Asesoramiento en gestión integrada de plagas por las ASV
El agricultor recibe gratis el asesoramiento en gestión integrada de plagas y la Junta se lo paga a la Agrupación de Sanidad Vegetal, hasta 25.000 € por agrupación. No hace falta estar afiliado a la ASV para pedirlo.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Agricultores titulares de pequeñas y medianas empresas agrícolas con explotación en Castilla-La Mancha que soliciten asesoramiento a una Agrupación de Sanidad Vegetal reconocida e inscrita
- Cuánto se cobra
- Ayuda en especie: 17.500 € por ASV y convocatoria, o 25.000 € si tiene dos o más técnicos contratados. Mínimo 500 € para percibirla
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva por procedimiento de tramitación anticipada
- Presupuesto
- 1.000.000 € con cargo a los presupuestos de 2027, ampliables en 20.000 € más con el crédito sobrante de convocatorias anteriores
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 889012.
Cómo funciona
Es una ayuda en especie, no un pago. El agricultor no recibe dinero: recibe servicios de asesoramiento técnico en gestión integrada de plagas, prestados por una Agrupación de Sanidad Vegetal (ASV) reconocida e inscrita en el registro autonómico. La Junta paga el servicio a la ASV.
El asesoramiento sirve para cumplir los principios generales de gestión integrada de plagas del artículo 14 de la Directiva 2009/128/CE, que son de obligado cumplimiento para el agricultor.
Lo más relevante y menos conocido: no hace falta estar afiliado a la ASV para beneficiarse. El artículo 22.7 del Reglamento (UE) 2022/2472 lo prohíbe expresamente. Quien no está afiliado también puede solicitar el asesoramiento, aunque en ese caso asume el coste del servicio, limitado al coste de la prestación.
Quién puede solicitarlo
Agricultores titulares de pequeñas y medianas empresas agrícolas según el artículo 1.a) del Reglamento (UE) 2022/2472, que soliciten asesoramiento a una ASV reconocida, inscrita y en situación activa conforme a la Orden de 16 de marzo de 2015.
La convocatoria exceptúa expresamente el requisito de tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, acogiéndose al artículo 73.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda: basta con que la explotación esté en la región.
La regla de la ASV única
Toda la superficie de un mismo cultivo dentro de la explotación debe ser asesorada por una única ASV, si está dentro de su ámbito de actuación. No se puede repartir el mismo cultivo entre varias agrupaciones.
Otros requisitos
- Estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y en reintegros.
- No estar sujeta a una orden de recuperación de ayudas pendiente ni ser empresa en crisis en el sentido del apartado 59 del artículo 2 del Reglamento (UE) 2022/2472.
- Plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada por falta muy grave en la materia el año anterior.
- No haber sido sancionada por prácticas laborales discriminatorias.
Qué cubre y con qué límites
Las actividades subvencionables se realizan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y consisten en elaborar la documentación de asesoramiento de las explotaciones y cultivos del ámbito de la ASV, y modificarla o actualizarla cuando lo exija la evolución de las plagas, de los suelos o de los medios de producción.
| Concepto | Cuantía |
|---|---|
| Personal técnico acreditado como asesor en gestión integrada de plagas y en fertilización | 60 % del salario bruto, excluidas las cotizaciones empresariales |
| Material de control y seguimiento de plagas, ensayos de laboratorio y nuevas tecnologías, programas y aplicaciones para captura y procesamiento de datos | hasta 2.500 € por convocatoria |
| Dispositivos electrónicos portátiles para la captura de datos de seguimiento | hasta 625 € por convocatoria |
| Formación: cursos y jornadas impartidos por organismos oficiales o universidades, material bibliográfico y suscripciones especializadas | hasta 1.000 € por convocatoria |
Queda excluida la adquisición de material de segunda mano, y el IVA no es subvencionable en ningún caso.
Techos y suelo por ASV
| Situación de la ASV | Máximo por convocatoria |
|---|---|
| Caso general | 17.500 € |
| Con dos o más personas contratadas como personal técnico | 25.000 € |
La segunda contratación solo es subvencionable cuando la superficie asesorada duplique la superficie mínima exigida para ese cultivo en el anexo I de la Orden de 16 de marzo de 2015.
Hay un suelo: las ASV cuyo importe final de ayuda sea inferior a 500 € quedan excluidas del cobro en esa convocatoria, salvo que hayan sido reconocidas e inscritas durante ese mismo año.
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Texto oficial
Resolución de 20 de febrero de 2026 de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, convocatoria 2026Orden 177/2023, de 9 de octubre, bases reguladoras de las ayudas para el asesoramiento en gestión integrada de plagas por las Agrupaciones de Sanidad Vegetal (DOCM núm. 201, de 19 de octubre de 2023)Un caso parecido
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