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Áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Canarias

Hasta 10.000 € y el 50 % del proyecto para el autónomo o la pyme que monta una actividad económica ligada a un parque nacional: atención a visitantes, ecoturismo, productos artesanales. Solo una cuarta parte del crédito va al sector privado.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes con sede social y actividad principal en el área de influencia socioeconómica de un parque nacional canario, y empresarios autónomos residentes en ella o que pretendan implantar allí su actividad; también personas físicas residentes
Cuánto se cobra
Hasta el 50 % del presupuesto de la actividad, con un máximo de 10.000 € y una única actividad por beneficiario privado
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con baremación y orden de prelación hasta agotar el crédito
Presupuesto
50.000 €, de los que el 25 % —12.500 €— se reserva a beneficiarios distintos de las entidades locales
Organismo
CANARIAS. Código BDNS 908265.

Qué se puede financiar

Canarias tiene cuatro parques nacionales —Teide, Timanfaya, Garajonay y Caldera de Taburiente— y cada uno arrastra un área de influencia socioeconómica, los municipios de su entorno. Estas ayudas compensan las limitaciones que la protección impone a quien vive y trabaja allí.

Las iniciativas privadas subvencionables son:

  • Puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con los parques nacionales, en particular las de prestación de servicios de atención a visitantes y comercialización de productos artesanales.
  • Conservación o restauración del patrimonio natural con manifiesto valor ecológico.
  • Eliminación de impactos sobre los valores naturales o culturales del parque, incluido el impacto visual de infraestructuras preexistentes.
  • Garantizar la compatibilidad de las actividades y usos tradicionales con los objetivos del parque.
  • Conservación o restauración del patrimonio arquitectónico y recuperación de la tipología constructiva tradicional con valor histórico-artístico o cultural a escala local.
  • Mantenimiento o recuperación de la tipología constructiva tradicional de edificios que sean primera residencia del propietario o que tengan un uso ligado a la actividad productiva del sector primario.
  • Dotación, en la primera residencia, de las condiciones para obtener la cédula de habitabilidad en viviendas de más de 50 años acreditados.

Y, sin inversión de por medio:

  • Divulgación de los valores del parque entre la sociedad local.
  • Formación de la población local en gestión del parque, conservación de valores naturales y culturales o uso sostenible de recursos renovables, incluido el ecoturismo.

Con carácter general entra también cualquier iniciativa prevista en los planes de desarrollo sostenible del parque, en los planes de acción y estrategia de la Carta Europea de Turismo Sostenible o en la Agenda de cualquiera de los municipios del área.

La letra a.6 —puesta en marcha de actividades económicas de atención a visitantes y venta de artesanía— es la que interesa a quien monta un negocio. Para una pequeña empresa de guías, un obrador artesano o un alojamiento en Vilaflor, La Orotava, Valle Gran Rey o El Paso, es de las pocas ayudas que financian arrancar y no solo mantener.

Quién puede cobrar y cuánto

Beneficiarios privados

  • Pymes cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica de alguno de los parques nacionales de Canarias y cuya actividad principal se desarrolle en ella.
  • Empresarios autónomos en tres supuestos: cuando su residencia y actividad estén en el área; cuando residan en el área y pretendan implantar allí su actividad; o cuando no residan en ella pero vengan realizando dentro del parque actividades productivas artesanales ligadas al sector primario, siempre que estén regladas en los instrumentos de planificación.
  • Personas físicas residentes en el área.

También pueden serlo entidades locales, instituciones sin fines de lucro, entidades de derecho público del ámbito de los recursos naturales renovables y agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior del parque.

Dos avisos. El segundo supuesto de autónomo —residir en el área y querer implantar allí la actividad— abre la puerta a quien todavía no ha empezado: es una ayuda de creación de empresa, no solo de empresa existente. En cambio, las comunidades de bienes no pueden ser beneficiarias por carecer de personalidad jurídica propia, lo que obliga a replantear la forma jurídica antes de solicitar.

Cuantía

Beneficiario% máximoActividadesMáximo por actividad
Entidades locales e instituciones sin fines de lucro100 %hasta 240.000 €
Resto de beneficiarios (pymes, autónomos, personas físicas)50 %110.000 €

Además, la cuantía individual a empresas privadas no puede superar los límites de las directrices comunitarias sobre ayudas de Estado, y en ningún caso la subvención —sola o acumulada— puede superar el coste de la actividad.

El reparto del crédito y los plazos

El presupuesto de la convocatoria es de 50.000 €, coincidentes con la BDNS, financiados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través del OAPN mediante transferencia de créditos a Canarias, con cargo a la aplicación 1212.456L.7800200, PI/LA 167G0010.

Una vez distribuido entre parques por la Conferencia Sectorial, el crédito de cada parque se reparte en dos grupos:

GrupoPorcentaje del crédito
Entidades locales75 %
Resto de beneficiarias25 %

Conviene ser realista con el cliente: sobre 50.000 € totales, al sector privado le corresponden unos 12.500 € repartidos entre los cuatro parques. Con un máximo de 10.000 € por expediente, hablamos de una o dos concesiones privadas en todo el archipiélago. La ayuda existe y merece la pena pedirla, pero conviene no construir el plan de negocio sobre ella.

Si tras el reparto provisional sobra crédito en un grupo, puede destinarse al otro dentro del mismo parque. Y si el crédito se agota antes de terminar la lista, a la última solicitud de cada grupo se le propone el importe sobrante; si con ello el porcentaje resultante quedara por debajo del 50 %, ese importe se traspasa al otro grupo.

Plazo y trámite

  • Plazo: un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOC.
  • Presentación: obligatoriamente por la sede electrónica del Gobierno de Canarias (trámite 4792). Solo las personas físicas pueden presentarla en papel, según el modelo del anexo I.
  • Hay que estar dado de alta en la Base de Datos de Terceros Acreedores de la Comunidad Autónoma.
  • Debe acompañarse una memoria técnica de actuaciones.

Es concurrencia competitiva: se bareman las solicitudes admitidas y se concede por orden de prelación hasta agotar el crédito.

Obligación de divulgación

Los beneficiarios están obligados a divulgar que la actividad se ha realizado con cargo al programa de subvenciones de la Red de Parques Nacionales. Su incumplimiento es causa de reintegro.

Normativa

Bases reguladoras: Orden n.º 254/2024, de 24 de octubre, del Consejero de Transición Ecológica y Energía (BOC n.º 225, de 12/11/2024). Marco estatal: Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, que regula estas subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y atribuye a las comunidades autónomas la tramitación, resolución y pago.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Orden de convocatoria 2026, texto completo en la BDNSBases reguladoras: Orden de 24 de octubre de 2024, BOC n.º 225 de 12/11/2024Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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