Ayudas 2026 a transportistas autónomos por carretera que abandonan la actividad
30.000 € por renunciar a las autorizaciones de transporte, más 5.300 € por cada semestre que falte para cumplir 65 años. Un autónomo de 63 años se lleva 51.200 €. No hay proyecto, ni inversión, ni justificación de gasto: se cobra por jubilarse y devolver las tarjetas.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Transportistas autónomos por carretera titulares de al menos una autorización de transporte público en vigor, con una edad mínima de 63 años. La edad mínima no se exige a quienes tengan reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez para la profesión habitual de transportista
- Cuánto se cobra
- 30.000 € por el conjunto de las autorizaciones a las que se renuncia, más 5.300 € por cada semestre completo que falte para cumplir 65 años computado desde el 1 de junio del año de la convocatoria. Quien acceda por incapacidad permanente cobra solo los 30.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, pero sin memoria ni puntuación: prioridad para las incapacidades permanentes y, después, orden descendente de edad hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 9.750.000 €: 9.600.000 € para repartir entre los beneficiarios y 150.000 € reservados para atender los recursos que se estimen contra la resolución. Aplicación presupuestaria 17.39.453M.772
- Organismo
- MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Código BDNS 892322.
Cuánto se cobra, con la cuenta hecha
La cuantía se compone de dos sumandos y se calcula sola:
- 30.000 € por el total de autorizaciones de transporte público de las que sea titular el beneficiario, a las que hay que renunciar para cobrar. Son 30.000 € por persona, no por autorización.
- 5.300 € por cada semestre completo que le falte al solicitante para cumplir 65 años, computando los semestres a partir del 1 de junio del año de la convocatoria.
Las cifras que salen, para el año de la convocatoria:
| Edad | Semestres hasta los 65 | Total |
|---|---|---|
| 63 años | 4 | 51.200 € |
| 63 años y medio | 3 | 45.900 € |
| 64 años | 2 | 40.600 € |
| 64 y medio | 1 | 35.300 € |
| 65 o más | 0 | 30.000 € |
La consecuencia comercial es clara: el año en que el cliente cumple 63 es el más rentable, y cada convocatoria que deja pasar le cuesta 10.600 €. Es un dato que conviene tener anotado en la ficha de cualquier transportista autónomo de la cartera.
Quien acceda por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez para la profesión de transportista no percibe el complemento por edad, sea cual sea su edad: cobra los 30.000 € y tiene prioridad absoluta en el reparto.
Cómo se reparte: por edad, de mayor a menor
Formalmente es concurrencia competitiva, pero no hay nada que redactar ni que puntuar. El orden lo fija la Orden FOM/3218/2009 y es puramente objetivo:
- Primero, quienes dispongan de resolución de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez para la profesión habitual de transportista, con la fecha de efectos ya determinada.
- Después, el resto ordenados por edad descendente: cobran los más mayores hasta agotar el crédito.
- Si dos solicitantes empatan en fecha de nacimiento y el desempate decide quién entra, gana quien tenga más días cotizados en alta como autónomo según el informe de vida laboral.
Con 9,6 M€ a repartir y cuantías de entre 30.000 y 51.200 €, salen del orden de dos centenares y medio de ayudas por convocatoria. El corte se sitúa en una edad concreta que varía cada año según cuántos soliciten, así que al cliente de 63 años conviene decirle que puede quedarse fuera por edad y que lo razonable es solicitarlo todos los años hasta conseguirlo: cada año que pasa mejora su posición en la lista, aunque empeore su cuantía.
Requisitos, documentación y plazo
Los dos requisitos duros
- 63 años cumplidos a la fecha final del plazo de presentación —sin límite superior de edad—, salvo que se tenga la resolución de incapacidad permanente, en cuyo caso no se exige edad mínima.
- Al menos una autorización de transporte público en vigor en el momento de solicitar y hasta que se renuncie a ella por resultar beneficiario, o hasta la fecha de aprobación de la pensión de incapacidad.
Todos los requisitos se refieren a la fecha final del plazo de presentación, no a la de la solicitud.
Documentación
- Informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social. Es el documento clave: acredita la actividad y sirve para desempatar.
- Certificado de inscripción en el Registro Mercantil y escrituras, cuando proceda, o indicación del expediente donde ya se aportaron.
- Resolución del INSS con la fecha de efectos de la pensión de incapacidad, si se accede por esa vía.
- Solo si hay oposición a la consulta telemática: copia del DNI o NIF y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- Si se actúa por representante, poder notarial o inscripción en el Registro General de Apoderamientos de la AGE.
La ausencia de prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones se acredita por declaración responsable en la propia sede.
Plazo y tramitación
El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE. La convocatoria de 2026 se firmó el 10 de marzo. Todo se presenta por la sede electrónica del Ministerio de Transportes, con relación electrónica obligatoria.
Un mes después del cierre se publica en el portal del Ministerio el listado de solicitudes recibidas, que funciona como lista provisional de admitidos. La propuesta de resolución provisional se publica en el portal con anuncio en el BOE y diez días hábiles para alegaciones. El plazo para resolver es de seis meses desde la publicación del extracto.
Para dudas, el Ministerio mantiene un buzón específico: abandono.sgaitt@transportes.gob.es.
Cuándo vuelve y para qué cliente
Es una convocatoria anual y muy estable: las bases son de 2009 y en la BDNS constan las convocatorias de 2023 a 2026, todas resueltas por la Secretaría General de Transporte Terrestre y publicadas en torno a marzo. La de 2026 lleva fecha de 10 de marzo.
La recomendación operativa es de agenda: marcar en enero a los clientes transportistas que cumplan 63 en el año y presentar en cuanto salga el extracto.
Para qué cliente
Transportista autónomo por carretera próximo a la jubilación. En Galicia hay muchos, y el perfil es exactamente el del cliente de una consultoría de autónomos: titular de una o dos tarjetas, sin estructura, con un vehículo amortizado y sin relevo.
Es además una de las pocas ayudas del catálogo estatal sin inversión previa, sin proyecto, sin justificación de gasto y sin obligación posterior más allá de renunciar a las autorizaciones. La conversación con el cliente cabe en cinco minutos y el importe es alto para su escala.
Conviene contarlo junto con la decisión de jubilación: quien piensa dejarlo a los 65 puede plantearse hacerlo a los 63 y cobrar 21.200 € más por adelantar.
A quién no ofrecérsela
- Menores de 63 años sin resolución de incapacidad permanente.
- Quien no tenga ninguna autorización de transporte público en vigor.
- Quien no esté dispuesto a renunciar a todas sus autorizaciones: es la contraprestación.
- Empresas de transporte con estructura societaria y varios vehículos que vayan a seguir operando: la ayuda es al abandono del autónomo.
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