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Plazo cerrado (estimado)Comercio, turismo y hosteleríaLa RiojaConcurrencia competitiva

Artesanía — Eje 2: dinamización del sector por asociaciones de artesanos

35.000 € para que las asociaciones de artesanos riojanas organicen ferias, formación y acciones de promoción, con hasta 30.000 € de gasto subvencionable por feria. Es la parte colectiva de la convocatoria de artesanía; la individual va por el Eje 1.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Asociaciones de artesanos, en el eje 2.B de la convocatoria de subvenciones a la artesanía
Cuánto se cobra
Se determina conforme al artículo 7 de la Orden DEA/2/2021, con gasto subvencionable de 2.000 € a 30.000 € en ferias y de 1.000 € a 7.500 € en formación y promoción
Procedimiento
Concurrencia competitiva hasta agotar el gasto aprobado
Presupuesto
35.000 € para asociaciones de artesanos —30.000 € en actividades y 5.000 € en plataformas de venta online—, dentro de una convocatoria total de 135.000 €
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 894280.

Objeto y encaje en la convocatoria

La convocatoria de subvenciones a la artesanía de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo se organiza en dos ejes, con beneficiarios distintos. Esta ficha cubre el Eje 2.B, el de las asociaciones de artesanos.

EjeBeneficiarioCrédito
Eje 1 — implantación, desarrollo y consolidaciónEmpresas artesanas72.000 €
Eje 2.A — dinamizaciónEntidades locales28.000 €
Eje 2.B — dinamizaciónAsociaciones de artesanos35.000 €
Total de la convocatoria135.000 €

Si el cliente es un taller artesano individual, la línea que le corresponde es el Eje 1, que tiene ficha propia. Esta es la vía colectiva: la que sostiene ferias, programas formativos y campañas de promoción del sector.

Bases reguladoras: Orden DEA/2/2021, de 11 de enero (BOR núm. 10, de 15 de enero), en su texto consolidado tras la modificación de la Orden DEA/42/2022, de 14 de julio (BOR núm. 137, de 19 de julio de 2022).

Qué puede hacer la asociación

  • Organización de ferias, mercados y eventos artesanos.
  • Organización de programas de actividades de formación dirigidos a empresas artesanas.
  • Acciones de promoción del sector artesano.
  • Acciones de diseño, consultoría, ejecución y evaluación de lo que la asociación desarrolle para dinamizar el sector.
  • Creación de plataformas online de venta conjunta de productos artesanos, con partida propia.

Reparto del crédito del eje

ConceptoImporte
Ferias y mercados, formación, promoción, diseño y consultoría30.000 €
Creación de plataformas online de venta conjunta5.000 €

La distribución entre partidas es orientativa: si el crédito de una no se compromete por falta de solicitudes, puede reasignarse previa modificación presupuestaria.

Importes mínimos y máximos de gasto

Actividad del Eje 2Gasto mínimoGasto máximo
Organización de ferias, mercados y eventos artesanos2.000 €30.000 €
Organización de programas de formación para empresas artesanas1.000 €7.500 €
Acciones de promoción del sector1.000 €7.500 €

La cuantía concreta de la ayuda y los criterios de valoración se determinan conforme a los artículos 7 y 8 de la Orden DEA/2/2021; las actividades y gastos subvencionables, en sus artículos 4 y 5.

El techo de 30.000 € por feria es prácticamente el crédito completo del eje. En la práctica, una única feria bien dimensionada puede absorber la mayor parte de los 35.000 €: al ir en concurrencia competitiva, conviene medir la ambición del proyecto frente al resto de asociaciones del sector.

Condiciones específicas de la convocatoria

La convocatoria fija condiciones que, aunque redactadas sobre todo para el Eje 1, marcan el estándar de justificación de todo el expediente:

  • Ferias y eventos: duración mínima de dos días consecutivos, comprendiendo al menos una mañana o una tarde cada día.
  • Desplazamiento en vehículo propio o de alquiler: 0,27 €/km por un único viaje de ida y vuelta, calculado con Google Maps por la ruta más rápida desde el taller hasta la localidad de la feria. En ese importe se entienden incluidos combustible, peaje y aparcamiento.
  • Otros medios de transporte: el billete, para una persona por empresa artesana. Si quien asiste no es el artesano reconocido, hay que acreditar la relación laboral.
  • Alojamiento: la factura, con un límite de 75 €/día, por los días de duración de la feria más un día adicional de montaje.
  • Transporte del producto a la feria: subvencionable siempre que se realice por medios externos.
  • Actividades formativas: duración mínima de 20 horas, y no se admiten actividades que individualmente duren menos de 2 horas. El alojamiento y desplazamiento asociados solo se subvencionan si la formación se imparte fuera de La Rioja, en las mismas condiciones que las ferias.
  • Ordenadores: solo se subvenciona la compra de uno cada 3 años.

Plazo y tramitación

Plazo

Un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Procedimiento

Concurrencia competitiva, hasta agotar la totalidad del gasto aprobado en la resolución de convocatoria.

Beneficiarios y obligaciones

Los del artículo 3 de la Orden DEA/2/2021. En cuanto a la condición de beneficiario, los requisitos generales y las obligaciones, se aplican los artículos 11, 13 y 14 del Decreto 14/2006, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de La Rioja.

Plazo20 de abril de 2026

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Texto oficial

Resolución de convocatoria 2026, texto completo publicado en la BDNSOrden DEA/42/2022, de 14 de julio, que modifica las bases reguladoras Orden DEA/2/2021 (BOR núm. 137, de 19 de julio de 2022)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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