Asistencia técnica a las empresas de inserción sociolaboral
Hasta 18.000 € al año por cada técnico de apoyo a jornada completa, con un tope de 1.500 € al mes. Una empresa de inserción con más de 14 personas en proceso puede cobrar por tres técnicos, uno más de los que la norma le obliga a tener.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Centros de inserción sociolaboral calificados provisionalmente de oficio como empresa de inserción y empresas de inserción con al menos dos años de funcionamiento desde su calificación provisional
- Cuánto se cobra
- Hasta 18.000 € anuales por técnico a jornada completa en concepto de salarios y Seguridad Social, con un máximo mensual de 1.500 €
- Procedimiento
- Evaluación individualizada, resuelta conforme se presentan las solicitudes mientras haya crédito
- Presupuesto
- 750.000 € para 2026, partida 950001 96100 4819 241104
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 863843.
Objeto
Subvenciona a las empresas de inserción sociolaboral la contratación de técnicos de apoyo a las personas trabajadoras en proceso de inserción, para prestarles servicios de intervención, inserción y acompañamiento con la finalidad de incorporarlas a la empresa ordinaria (base 1).
Es la tercera pata del paquete navarro para empresas de inserción, junto a la de contratación de personas en exclusión (3.000.000 €) y la de inversiones (210.000 €). Esta cubre la estructura técnica que la propia normativa obliga a tener, lo que la convierte en la más estructural de las tres.
Quién puede solicitarla y qué técnico vale
- Centros de inserción sociolaboral calificados provisionalmente de oficio como empresa de inserción por el Servicio Navarro de Empleo.
- Empresas de inserción sociolaboral con al menos 2 años de funcionamiento desde su calificación provisional.
Titulación exigida al técnico de apoyo
La del art. 19.2 del Decreto Foral 94/2016. Si la empresa está obligada a contar con un solo técnico, este debe dedicarse a medidas de intervención y acompañamiento a la inserción y contar con:
- Titulación universitaria de grado medio relacionada con el ámbito educativo, pedagógico, psicosocial, terapéutico o sociolaboral, o
- Experiencia de un año en esos campos sociales.
Los técnicos contratados antes de la entrada en vigor del Decreto Foral 94/2016 que no tengan la titulación requerida deben acreditar al menos dos años de experiencia en tareas de acompañamiento o intervención e inserción.
Cuántos técnicos se subvencionan
| Personas en proceso de inserción | Técnicos mínimos exigidos | Técnicos subvencionables |
|---|---|---|
| Hasta 8 | 1 a jornada completa | 1 a jornada completa |
| De 9 a 14 | 1 a jornada completa | 2 a jornada completa |
| Más de 14 | 2 a jornada completa | 3 a jornada completa |
A partir de nueve personas en inserción, la convocatoria subvenciona un técnico más de los que la norma obliga a tener. Es un incentivo directo a reforzar el acompañamiento por encima del mínimo legal, y conviene aprovecharlo al dimensionar la plantilla técnica.
Cuantía
- Hasta 18.000 € anuales por técnico a jornada completa, en concepto de salarios y Seguridad Social, o la parte proporcional a la jornada o al tiempo trabajado en el año.
- Máximo mensual de 1.500 €, o la parte proporcional a la jornada. Solo se puede superar ese tope si el mes anterior no se abonó el máximo, lo que permite compensar meses irregulares.
- En contratos a tiempo parcial, la jornada debe ser de al menos el 50 %.
Sustituciones y obligaciones
Dos plazos de sustitución distintos
- Cese del técnico que deje a la empresa por debajo del mínimo exigido: sustitución en el plazo máximo de un mes, comunicándolo al SNE.
- Baja médica de un técnico que se prolongue más de un mes: sustitución en el plazo máximo de 15 días naturales, también comunicándolo.
Obligaciones
- Contar como mínimo con el número de técnicos exigido.
- Aplicar al menos el 80 % de los resultados o excedentes de cada ejercicio a la mejora o ampliación de sus estructuras productivas y de inserción; también se cumple destinándolos a compensar pérdidas de ejercicios anteriores.
- Memoria de actividad del personal técnico en el mes de enero de cada año, referida al anterior.
- Comunicar en el plazo de un mes la obtención de otras ayudas o cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta.
- Hacer constar la financiación del SNE en actividades, servicios, publicidad y material divulgativo.
- Conservar documentos originales o copias certificadas durante 4 años desde la justificación; en caso de cierre, enviarlos al SNE.
La memoria de esta línea se presenta en enero, mientras que la de la línea de contratación se presenta en mayo. Son dos entregas distintas, con contenidos distintos y en meses distintos: conviene tenerlas separadas en el calendario.
Transparencia
Sujeción cuando concurren las dos circunstancias: que la subvención supere los 20.000 € anuales y que suponga más del 20 % de la cifra de negocio o del presupuesto anual. Se comunica en un mes desde la notificación. Quien no esté sujeto presenta igualmente declaración en ese sentido. Con sucesivas subvenciones en el mismo ejercicio no hay que reiterar la información salvo que cambien los datos.
Plazo y tramitación
- Las solicitudes se presentan mensualmente, por los costes salariales y de Seguridad Social abonados a los técnicos en el mes anterior, para el periodo que va del 1 de noviembre del año anterior al 31 de octubre.
- Plazo: un mes desde que finaliza el mes correspondiente. Para los meses que van de noviembre hasta la publicación de la convocatoria, 20 días naturales desde el día siguiente a esa publicación.
- No solicitar en plazo equivale a renunciar al pago de ese mes. Fuera de plazo, inadmisión.
- Preferentemente por el Registro General Electrónico con certificado digital. Si se presenta presencialmente, la documentación debe aportarse además en soporte informático.
- La documentación puede ser copia simple, salvo la solicitud y las declaraciones, que deben ser originales. El SNE puede pedir original o copia autenticada de cualquier documento.
- Subsanación: 10 días hábiles. Concesión y abono mensuales, según la justificación presentada.
Cómo está construida. Las bases vigentes proceden de la convocatoria aprobada para 2017 y cada año se renueva solo la autorización de gasto. El documento publicado en la BDNS lleva la cifra de aquel ejercicio (468.000 €); el crédito de 2026 es de 750.000 €.
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Texto oficial
Bases reguladoras de las subvenciones por asistencia técnica a las empresas de inserción sociolaboralFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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