Acondicionamiento de alojamientos para personas trabajadoras de temporada del sector agropecuario
Del 60 % al 80 % del coste de reformar un inmueble o comprar módulos prefabricados para alojar a los temporeros de la campaña. La pide directamente el empresario agrario —también como persona física— y una cooperativa puede acondicionar plazas para trabajadores contratados por otras empresas.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresarios y empresarias individuales, empresas y cooperativas agrarias legalmente constituidas que desarrollen su actividad en Aragón. Las cooperativas agrarias pueden acondicionar plazas para trabajadores de temporada contratados por otras empresas
- Cuánto se cobra
- Del 60 % al 80 % del presupuesto subvencionable, IVA excluido, según la puntuación obtenida
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: se adjudica a las solicitudes de mayor valoración dentro del crédito disponible
- Presupuesto
- 90.000 €. Coincide con lo registrado en la BDNS
- Organismo
- ARAGÓN. Código BDNS 892221.
Objeto
Financia el acondicionamiento de plazas de alojamiento para los trabajadores de temporada de las explotaciones agropecuarias aragonesas. Las acciones subvencionables son:
- Reformas, acondicionamientos o ampliaciones de inmuebles, ya constituyan obra menor o mayor.
- Compra o alquiler de módulos prefabricados destinados a ese alojamiento.
Que se admita el alquiler de módulos, y no solo la compra, es lo que hace esta ayuda manejable para una explotación que solo necesita alojar gente unas semanas al año.
Quién puede pedirla
Tienen la condición de beneficiarias las personas empresarias individuales, las empresas y las cooperativas agrarias legalmente constituidas que desarrollen su actividad en Aragón. Que entren los empresarios individuales convierte esta ayuda en accesible para un autónomo agrario, a diferencia de otras líneas que exigen personalidad jurídica.
Además de acondicionar plazas para sus propios trabajadores, las cooperativas agrarias pueden acondicionar plazas destinadas a alojar a trabajadores de temporada contratados por otras empresas. Es la vía natural para resolver el alojamiento de forma colectiva en una zona de campaña.
Hay un requisito de historial que conviene revisar: haber cumplido los requisitos y realizado la actividad en todas las subvenciones concedidas anteriormente para el mismo destino y finalidad, aunque se trate de fases distintas de un mismo proyecto.
Cuánto se cobra
El porcentaje lo fija la puntuación obtenida, sobre el presupuesto subvencionable con el IVA deducido:
| Puntuación | Subvención |
|---|---|
| Entre 45 y 50 puntos | 80 % |
| Entre 40 y 44 puntos | 70 % |
| Entre 25 y 39 puntos | 60 % |
La subvención no puede, sola o en concurrencia con otras ayudas, superar el coste de la actividad subvencionada.
Con 90.000 € de crédito y porcentajes tan altos, es una convocatoria pequeña que se agota rápido: la puntuación decide de verdad quién cobra.
Plazos
La convocatoria se publicó en el “Boletín Oficial de Aragón” número 87, de 11 de mayo de 2026, y el plazo fue de quince días hábiles desde el día siguiente.
La solicitud debe ir acompañada desde el primer momento de toda la documentación exigida. Si por problemas técnicos acreditados no fuera posible tramitar electrónicamente durante el plazo, la convocatoria prevé una vía alternativa a través de la sede electrónica.
Cuándo vuelve a convocarse
Las bases son la Orden EIE/271/2017, de 21 de febrero (BOA número 52, de 16 de marzo de 2017), modificada por las Órdenes EPE/297/2021 y EPE/1020/2021. Cuatro ediciones seguidas:
| Edición | Registro en la BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| 2023 | 2023 | — |
| 2024 | 2024 | — |
| 2025 | 2025 | — |
| 2026 | 10 de marzo de 2026 | 90.000 € |
Convocatoria anual con publicación en mayo y quince días hábiles de plazo. Conviene vigilar el BOA desde abril, antes de que arranque la campaña.
Aviso sobre el régimen de ayuda: la BDNS asocia esta convocatoria al Reglamento (UE) 1408/2013 de minimis agrícola. Ese reglamento ha sido objeto de revisiones sucesivas y los límites aplicables son los de su redacción vigente en el momento de la concesión, no los del texto original de 2013.
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Texto oficial
Convocatoria publicada en el BOA núm. 87, de 11 de mayo de 2026Bases reguladoras: Orden EIE/271/2017, de 21 de febrero (BOA núm. 52, de 16 de marzo de 2017)Ficha de la convocatoria en la BDNSUn caso parecido
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