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Plazo cerradoAutónomos y emprendimientoCastilla y León

Apoyo al empleo y fomento del autoempleo · Diputación de Valladolid

5.000 € por darse de alta como autónomo y 4.000 € por cada contrato indefinido, en municipios de la provincia de menos de 20.000 habitantes. Las dos líneas son compatibles entre sí y con cualquier otra ayuda pública, algo excepcional en el catálogo.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Línea 1: microempresas, incluidos autónomos, y centros especiales de empleo de iniciativa social. Línea 2: autónomos dados de alta desde el 16 de mayo de 2025. En ambos casos, en municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes
Cuánto se cobra
Línea 1: 2.000 € fijos más hasta 2.000 € variables por contrato indefinido. Línea 2: 2.000 € fijos más hasta 3.000 € variables por alta de autónomo
Procedimiento
Concurrencia, con preferencia de los gastos de inversión sobre los corrientes al redistribuir sobrantes
Presupuesto
650.000 €: 250.000 € en la aplicación 202.241.05.470.06 para gasto corriente y 400.000 € en 202.241.05.770.00 para inversión
Organismo
DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID. Código BDNS 888762.

Objeto y estructura

Dos líneas independientes y compatibles entre sí:

LíneaQué incentivaDotación
1 · EmpleoCreación de nuevos puestos de trabajo125.000 € (gasto corriente)
2 · AutoempleoCreación de actividad empresarial independiente o autónoma125.000 € corriente + 400.000 € inversión

El hilo común es el territorio: municipios de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, según los últimos datos oficiales del INE. La capital queda fuera.

Reasignación de sobrantes

Si al cerrar el plazo falta crédito para un tipo de gasto y sobra en el otro de la misma línea, el sobrante se traslada previa modificación presupuestaria. Y si falta en una línea y sobra en la otra, también. En ese caso tienen preferencia las solicitudes de gasto de inversión sobre las de gasto corriente.

Línea 1 · Empleo

Quién

Microempresas —menos de 10 trabajadores y hasta 2 millones de volumen de negocio o balance—, incluidos los autónomos, y centros especiales de empleo de iniciativa social.

Requisitos

  • Centro productivo o de trabajo en un municipio de la provincia de menos de 20.000 habitantes.
  • La contratación debe suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media de los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación.
  • No puede contratarse a personal que estuviera vinculado a la empresa de forma indefinida durante el año anterior a la incorporación.
  • La persona contratada debe prestar servicio efectivo en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia.

Cuantía

Por contratar a una persona desempleada a jornada completa con contrato indefinido: 2.000 € fijos más hasta 2.000 € variables, en tramos acumulativos de 500 €:

  • Mujer · joven hasta 36 años inclusive · mayor de 45 años · entre 37 y 45 años con hijos a cargo.
  • Persona con capacidad diversa (discapacidad ≥ 33 %).
  • Parado de larga duración: 12 meses desempleado en un periodo de 18.
  • Persona en situación de violencia de género, terrorismo, violencia doméstica o exclusión social.
  • Centro de trabajo en municipio del Programa Territorial de Fomento para Tierra de Campos (anexo III).

Fijos discontinuos: prorrateo según el periodo de trabajo anual, con un mínimo de 3 meses. Jornada parcial: prorrateo según el porcentaje de jornada, que no puede ser inferior al 50 %.

Gastos

Costes salariales y Seguridad Social a cargo de la empresa, más los costes extrasalariales que consten en nómina: indemnizaciones o suplidos por locomoción, dietas de viaje, plus de distancia, transportes urbanos y similares previstos en convenio o contrato.

Se admiten contrataciones realizadas desde el 16 de mayo de 2025 hasta la fecha de presentar la solicitud.

Línea 2 · Autoempleo

Requisitos

  • Alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional desde el 16 de mayo de 2025 hasta el fin del plazo de solicitud, y no haber causado baja en el año anterior a la solicitud.
  • Centro productivo o de trabajo en municipio de la provincia de menos de 20.000 habitantes. Si la actividad no requiere centro de trabajo, cuenta el domicilio social.
  • En ese último caso, además, estar empadronado y tener el domicilio fiscal en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia.
  • Presentar un PLAN DE EMPRESA que avale la viabilidad técnica, económica y financiera.

Cuantía

2.000 € fijos más hasta 3.000 € variables, en tramos acumulativos de 750 €:

  • Relevo generacional: traspasos de negocios y emprendimiento en oficios tradicionales.
  • Mujer · joven hasta 36 años inclusive · mayor de 45 años · entre 37 y 45 años con hijos a cargo.
  • Persona con capacidad diversa (discapacidad ≥ 33 %).
  • Parado de larga duración: 360 días inscrito en los 18 meses anteriores al alta, o 180 días en los 9 meses anteriores si tiene más de 45 años o está inscrito como trabajador agrario.
  • Persona en situación de violencia de género, terrorismo, violencia doméstica o exclusión social.
  • Municipio del Programa Territorial de Fomento para Tierra de Campos.

El tramo de relevo generacional es específico de esta convocatoria y no aparece en ninguna otra del catálogo: 750 € adicionales por traspasar un negocio existente o emprender en un oficio tradicional. Para un cliente que compra una tienda o un taller en un pueblo vallisoletano, conviene reflejarlo expresamente en el plan de empresa.

Gastos corrientes

  • Cuotas del RETA o de la mutualidad.
  • Alquiler del local de negocio, a nombre del beneficiario y en local independiente distinto del domicilio particular.
  • Alquiler de maquinaria a nombre del beneficiario y ligado de forma indubitada a la actividad.
  • Luz y combustible de calefacción del local —la convocatoria lo llama «brecha energética»—, con las mismas condiciones.
  • IBI del local o impuesto municipal de venta ambulante.
  • Gestoría, consultoría, informes profesionales y publicidad del negocio.

Inversiones

Inmovilizado material e inmaterial según el Plan General de Contabilidad: maquinaria, utillaje, mobiliario, equipos para procesos de información, otro inmovilizado material, derechos de traspaso y aplicaciones informáticas. Y obras en el local de negocio.

Tope específico: no se subvencionan más de 1.500 € en equipos informáticos —ordenadores, móviles y demás conjuntos electrónicos—.

Si el autónomo participa en una sociedad o comunidad de bienes, la cuantía se calcula aplicando su porcentaje de participación sobre los gastos subvencionables.

Compatibilidad

Es el punto más favorable de esta convocatoria: las subvenciones son compatibles con cualquier tipo de ayuda que reciba el beneficiario de instituciones públicas o privadas para el mismo fin. Y ambas líneas son compatibles entre sí.

Un autónomo que se da de alta en un pueblo de la provincia puede cobrar la línea 2 aquí y, además, las ayudas al autoempleo del ECYL, que sí son incompatibles con otras que impliquen el alta pero admiten expresamente las que cubran cuotas o inversiones. Merece la pena revisar las dos a la vez.

Dos límites propios

  • Línea 1: solo es subvencionable la contratación cuando suponga creación neta de empleo sobre la plantilla media del año en que se concedió una subvención anterior de la Diputación para creación de empleo.
  • Línea 2: incompatible con las subvenciones obtenidas en las tres últimas convocatorias de autoempleo de la Diputación de Valladolid.

El importe total de las subvenciones concedidas no puede superar el coste de los gastos subvencionados.

Una nota sobre el reglamento de minimis

La convocatoria se remite al Reglamento (UE) 1407/2013. Ese reglamento está derogado desde el 1 de enero de 2024 y sustituido por el Reglamento (UE) 2023/2831, que eleva el tope de 200.000 a 300.000 € por empresa única en tres años.

Aquí la remisión caducada está en el propio texto de la convocatoria, no en unas bases antiguas. En la práctica se aplica el reglamento vigente, pero conviene contar con el criterio del órgano gestor antes de dar por bueno el margen de 300.000 € en un expediente de esta línea.

Tramitación

  • Plazo: cerró el 5 de mayo de 2026.
  • Convoca: el Área de Empleo, Desarrollo Económico y Reto Demográfico de la Diputación de Valladolid, a través de la Oficina del Emprendedor.
  • Marco: Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid y Plan Estratégico de Subvenciones 2026.

La subvención tiene como límite el gasto realizado que responda de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada.

Los beneficiarios quedan obligados a comunicar la obtención de otras subvenciones que financien la actividad tan pronto como la conozcan, con independencia de la declaración que ya deben presentar con la solicitud.

Recurrencia

Es una convocatoria anual estable de la Diputación, con periodo subvencionable que arranca en mayo del año anterior y enlaza con el de la edición previa. Para un cliente de la provincia con planes de contratar o de darse de alta, tiene sentido esperar a la convocatoria antes que adelantarse: los gastos anteriores a mayo del año previo no entran.

Plazo5 de mayo de 2026

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Texto oficial

Convocatoria de subvenciones para el apoyo al empleo y fomento del autoempleo 2026, texto íntegro publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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