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Viñedo: cosecha en verde y reestructuración de viñedos en 2026

Dos ayudas del FEAGA para el viticultor murciano. La cosecha en verde compensa el 50 % de los ingresos perdidos por destruir la uva verde; la reestructuración paga la reconversión de la plantación. Ninguna de las dos publica un presupuesto propio para Murcia.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Viticultores —personas físicas, jurídicas o agrupaciones— con viñedo de uva de vinificación en la Región de Murcia, inscritos en el Registro Vitícola regional
Cuánto se cobra
Cosecha en verde: 50 % del rendimiento medio por 0,511 €/kg con DOP/IGP o 0,429 €/kg sin ella, más los costes de destrucción. Reestructuración: según el RD 905/2022, con 1.734,41 €/ha de valor base por pérdida de ingresos
Procedimiento
Concurrencia competitiva con baremo
Presupuesto
Sin dotación regional publicada: depende del reparto que haga el Ministerio (ver el aviso sobre presupuestos)
Organismo
REGIÓN DE MURCIA. Código BDNS 896034.

Aviso sobre los presupuestos que publica la BDNS

Las dos convocatorias tienen un problema de presupuesto que conviene entender antes que nada, porque cambia lo que puedes esperar cobrar:

  • Cosecha en verde (896034). La BDNS declara 15.950.000 €. Esa cifra no es el crédito de Murcia: el artículo 13 de la orden dice literalmente que la Resolución de 24 de febrero de 2026 de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios (BOE n.º 51, de 26 de febrero) fija una dotación de 15,95 millones «para todo el territorio nacional». Lo que reciba Murcia se determinará después, cuando el Ministerio publique la lista definitiva de parcelas admitidas (art. 40.5 del RD 905/2022).
  • Reestructuración y reconversión (888969). La BDNS no publica presupuesto, y es coherente con el texto: el artículo 6 remite el pago al FEAGA «conforme a la asignación de fondos que realice a la Comunidad Autónoma la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural». La convocatoria se abre precisamente antes del reparto, para poder comunicar al Ministerio las necesidades financieras.

En las dos, el dinero disponible se conoce después de solicitar. Es una particularidad de las intervenciones sectoriales del FEAGA, no un error de la fuente.

Cosecha en verde: qué es y cuánto paga

Consiste en la destrucción o eliminación total de los racimos cuando todavía están inmaduros, reduciendo a cero el rendimiento de la parcela. No vale dejar la uva sin recolectar al final del ciclo: eso es «ausencia de recolección» y queda excluido. Y no puede quedar uva sin vendimiar en la parcela subvencionada.

Es una medida de regulación de mercado para paliar la crisis del sector: la Región de Murcia pidió al Ministerio su activación para la vendimia de 2026 ante la caída de ventas.

Cálculo de la ayuda

Se suman dos compensaciones:

  1. Pérdida de ingresos: el 50 % del producto de rendimiento medio de la parcela × valor medio de la uva.
    Tipo de parcelaValor de la uva
    Inscrita en figura de calidad diferenciada (DOP/IGP)0,511 €/kg
    No inscrita en DOP/IGP0,429 €/kg
    El rendimiento medio se calcula con la media aritmética de las campañas 2023, 2024 y 2025, según las declaraciones de cosecha.
  2. Costes directos de destrucción o eliminación de los racimos.

La diferencia entre estar o no en DOP/IGP son 0,082 €/kg, casi un 20 % más de compensación para la uva amparada.

Quién no puede cobrarla

  • Quien incumpla la normativa de plantaciones de viñedo en cualquiera de las superficies de su explotación, o las declaraciones obligatorias del Reglamento Delegado (UE) 2018/273.
  • Quien, habiendo tenido aprobada una ayuda de cosecha en verde en convocatorias anteriores del PASVE 2019-2023 o de la ISV 2024-2027, renunció fuera de plazo o no solicitó el pago: queda excluido las dos convocatorias siguientes, salvo fuerza mayor.
  • Quien haya sido sancionado en firme por uso ilegal del agua: no cobra por las hectáreas de regadío solicitadas. La lista de sancionados se recaba de oficio antes de seleccionar operaciones.

Hay que estar inscrito en el Registro Vitícola de la Región de Murcia como explotador o cultivador, y también las parcelas, o haber solicitado el cambio de titularidad.

Reestructuración y reconversión de viñedo

La otra intervención sectorial: financia reestructurar y reconvertir viñedos destinados a uva de vinificación en Murcia. Beneficiarios: viticultores y futuros viticultores —la convocatoria contempla expresamente a quien todavía no lo es—.

Importe

Se calcula conforme al artículo 13 del RD 905/2022 y a la Orden de 30 de marzo de 2023, con los importes máximos subvencionables de los anexos I y I bis de la convocatoria. Para la compensación por pérdida de ingresos, el valor base de esta convocatoria es de 1.734,41 € por hectárea, al que se aplica el porcentaje del anexo V de la orden de bases.

El detalle que decide la planificación: no hay operaciones bienales

En la convocatoria de 2026 no se aceptan operaciones bienales. El motivo que da la propia orden es presupuestario: una operación bienal supondría comprometer ejecución y pago en 2028, y ese ejercicio no tiene fondos asignados para la Intervención Sectorial Vitivinícola. Todo lo que se solicite debe ejecutarse y pagarse en el ciclo anual.

Plazo

Del día siguiente a la publicación hasta el 31 de marzo de 2026. Sede electrónica de la CARM, procedimiento 1844, con el modelo del anexo II y el anexo II bis.

Resuelve por concurrencia competitiva, priorizando según el baremo del artículo 9 y el anexo VII de la Orden de 30 de marzo de 2023. El plazo máximo de resolución son seis meses desde el día siguiente a la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural — no desde la solicitud—, y el silencio es desestimatorio.

Cómo se solicita la cosecha en verde

Presentación exclusivamente electrónica en la sede de la CARM, procedimiento 3395 «Ayudas a la cosecha verde de viñedo en la Región de Murcia», dirigida a la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Todos los trámites posteriores también son electrónicos.

Ese punto fue objeto de una corrección de errores del extracto publicado en el BORM n.º 80, de 9 de abril de 2026: la redacción original remitía genéricamente al artículo 6 de la orden y se corrigió para dejar claro que la vía electrónica del procedimiento 3395 es obligatoria para todos los solicitantes, personas físicas incluidas, conforme al artículo 7.3 del RD 905/2022. El resto del extracto quedó inalterado.

Qué hay que aportar por cada parcela

  • Identificación, localización y superficie sobre la que se hará la cosecha en verde, con croquis e identificación de los recintos SIGPAC que la integran.
  • Variedad de uva y tipo, tinta o blanca.

La superficie vitícola objeto de ayuda se mide como la superficie plantada delimitada por el perímetro externo de las cepas más un margen igual a la mitad de la distancia entre hileras (art. 42 del Reglamento Delegado UE 2022/126). Conviene calcularla así y no por la referencia catastral.

Normativa

Cosecha en verde

  • Convocatoria: Orden de 27 de marzo de 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, con corrección de errores de abril de 2026.
  • Bases: sección 3.ª del capítulo II del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, de la Intervención Sectorial Vitivinícola.
  • Marco europeo: artículo 58.1.c del Reglamento (UE) 2021/2115 de los planes estratégicos de la PAC.
  • Financiación: 100 % FEAGA.

Reestructuración y reconversión

  • Convocatoria: Orden de 2026 de la misma Consejería.
  • Bases: Orden de 30 de marzo de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, sobre el RD 905/2022.
  • Instruye la Dirección General de Industria Alimentaria y Asociacionismo Agrario, a través del Servicio de Industria y Promoción Agroalimentaria.

Las dos se enmarcan en la Intervención Sectorial Vitivinícola del Plan Estratégico de la PAC de España 2023-2027, aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022.

Plazo29 de abril de 2026

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