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Adaptación de taxis a personas con movilidad reducida

El 80 % de lo que cueste convertir un taxi en eurotaxi, hasta 14.400 €. Puntúa más el vehículo recién matriculado y el municipio con pocas licencias adaptadas: el titular de una licencia en un pueblo con vehículo nuevo parte con la máxima puntuación.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas titulares de una autorización de transporte público de viajeros en vehículo turismo auto-taxi (VT) expedida por la Junta, domiciliadas en Castilla-La Mancha y propietarias del vehículo que se adapta
Cuánto se cobra
80 % del presupuesto presentado, con tramos: hasta 8.000 €, 9.600 € o 14.400 € según el gasto de la adaptación
Procedimiento
Concurrencia competitiva: máximo 10 puntos, más el plus por despoblación
Presupuesto
100.000 € de fondos propios, aplicación presupuestaria 17040000G/513C/77000
Organismo
CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 898423.

Objeto

Financia las obras necesarias para que un taxi cumpla las condiciones de accesibilidad y pueda transportar a personas con movilidad reducida. La adaptación debe ajustarse a tres normas:

  • Real Decreto 1544/2007, de condiciones básicas de accesibilidad en los modos de transporte.
  • Norma UNE 26.494 y sus modificaciones posteriores.
  • Apartado 3.5 del anexo III del Decreto 158/1997, Código de accesibilidad de Castilla-La Mancha.

El contexto normativo es relevante: la Ley 1/1994 de accesibilidad obliga a que en todas las ciudades de más de 15.000 habitantes exista al menos un taxi adaptado. Esta ayuda es el instrumento con el que la Junta lo financia.

Qué entra además de la obra

El coste de todas las actuaciones necesarias, con desglose por partidas, más los siguientes gastos generales cuando estén debidamente justificados: informes técnicos y de seguridad y salud, gestión de residuos, certificados técnicos, gastos de tramitación administrativa y gastos de gestión.

En los gastos generales no pueden incluirse impuestos, tasas ni contribuciones especiales que graven las actuaciones. Y la inversión no puede superar los costes medios de mercado.

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas titulares de una autorización VT de transporte público de viajeros en vehículo turismo auto-taxi, expedida por la Dirección General competente en materia de transportes de la Junta, y que sean propietarias-titulares del vehículo que se adapta.

Requisitos

  • Personas físicas: nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Las personas extranjeras no comunitarias, residencia legal en España.
  • Personas jurídicas: acreditar o declarar que están debidamente constituidas.
  • Domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
  • Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social, y en reintegros de subvenciones.
  • No haber sido sancionada por prácticas laborales discriminatorias conforme al artículo 34 de la Ley 4/2018.

La solicitud se formula por cada licencia y vehículo: quien tenga dos licencias presenta dos solicitudes.

Cuantía

La ayuda es el 80 % del presupuesto presentado, aplicado sobre los gastos efectivamente justificados, con este techo por tramos:

Gasto de la adaptaciónSubvención máxima
Hasta 10.000 €8.000 €
De 10.000,01 € a 12.000 €9.600 €
De 12.000,01 € a 18.000 €14.400 €
Más de 18.000,01 €14.400 €

Los tramos coinciden exactamente con el 80 % del límite superior de cada uno, salvo el último: a partir de 18.000 € de gasto la ayuda se congela en 14.400 €. Gastar más de esa cifra no aporta nada.

Cómo se puntúa

Solo 10 puntos en juego, repartidos en dos criterios de cinco:

CriterioPuntos
Licencias ya adaptadas en el municipioMenos del 5 % del total de licencias: 5
Igual o mayor del 3 %: 3
Igual o mayor del 5 %: 1
Antigüedad del vehículo a adaptarMatriculado hace menos de 1 año: 5
Entre 1 y 2 años: 3
Más de 2 años: 1

La lectura es directa: se prioriza adaptar vehículos nuevos en municipios donde apenas hay eurotaxis. Un taxista de un pueblo pequeño que acaba de comprar coche parte con los 10 puntos.

El plus por despoblación

Sobre el total: +20 % en zonas en riesgo de despoblación y en zonas de intensa despoblación de más de 2.000 habitantes; +30 % en intensa de menos de 2.000 y extrema de más de 2.000; +40 % en extrema despoblación de menos de 2.000 habitantes.

Desempate

Si hay empate y no alcanza el crédito, se acude a la mayor puntuación en cada criterio por el orden en que aparecen: primero el porcentaje de licencias adaptadas, después la antigüedad del vehículo. Si persiste, decide el orden riguroso de presentación.

Plazos y presentación

  • Plazo: un mes desde el día siguiente a la publicación de la resolución y su extracto en el DOCM. Para 2026, del 22 de abril al 21 de mayo.
  • Formulario: anexo I de la convocatoria, disponible en jccm.es. Una solicitud por licencia y vehículo.
  • Órgano: Dirección General de Transportes y Movilidad.

Cómo se presenta según quién sea el titular

TitularVía
Persona físicaPreferentemente telemática, pero puede presentarla en registro presencial por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015
Persona jurídicaÚnicamente telemática. No se admiten a trámite las presentadas por otro medio

Si una persona jurídica presenta por vía distinta a la electrónica, el órgano instructor la requerirá para que lo haga por la correcta, y la fecha que cuenta será la de la presentación electrónica, no la original. En una convocatoria competitiva con un mes de plazo, ese detalle puede dejar fuera un expediente.

Plazo21 de mayo de 2026

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Texto oficial

Resolución de 8 de abril de 2026 de la Dirección General de Transportes y Movilidad, convocatoria 2026 (PDF, 19 páginas)Orden 164/2025, de 5 de noviembre, de la Consejería de Fomento, bases reguladoras (DOCM núm. 221, de 14 de noviembre de 2025)

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