esa compatibilidad externa permite encadenarla con la ayuda autonómica de promoción del empleo autónomo del Servicio Navarro de Empleo. Lo que no cabe es sumar los Barabonos ni otra línea del propio Ayuntamiento sobre la misma actividad.
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