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UNICO 5G Redes Muy Rurales — primera convocatoria 2026

17.983.394 € para llevar cobertura 5G a las zonas que hoy no tienen ni 4G. Galicia se lleva la mayor bolsa de las ocho, 5.010.238 €, con una intensidad del 60 %. El universo de solicitantes es muy corto: hay que ser operador habilitado y tener derechos de uso de espectro, así que en la práctica compiten unos pocos.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado conforme a los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones, que dispongan de derechos de uso de frecuencias en alguna de las bandas armonizadas prioritarias para 5G en Europa y estén al corriente del pago de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico
Cuánto se cobra
Hasta el 60 % de los costes subvencionables en el ámbito de Galicia, con intensidades que van del 40 % al 85 % según la comunidad y un techo general del 90 % fijado por las bases
Procedimiento
Concurrencia competitiva por ámbitos de concurrencia separados: en cada uno se selecciona el proyecto mejor valorado y se sigue con los siguientes hasta agotar su crédito
Presupuesto
17.983.394,14 €: 15.649.770 € para las siete comunidades con senda FEDER y 2.333.624,14 € para el ámbito No FEDER que agrupa a las diez restantes. Ampliable hasta un 84,74 % más, lo que llevaría el total a 33.222.971,14 € si se declara disponible el crédito
Organismo
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Código BDNS 922188.

Ocho bolsas territoriales, y Galicia es la mayor

La convocatoria no reparte un montón común: define ocho ámbitos de concurrencia con crédito asignado e intensidad propia. Siete son comunidades con senda FEDER, y la octava agrupa a las diez restantes.

ÁmbitoIntensidad máximaAyuda
Galicia60 %5.010.238,23 €
Castilla-La Mancha85 %3.606.522,64 €
Canarias85 %3.507.263,09 €
Murcia60 %2.226.815,41 €
Asturias60 %824.596,35 €
Castilla y León60 %287.074,37 €
Extremadura85 %187.259,91 €
Ámbito «No FEDER» (diez comunidades)del 40 % al 85 % según comunidad2.333.624,14 €

Galicia concentra casi un tercio del programa, lo que es coherente con su dispersión de población: es donde más zonas sin señal quedan.

Ceuta y Melilla no participan porque no se identificaron zonas elegibles en ellas.

Cada solicitante solo puede presentar un proyecto por ámbito, y hay un límite de cinco ámbitos en los que un mismo operador puede quedar como primer beneficiario —con excepciones cuando sea el único que cumple o cuando saque más de 35 puntos al segundo—. En el ámbito No FEDER, además, ningún solicitante puede llevarse más del 50 % de la ayuda disponible en una misma comunidad.

Qué se financia y qué zonas son elegibles

El objeto es proveer el equipamiento activo —unidad de banda base, unidad de radio, antenas y elementos complementarios— y, si hace falta, la infraestructura adicional, para dar cobertura 5G en zonas donde no hay señal de ninguna red móvil 4G ni 5G, o donde no está previsto su despliegue comercial en tres años.

Las zonas elegibles no las propone el solicitante: la Secretaría de Estado las identifica y publica tras elaborar un mapa de cobertura y una consulta pública, excluyendo las zonas sujetas a obligaciones de cobertura y las que tengan planes de despliegue a tres años. Cada una lleva un código unívoco de 23 caracteres del tipo CÓDIGOMUN000000-2026-xxxxxx, con el código INE del municipio delante, y una estimación de población obtenida del Catastro.

Conceptos con ayuda

  • Equipamiento activo 5G, con configuraciones de compartición MORAN o MOCN si los acuerdos están previamente autorizados.
  • Backhaul por fibra o radioenlace de alta capacidad, solo en emplazamientos que no lo tengan ni lo tengan previsto por UNICO 5G-REDES BACKHAUL o UNICO 5G-ACTIVAS. Incluye obra civil, elementos activos y pasivos, e incluso los derechos irrevocables de uso (IRU) sobre fibra de terceros.
  • Refuerzo de torres, mástiles o postes existentes para que puedan alojar el equipo.
  • Nuevos emplazamientos cuando no haya ninguno adecuado, con la condición de que permitan operar al menos a dos operadores.
  • Equipamiento y materiales, gastos de personal, y costes generales o indirectos —estos últimos con el límite del 15 % de los gastos de personal—.
  • El informe de auditor y demás justificantes, hasta el 1 % del presupuesto financiable y un máximo de 10.000 €.

No entran los costes de funcionamiento y mantenimiento, ni los impuestos indirectos recuperables. Y hay una regla de efecto incentivador tajante: ningún gasto comprometido o realizado antes de presentar la solicitud es financiable, con declaración responsable expresa al respecto (anexo V).

Cómo se puntúa: casi todo depende de la cobertura

La valoración está muy concentrada en un solo criterio.

CriterioMáximo
Zonas elegibles cubiertas al 100 % con la ayuda solicitada, sobre el total del ámbito75
Reutilización de infraestructuras existentes y ubicaciones procedentes de acuerdos con entidades públicas5

El primero es relativo: el proyecto que cubra mayor porcentaje de zonas elegibles del ámbito se lleva los 75 puntos y el resto puntúa en proporción directa. Y hay un detalle de cálculo que decide expedientes: las zonas cubiertas parcialmente no cuentan. Solo suma la zona elegible cubierta en su totalidad por un emplazamiento, y una misma zona no puede declararse cubierta por dos emplazamientos del mismo proyecto.

El proyecto se presenta con un fichero .csv normalizado con la relación priorizada de emplazamientos, de mayor a menor interés, indicando cuáles proceden de acuerdo con entidades públicas. En ese mismo fichero se añaden, tras los que se solicitan, los emplazamientos que irían a la bolsa de reserva.

La mecánica de adjudicación por ámbito: se elige el mejor valorado; si no agota el crédito, se pasa al segundo eliminando de su proyecto los emplazamientos que cubran zonas ya cubiertas por el primero, y así sucesivamente. Si en un ámbito solo hay un proyecto válido, puede llevarse el 100 % de la financiación disponible.

Las ventajas que pueden ofrecer los ayuntamientos

La convocatoria abre una vía poco habitual: comunidades autónomas, entidades locales y sus organismos pueden expresar su interés en que se cubra una zona de su territorio y ofrecer ventajas concretas al solicitante para que la incluya en su proyecto —cesión de terrenos o de soportes, permisos, acceso a infraestructura—. Se canaliza por una consulta pública, y esos emplazamientos puntúan en el segundo criterio. Para un ayuntamiento rural gallego con zonas de sombra, es la palanca que tiene para entrar en el programa.

Ayuda a fondo perdido, pagada por adelantado

La forma jurídica es distinta según el territorio, pero el efecto para el beneficiario es el mismo:

  • En los territorios con senda FEDER —Galicia entre ellos— la ayuda es un anticipo reembolsable con fondos comunitarios: un préstamo al 0 % de interés que se amortiza de oficio con cargo al FEDER una vez justificado el proyecto.
  • En el resto, una subvención ordinaria.

En ambos casos es a fondo perdido y se abona anticipadamente tras la resolución de concesión, sea la ejecución anual o plurianual. Es una condición financiera excelente para un despliegue de infraestructura.

El plazo de ejecución puede ser plurianual y en ningún caso puede pasar del 31 de diciembre de 2029.

Cuando la ayuda supere los 10 millones, la resolución incluirá una cláusula de revisión por sobrecompensación: si el proyecto rinde por encima de lo previsto, hay que devolver la parte sobrante o reinvertir todos los beneficios suplementarios en ampliar la red en las mismas condiciones. La intensidad, además, no puede superar las previsiones de déficit comercial del proyecto a largo plazo en ausencia de ayuda.

La contrapartida: acceso mayorista obligatorio

La infraestructura subvencionada queda sujeta a obligaciones de acceso para terceros operadores, con condiciones y precios de productos mayoristas fijados en el anexo II de las bases y, en lo no previsto, en los informes que apruebe la CNMC. No es un despliegue en exclusiva.

Plazo y trámite

El plazo termina a las 23:59 del 10 de septiembre de 2026. Toda la tramitación es electrónica y obligatoria, por el registro electrónico del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Los formularios, el manual y los modelos .csv están en la página del programa en el portal de ayudas. Las declaraciones responsables se firman con Autofirma y se anexan en formato XAdES con extensión .xsig; en firma mancomunada, el mismo archivo debe contener las dos firmas.

La solicitud consta de dos elementos indisociables: el formulario y la memoria detallada del proyecto, con el estudio estimativo de cobertura por emplazamiento sobre mapa. Se acompañan las declaraciones de no percepción de otras ayudas (anexo IV), de ausencia de gastos comprometidos antes de la solicitud (anexo V) y de ausencia de vinculación con las entidades subcontratadas (anexo VI), más la documentación ambiental del anexo III para acreditar el cumplimiento de la Declaración Ambiental Estratégica y del principio de no causar daño significativo.

Resuelve la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales; instruye la Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico.

Cuando el gasto supere el umbral del contrato menor de la Ley 9/2017 hay que pedir tres ofertas antes de contratar y justificar la elección si no recae en la más ventajosa.

Cuándo vuelve y para qué cliente

Es la primera convocatoria de estas bases, aprobadas por la Orden TDF/812/2026, de 28 de julio. Las bases están vigentes hasta la finalización del Programa Plurirregional FEDER 2021-2027, así que caben más convocatorias dentro de ese marco, y la ejecución llega como máximo a 2029. Si el crédito ampliable de 33,2 M€ se activa o si algún ámbito queda desierto, es razonable esperar una segunda.

Para qué cliente

Para muy pocos. El requisito de ser operador habilitado con derechos de uso de espectro en bandas armonizadas 5G deja fuera a cualquier empresa que no sea un operador móvil o un operador con espectro adquirido en mercado secundario. No es una ayuda para pymes ni para autónomos.

Donde sí tiene valor para una consultoría gallega es del otro lado del mostrador:

  • Ayuntamientos y entidades locales con núcleos sin cobertura, que pueden expresar su interés en la consulta pública y ofrecer ventajas —soportes municipales, terrenos, tramitación de permisos— para que un operador incluya sus zonas. Es la vía práctica para que un concello consiga cobertura sin poner dinero.
  • Operadores locales o comarcales que sí tengan espectro y estén valorando entrar en el ámbito gallego, que es el mejor dotado.

A quién no ofrecérsela

  • Cualquier empresa que no sea operador habilitado con espectro: es un requisito de entrada, no un criterio de valoración.
  • Instaladores, ingenierías y suministradores: su vía es la subcontratación del beneficiario, sujeta al artículo 27 de las bases.
  • Proyectos en zonas que no figuren en el listado oficial de zonas elegibles.
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