Compensación para zonas de montaña y con limitaciones naturales o específicas
17,9 millones de euros para compensar a las explotaciones situadas en zonas de montaña o con limitaciones naturales significativas o específicas. Se pide con la misma solicitud única de la PAC, entre el 1 de febrero y el 30 de abril, y si el crédito no llega se prorratea.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de explotaciones agrarias situadas en alguna de las tres zonas delimitadas —montaña, limitaciones naturales significativas y limitaciones específicas— que cumplan la Orden de 20 de febrero de 2023
- Cuánto se cobra
- Pago compensatorio por superficie según la zona, conforme a la Orden de 20 de febrero de 2023, con prorrateo si las solicitudes admisibles superan el crédito de cada zona
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva y convocatoria periódica, con prorrateo excepcional entre todas las solicitudes admisibles si el crédito no alcanza
- Presupuesto
- 17.900.000 € con cargo a 2027: 12.650.000 € para limitaciones naturales significativas, 3.150.000 € para zonas de montaña y 2.100.000 € para limitaciones específicas. Las tres cifras coinciden con las registradas en la BDNS
- Organismo
- EXTREMADURA. Código BDNS 882889.
Objeto
Compensa la desventaja de producir en territorios difíciles. Se convoca dentro de la misma Resolución de 21 de enero de 2026 que los pagos directos de la PAC, y se solicita con la misma solicitud única, pero es una intervención distinta: va por FEADER, no por FEAGA, y se resuelve en concurrencia competitiva.
Tres zonas, cada una con su crédito propio:
| Zona | Denominación | Crédito |
|---|---|---|
| Zona 2 | Limitaciones naturales significativas | 12.650.000 € |
| Zona 1 | Montaña | 3.150.000 € |
| Zona 3 | Limitaciones específicas | 2.100.000 € |
| Total | 17.900.000 € | |
El crédito se imputa íntegramente a la anualidad 2027, aplicación presupuestaria 120040000 G/353A/47000, con un proyecto de gasto por zona.
Las bases están en la Orden de 20 de febrero de 2023, que delimita qué términos municipales y recintos pertenecen a cada zona. Comprobar la clasificación de las parcelas es el primer paso: la pertenencia a zona no se solicita, se tiene o no se tiene.
El prorrateo
Es la característica que distingue a esta línea del resto de convocatorias competitivas extremeñas y conviene explicarla bien, porque cambia por completo la expectativa del cliente.
Si los importes de las solicitudes admisibles superan el crédito disponible de una zona, no se corta la lista por puntuación dejando fuera a los últimos. Se procede, con carácter excepcional, al prorrateo conforme al artículo 22.1 párrafo segundo de la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura.
Es decir: cobran todos los que cumplan, pero todos cobran menos. Lo decide la Comisión de Valoración del artículo 29 de la Orden de 20 de febrero de 2023.
Si el crédito alcanza para todas las solicitudes admisibles de una zona, no se aplica el prorrateo y cada una cobra lo que le corresponde. La Comisión emite informe al órgano instructor concretando el resultado.
El prorrateo se calcula por zona, no sobre el conjunto: que sobre crédito en montaña no evita el recorte en limitaciones naturales.
Crédito estimativo y redistribuible
Las asignaciones a cada zona tienen carácter estimativo. La convocatoria añade una garantía relevante: en ningún caso se dejarán solicitudes que cumplan los requisitos sin subvencionar para atender ayudas de otras líneas.
Los créditos pueden aumentarse por generación o incorporación de crédito, minorarse según las solicitudes presentadas, o redistribuirse entre zonas, resolviéndose cada línea de forma independiente.
Cómo se solicita
Con la solicitud única de la PAC, en el mismo trámite y el mismo plazo que los pagos directos: del 1 de febrero al 30 de abril de 2026.
Se cumplimenta y registra en la aplicación SGA, en https://sga.juntaex.es/SgaCac, con acceso facilitado por las Oficinas Comarcales Agrarias. La relación electrónica es obligatoria también para las personas físicas.
Hay que tener la cuenta dada de alta en el Sistema de Terceros de la Junta, o presentar el Alta a Terceros con certificación bancaria.
Se pide junto a lo demás, pero se resuelve aparte
Merece la pena subrayarlo al asesorar: aunque el trámite sea el mismo, esta ayuda tiene su propio régimen de concesión, su propia comisión de valoración y su propio calendario presupuestario —el crédito está en 2027—. No sigue la suerte de los pagos directos.
Junto a estas tres zonas, la misma resolución convoca también el pago de compromisos de forestación de tierras agrícolas y las anualidades segunda y cuarta de los compromisos agroambientales —producción integrada de olivar, frutales, arroz, tomate y tabaco—, que comparten igualmente la solicitud única.
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Texto oficial
Resolución de 21 de enero de 2026 por la que se convocan los pagos directos y las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (DOE n.º 17, de 27 de enero de 2026)Extracto del pago de compensación para zonas de montaña (DOE n.º 17, de 27 de enero de 2026)Extracto del pago para zonas con limitaciones naturales significativas (DOE n.º 17, de 27 de enero de 2026)Extracto del pago para zonas con limitaciones específicas (DOE n.º 17, de 27 de enero de 2026)Orden de 20 de febrero de 2023, bases reguladoras de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (DOE n.º 37, de 23 de febrero de 2023)Ficha de las ayudas a zonas con limitaciones naturales en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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