Ayuntamiento de Albacete: promoción del turismo de congresos
Hasta 8.000 € y el 70 % del presupuesto por organizar un congreso internacional en Albacete. Abierta a empresas del sector de congresos y ferias y a las OPC, no solo a entidades sin ánimo de lucro.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Universidades y organismos públicos de investigación, asociaciones, colegios profesionales y sociedades científicas, y empresas o sociedades del sector de los congresos, las convenciones y las ferias
- Cuánto se cobra
- Entre 4.000 € y 8.000 € según el ámbito geográfico, con un porcentaje máximo del presupuesto que va del 40 % al 70 %
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con baremo de 100 puntos
- Presupuesto
- 60.000 €, partida 0903 43200 4800010 «Fomento de Turismo de Congresos y Reuniones», ampliable sin nueva convocatoria en los supuestos del artículo 58.2 del RD 887/2006
- Organismo
- ALBACETE. Código BDNS 898147.
Objeto
Subvenciona a las entidades organizadoras de congresos, seminarios, convenciones o eventos similares de turismo de reuniones que fomenten la actividad congresual en el municipio de Albacete entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, y que promuevan el intercambio y la difusión de saberes científicos, profesionales o empresariales de cualquier área del conocimiento.
No es una ayuda a la cultura ni un premio: la convocatoria admite expresamente a empresas y sociedades del sector de los congresos, las convenciones y las ferias, y prevé el caso de las OPC (organizadoras profesionales de congresos), que deben aportar el contrato de servicios con la institución que promueve el evento. Para una empresa de eventos con actividad en Albacete es una línea de negocio, no un patrocinio.
Quién puede solicitarla
- Entidades de derecho público: universidades u organismos públicos de investigación, a través de sus centros, institutos, departamentos u otras unidades de investigación.
- Asociaciones legalmente constituidas, colegios profesionales, sociedades científicas y otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, capacidad y actividad demostrada.
- Entidades de derecho privado: empresas o sociedades del sector de los congresos, las convenciones y las ferias, con capacidad suficiente para acreditar el cumplimiento del proyecto.
Cuando el beneficiario es una persona jurídica, sus miembros asociados que se comprometan a ejecutar todo o parte de las actividades en su nombre tienen también la consideración de beneficiarios.
Agrupaciones y comunidades de bienes
Pueden acceder las agrupaciones de personas jurídicas, las comunidades de bienes y cualquier unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica. En ese caso hay que hacer constar en la solicitud y en la resolución los compromisos de ejecución de cada miembro y el importe que aplica cada uno, nombrar un representante único con poderes bastantes y no disolver la agrupación hasta que transcurra el plazo de prescripción.
Requisitos
- Estar constituidas conforme a la normativa vigente y al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Haber justificado debidamente las subvenciones municipales obtenidas con anterioridad, salvo que no haya vencido su plazo de justificación.
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Las condiciones deben mantenerse hasta la liquidación de la subvención.
Qué gastos entran y cuáles no
Son subvencionables los gastos que respondan de manera indubitada a la naturaleza y objeto de la actividad, sean estrictamente necesarios, se realicen dentro del periodo de ejecución y estén efectivamente pagados antes de que termine el plazo de justificación.
Entran
- Alquiler de equipos, locales, salones, carpas y similares.
- Servicios de organización: megafonía, personal de asistencia para eventos, traducción simultánea.
- Producción y edición de materiales: carteles, folletos, memorias, publicidad, material audiovisual y similares.
- Gastos directos de los conferenciantes: viajes, dietas, manutención y alojamiento.
- Cualquier otro gasto de las actividades y servicios incluidos en el programa del congreso.
Con límite
- Las retribuciones del personal laboral fijo o eventual del beneficiario no pueden superar el 30 % del importe de la ayuda concedida. La ordenanza general limita los gastos salariales al 10 %, pero los eventos de difusión del conocimiento científico, empresarial o profesional están dentro de la excepción, y esta convocatoria lo declara expresamente.
- Dietas, viajes, alojamiento y manutención solo son subvencionables si los generan conferenciantes o ponentes, y los viajes en tren o avión, en clase turista.
Excluidos
- Hostelería, catering, alimentación, bebidas, invitaciones y atenciones protocolarias para los asistentes al congreso, por el artículo 12.3 de la Ordenanza.
- Gastos financieros, de amortización y por tributos —con la excepción de los impuestos y tasas soportados y no deducibles, previa declaración jurada de no deducibilidad—.
- Intereses deudores de cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
- Facturas de servicios prestados por profesionales que sean miembros directivos de la persona jurídica beneficiaria.
La exclusión del catering es la que más descuadra un presupuesto de congreso: el café, las comidas de trabajo y el cóctel de bienvenida corren íntegramente por cuenta del organizador, aunque figuren en el programa.
Cuantía y baremo
El techo depende del ámbito geográfico del evento:
| Ámbito | % máximo del presupuesto | Máximo |
|---|---|---|
| Internacional | 70 % | 8.000 € |
| Nacional | 50 % | 7.000 € |
| Regional | 40 % | 5.000 € |
| Provincial | 40 % | 4.000 € |
Cómo se define el ámbito
No lo decide la denominación del evento, sino los criterios estadísticos del Spain Convention Bureau (Sección de Congresos de la FEMP) y TurEspaña:
- Internacional: al menos un 40 % de los inscritos procedente de 3 países distintos. Si el 90 % de los inscritos son extranjeros, pueden proceder de menos de 3 países y mantener la calificación.
- Nacional: como mínimo el 60 % de los inscritos residentes en España y de comunidades autónomas distintas de aquella donde se celebra; al menos un 40 % debe proceder de 3 comunidades autónomas diferentes. Si el 90 % son de origen nacional —excluida Castilla-La Mancha—, pueden proceder de menos de tres comunidades.
Criterios de valoración (Anexo I)
1. Tipo de reunión, ámbito y sede — hasta 40 puntos
| Concepto | Puntos |
|---|---|
| Congreso, convención o feria | 10 |
| Jornada o evento | 5 |
| Ámbito internacional / nacional / regional / provincial | 15 / 12 / 8 / 4 |
| Sede de titularidad municipal / pública no municipal / privada | 15 / 10 / 5 |
2. Volumen y duración — hasta 40 puntos
| Concepto | Puntos |
|---|---|
| Más de 400 asistentes (y cualquier tramo superior) | 20 |
| Más de 200 | 15 |
| Más de 100 | 10 |
| Más de 50 | 8 |
| Duración de 3 o más días | 20 |
| Hasta 2 días | 15 |
| Hasta 1,5 días | 10 |
3. Actividades complementarias de carácter turístico — hasta 20 puntos: 20 puntos si se celebran en fechas anteriores o posteriores a la reunión, 10 si coinciden con ella, 0 si no hay.
Dos decisiones de programación valen 25 puntos y no cuestan presupuesto: elegir sede de titularidad municipal (15 puntos frente a 5 de una privada) y colocar el programa turístico complementario fuera de las fechas del congreso en lugar de solaparlo (20 puntos frente a 10). El tramo de volumen se satura en 400 asistentes: por encima de esa cifra no suma más.
Plazo, documentación y justificación
- Plazo: 20 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete.
- Vía: sede electrónica del Ayuntamiento de Albacete (albacete.es), por el modelo de instancia general telemática.
Documentación
- Proyecto o memoria de actividades con detalle suficiente para valorar los criterios del Anexo I.
- Anexo I de la convocatoria y documentación que acredite fehacientemente cada uno de sus apartados.
- Presupuesto de la totalidad de ingresos y gastos.
- NIF, escritura pública de constitución inscrita —con acta fundacional y estatutos actualizados— y escritura de apoderamiento si el representante legal no figura en el acta.
- Si el solicitante es una OPC: contrato de servicios con la institución que promueve el congreso, para identificar quién solicita los servicios y quién es titular de los gastos facturables.
- Anexo II — declaración de ayudas solicitadas, recibidas o pendientes de otras instituciones para la misma finalidad y ejercicio.
- Anexo III — declaración responsable, que incluye indicar si el IVA soportado es o no deducible para la entidad.
Tramitación
Instruye el Servicio de Empleo y Promoción Económica; las propuestas de resolución provisional y definitiva las formula un órgano colegiado técnico formado por la jefatura del servicio y dos técnicos. Todos los actos se notifican únicamente de forma telemática, comunicándose al correo electrónico facilitado en la solicitud. La propuesta provisional abre diez días para alegaciones. Resuelve la Junta de Gobierno Local.
Justificación y pago
- Relación de facturas (proveedor, número, importe y fecha).
- Facturas originales y justificantes de pago. Las facturas deben ir estampilladas, con sello o de forma manuscrita, indicando que justifican la celebración del evento.
- Memoria del proyecto firmada y fechada, con actividades realizadas, fecha y lugar, asistencia, concurrencia de destinatarios, grado de consecución de objetivos, publicidad realizada y evaluación.
- Declaración responsable de que el total de ayudas no supera el coste de la actividad.
Plazo de justificación: 3 meses desde que concluye la actividad y, en todo caso, como máximo dentro de los tres meses siguientes a la conclusión del ejercicio presupuestario.
El pago se realiza después de justificar, no al conceder, y no puede hacerse mientras el beneficiario no esté al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Hacienda local. Además, incumplir cualquier contenido de la convocatoria impide obtener subvención en las siguientes convocatorias.
Información: Servicio de Empleo y Promoción Económica, C/ Carmen, 4 — teléfono 967 193 001 — promocion@albacete.es.
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