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Vilanova i la Geltrú: 500 € por haberte dado de alta, y hasta 3.500 € más si invertiste

Si diste de alta tu empresa o tu actividad de autónomo en Vilanova i la Geltrú entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, el Ayuntamiento te da 500 € por las cuotas de Seguridad Social de los seis primeros meses, y otros 1.500 € a 3.500 € si invertiste al menos 2.000 € en equipos, mobiliario, maquinaria o reforma. Es una ayuda por lo que ya hiciste: todo se justifica con la solicitud. Hay 42.000 € y el plazo acaba el 7 de octubre de 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 927702

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas, de persona física o jurídica, que generen actividad económica en Vilanova i la Geltrú (con licencia, comunicación previa o autorización ambiental del Ayuntamiento) y que se dieran de alta en el censo de Hacienda entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos. También quien continuó un negocio por relevo generacional (traspaso, jubilación). No cuentan como nuevas las que solo cambian de forma jurídica
Cuánto se cobra
Primer tramo: 500 € por el alta, para cuotas de Seguridad Social de los seis primeros meses. Segundo tramo, compatible: 1.500, 2.000, 2.500, 3.000 o 3.500 € según puntuación, si invertiste al menos 2.000 € sin IVA en inmovilizado material. Máximo 4.000 € entre los dos, y nunca más del 50 % del gasto subvencionable aprobado
Procedimiento
Mixto. Primer tramo: concurrencia no competitiva, por orden cronológico de entrada hasta agotar el crédito. Segundo tramo: concurrencia competitiva, por puntuación, y en empate por orden de presentación
Presupuesto
42.000 € para toda la convocatoria, partida 10.4390.4821500 «Subvencions per a la creació d'empreses (comerç més mentòring)» del presupuesto de 2026. La BDNS publica la misma cifra
Organismo
VILANOVA I LA GELTRÚ. Código BDNS 927702.

Los dos tramos

TramoQué pagaImporteCómo se reparte
1. Ayuda base por altaCuotas de Seguridad Social (RETA o régimen general) de los seis primeros meses seguidos desde el alta censal500 €Por orden de llegada
2. Ayuda por inversiónInmovilizado material: construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, mobiliario, equipos informáticos y vehículos imprescindibles1.500 € a 3.500 €Por puntuación

Los dos tramos se pueden pedir a la vez. El techo conjunto es 4.000 € y nunca más del 50 % del gasto subvencionable aprobado.

Escala del segundo tramo

PuntosAyuda
2 a 31.500 €
4 a 52.000 €
6 a 72.500 €
8 a 93.000 €
10 o más3.500 €

Cómo se suman los puntos

  • Inversión en inmovilizado (máximo 8): 2 puntos de 2.000 a 8.000 €; 3 hasta 15.000 €; 4 hasta 23.000 €; 5 hasta 30.000 €; 6 hasta 50.000 €; 8 a partir de 50.001 €.
  • Contrataciones hechas entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 (máximo 7): 1 punto por contrato hasta tres, y 2 más por cada una de hasta dos contrataciones de mujeres, jóvenes de 18 a 30 o mayores de 55.
  • 2 puntos por cada uno de estos: ser cooperativa; tener plan de igualdad; estar en un gremio, federación o asociación; certificación de RSC u ODS (Biosphere y similares); estar en el Mapa de Consum Responsable; haber hecho un relevo generacional.

Con la inversión mínima ya tienes 2 puntos y 1.500 €. Afiliarse a una asociación de comerciantes o empresarios da otros 2 puntos y sube a 2.000 €: es la forma más barata de mejorar la ayuda, pero la afiliación tiene que poderse acreditar al pedirla.

La trampa: es para quien ya arrancó, y se justifica todo al pedirla

Todas las fechas están cerradas en el pasado:

  • El alta censal (036 o 037) tiene que ser del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025. Si te diste de alta en octubre de 2025 o después, esta convocatoria no es la tuya: será la del año que viene.
  • Las facturas de inversión tienen que estar emitidas y pagadas en ese mismo periodo.
  • Las cuotas de Seguridad Social, las de los seis meses siguientes al alta, pagadas.

La justificación se entrega con la solicitud, y las bases dicen que no se admite documentación justificativa posterior, salvo lo que pida el Ayuntamiento como subsanación. Si falta una factura o un justificante de pago el día que presentas, no hay segunda oportunidad para añadirla por tu cuenta.

Para el segundo tramo hace falta además un plan de empresa según el modelo municipal A-1 (o el de la Mancomunitat Penedès-Garraf) y, si lo tienes, balance y cuenta de resultados a 30 de septiembre de 2025.

Papeles y trámite

Solo por vía electrónica, en el trámite de la sede de Vilanova (seuelectronica.vilanova.cat, trámite 18020), con certificado digital. Presentar la solicitud en blanco o incompleta para «coger número» no sirve: cuenta la fecha en que se presenta bien rellenada.

Documentación: solicitud con las declaraciones responsables, plan de empresa (modelo A-1), escritura y poderes si eres sociedad, recibos de cotización de seis meses seguidos desde el alta, alta censal (036/037) o DUE, acreditación de parentesco si hubo relevo generacional. Para el segundo tramo, además, facturas y pagos con una relación en Excel (número, fecha, proveedor, base e impuestos), el plan de empresa y, si puntúas por ello, plan de igualdad, certificaciones y vida laboral de la empresa de menos de un mes.

Si falta algo, 10 días para subsanar. Resuelve la Junta de Gobierno en un máximo de tres meses desde el cierre del plazo; las notificaciones se publican en la sede electrónica y sustituyen a la notificación individual. Hay que mantener las condiciones de la ayuda hasta el 31 de diciembre de 2026.

La Oficina de Atención a la Empresa del Ayuntamiento asesora gratis: empresavng@vilanova.cat, 938 140 000 (ext. 3217) o 660 449 556, de 9 a 14 h.

Lo que no está claro

  • Si los 500 € son fijos. La convocatoria habla de un primer tramo «con un importe mínimo de 500 euros», y en la misma frase de las bases dice que todas las empresas que cumplan «rebrán automàticament 500 €». Lo prudente es contar con 500 €.
  • El 50 %. Con 2.000 € de inversión y 500 € de cuotas, el techo del 50 % del gasto aprobado deja la ayuda en unos 1.250 € aunque la escala diga 2.000 €. El texto no explica cómo casan la escala y el porcentaje; conviene hacer la cuenta con el cliente antes de prometerle una cifra.
  • El cierre. Los 20 días hábiles desde el 9 de septiembre, quitando el 11 de septiembre, dan el 7 de octubre de 2026, la misma fecha que registra la BDNS.
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