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Plazo sin fecha publicadaIndustria, inversión y energíaAndalucíaConcurrencia competitiva

Almería: hasta 7.008 € por eurotaxi para los gastos corrientes de 2026

Si tienes licencia de auto-taxi del Ayuntamiento de Almería y tu coche está adaptado a personas con movilidad reducida, aquí hay 50.000 € para los gastos corrientes de 2026: combustible, mantenimiento y seguro obligatorio. La figura legal dice «concurrencia competitiva», pero no hay baremo ni concurso: el dinero se divide en partes iguales entre todas las solicitudes admitidas, con un techo de 7.008 € por vehículo y un 49 % del coste justificado. Presentar a tiempo y cumplir requisitos es todo lo que hace falta. El plazo son 10 días hábiles desde el extracto en el BOP de Almería, y a 16 de octubre de 2026 no hemos podido confirmar si ya ha salido.

Ficha revisada el 16 de octubre de 2026 · BDNS 934873

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas titulares de una licencia municipal de auto-taxi otorgada por el Ayuntamiento de Almería, en activo y prestando el servicio con carácter habitual y permanente, que acrediten disponer de un vehículo adaptado a personas con movilidad reducida adscrito a esa licencia, homologado conforme a los requisitos técnicos municipales y a las especificaciones vigentes y obligatorias. La adaptación tiene que estar acreditada con carácter previo a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Hay que estar de alta en el RETA con inscripción en la categoría de transporte del taxi y de alta censal en el IAE. Quedan excluidos quienes tengan sanciones pecuniarias pendientes de pago por infracciones de la legislación de transportes y quienes no acrediten estar al corriente con la AEAT, con la Hacienda municipal y con la Tesorería General de la Seguridad Social
Cuánto se cobra
Hasta 7.008,00 € por vehículo, y nunca más del 49 % del coste de la actividad subvencionable efectivamente justificada. El importe que te toca no se decide por puntos: sale de dividir los 50.000,00 € en tantas partes iguales como solicitudes queden finalmente admitidas. Los 7.008 € no son una cifra redonda inventada: son la diferencia estimada entre los gastos corrientes anuales de un vehículo adaptado, 14.300,00 €, y los de uno no adaptado, 7.292,00 €. Y el 49 % es la relación entre ese sobrecoste y los 14.300 € de gasto anual del adaptado. Si al repartir sobra dinero, el remanente se prorratea otra vez entre los beneficiarios, siempre sin pasar de los 7.008 € ni del 49 %. Ayuda de minimis: Reglamento (UE) 2023/2831, tope de 300.000 € por empresa en tres años
Procedimiento
Formalmente es concurrencia competitiva, pero por la vía del artículo 22.1 in fine de la Ley 38/2003 y del artículo 25.5 de la Ordenanza General de Subvenciones de Almería, que permiten el PRORRATEO del importe global entre los beneficiarios. En la práctica eso significa que no hay baremo que puntúe tu solicitud frente a la del compañero: todas las admitidas cobran, y lo que cambia es cuánto, según cuántas sean. Las evalúa una Comisión de Valoración de composición técnica —presidenta, secretaria y un vocal del Área de Ciudad Activa, Movilidad Urbana y Deporte, nombrados en la propia convocatoria— que formula la propuesta a través del órgano instructor. Resuelve la Junta de Gobierno Local. Las solicitudes fuera de plazo se inadmiten por extemporáneas y las que no acrediten los requisitos se excluyen
Presupuesto
50.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria A750 231.00 489.00 «SUBV. TAXIS USO PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA» del presupuesto municipal de 2026, con documento contable de 11 de septiembre de 2026. Coincide con lo que publica la BDNS. Ojo con no confundirlo: 50.000 € es el crédito de toda la convocatoria, no lo que cobra un taxista; el techo individual son 7.008 €
Organismo
ALMERÍA. Código BDNS 934873.

Qué paga y por qué esa cifra

No es una ayuda para comprar el coche: es para los gastos corrientes que el eurotaxi tiene de más frente a un taxi normal. Son subvencionables «combustible, mantenimiento, prima del seguro obligatorio y demás gastos corrientes» de los vehículos adaptados que presten servicio en Almería durante 2026.

El Ayuntamiento ha hecho la cuenta y la ha escrito en la convocatoria, que es la mejor manera de entender el tope:

ConceptoImporte anual estimado
Gastos corrientes de un vehículo adaptado14.300,00 €
Gastos corrientes de un vehículo no adaptado7.292,00 €
Sobrecoste de adaptar (y tope de la ayuda)7.008,00 €

De ahí sale también el otro límite: 7.008 sobre 14.300 es el 49 %, que es el máximo que la ayuda puede representar del coste efectivamente justificado. Los dos topes se aplican a la vez.

El periodo de ejecución es el año 2026 completo, del 1 de enero al 31 de diciembre: valen las facturas de todo el ejercicio, también las anteriores a la convocatoria.

La trampa: dice «competitiva» y es un reparto

Es lo primero que pregunta un cliente y aquí la respuesta es buena. La convocatoria se registra como concurrencia competitiva, pero se acoge a la excepción del artículo 22.1 in fine de la Ley General de Subvenciones, que permite prorratear el importe global entre los beneficiarios. El texto lo dice sin rodeos: «el importe unitario de la subvención resultará de dividir el importe global en tantas partes iguales como solicitudes hayan sido finalmente admitidas».

Traducido: no compites con los demás taxistas por una nota. Si cumples y presentas en plazo, cobras. Lo único que no sabes de antemano es cuánto, porque depende de cuántos se presenten:

  • Con 7 solicitudes admitidas tocarían 7.008 € cada una (el tope), y sobrarían 950,56 € para prorratear.
  • Con 10 solicitudes, 5.000 € cada una.
  • Con 20, 2.500 € cada una.

Estas tres cifras son nuestra cuenta con la fórmula de la convocatoria, no datos publicados: el número de eurotaxis que se presenten no lo sabe nadie todavía. Y recuerda el otro techo: aunque la división dé más, no puedes cobrar más del 49 % de lo que justifiques.

Los papeles de la solicitud

Se presenta en el Registro General del Ayuntamiento de Almería (de 9:00 a 14:00, con cita previa en citaprevia.aytoalmeria.es), por la Sede Electrónica o por Red SARA si tienes certificado digital. Con la solicitud van:

  1. Copia del DNI.
  2. Alta en el RETA con inscripción en la categoría de transporte del taxi.
  3. Alta censal en el IAE.
  4. Anexo I: solicitud de subvención.
  5. Anexo III: declaración responsable de cumplir los requisitos, de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 y de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el propio Ayuntamiento.
  6. Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía.
  7. Informe de la Delegación Territorial de Fomento de la Junta de Andalucía.

Si falta algo subsanable, te requieren. Si la solicitud llega fuera de plazo, se inadmite y no hay vuelta.

Después de cobrar: la pegatina y los cuatro años

Aquí está la obligación que sorprende, porque dura más que la subvención:

  • Pegatina «Almería Accesible» en el salpicadero, junto al distintivo de matrícula y el número de plazas, conforme al modelo del anexo I, desde la concesión y durante los 4 años siguientes.
  • Mantener adscrito a la licencia un vehículo adaptado al menos 12 meses después de la concesión definitiva.
  • Justificar antes del 28 de febrero de 2027, y por el importe total del coste de la actuación, no solo por lo subvencionado. Van: anexo V con la memoria y la relación clasificada de gastos, anexo IV de declaración de difusión y publicidad, fotografía del distintivo colocado, facturas originales de los gastos corrientes con la matrícula detallada y acreditación de la forma de pago. Si presentas la prima del seguro obligatorio, el justificante de pago tiene que ser del año natural 2026.

Si no justificas, te requieren con quince días hábiles improrrogables; si tampoco, reintegro. Los originales de facturación se pueden recuperar pasados tres meses desde la notificación del acuerdo.

La subvención es compatible con otras ayudas para la misma finalidad de cualquier administración o entidad, pública o privada, con el límite del artículo 19.3 de la Ley 38/2003: entre todas no pueden superar el coste de la actividad.

Lo que no está claro

  • Cuándo cierra. Es el hueco del día: el plazo son diez días hábiles desde el extracto en el BOP de Almería y no hemos conseguido abrir ese boletín. Probadas dos rutas de dipalme.org, las dos con 404, incluida la URL que la propia BDNS da como bases reguladoras. La BDNS no publica fechas de solicitud para este registro ni trae su anuncio oficial. Mientras no salga, en nuestro catálogo esta ficha aparece como «plazo sin fecha publicada», que es la verdad.
  • Cuánto vas a cobrar. No se puede saber hasta que se cierre el plazo y se sepa cuántas solicitudes quedan admitidas. Es la contrapartida de que no haya concurso.
  • Qué informe pide exactamente la Junta. El punto g) de la documentación habla de un «informe de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio» sin decir sobre qué: lo razonable es que sea el de la autorización de transporte o el de la adaptación del vehículo, pero la convocatoria no lo concreta. Conviene preguntarlo antes de pedir cita, porque un informe de otra administración no se consigue en diez días hábiles.
Plazo

Plazo sin fecha publicada

Todavía no hay fecha: la fija el boletín al publicar la convocatoria.

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Texto oficial

Certificado del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Almería de 2 de octubre de 2026 por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a profesionales del taxi por los mayores gastos corrientes de los vehículos adaptados a personas con movilidad reducida, ejercicio 2026 (21 páginas, CSV 16341404712514076262). De aquí salen los 50.000 € y su aplicación presupuestaria, el tope de 7.008 € por vehículo con su cuenta de 14.300 € frente a 7.292 €, el límite del 49 %, el prorrateo del artículo 22.1 in fine, los requisitos de licencia y vehículo adaptado, la documentación de los siete puntos, el periodo de ejecución de todo 2026, la pegatina «Almería Accesible» durante cuatro años, los doce meses de permanencia y la justificación antes del 28 de febrero de 2027Ficha de la convocatoria 934873 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con el presupuesto de 50.000 €, el régimen de minimis y los textos de plazo («10 días hábiles después de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia»), sin fechas concretasSede electrónica del Ayuntamiento de Almería, por donde se presenta la solicitud y donde se verifica el CSV del acuerdo

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