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Plazo cerradoComercio, turismo y hosteleríaCataluñaConcurrencia no competitiva

Vic: hasta 3.000 € por abrir un comercio en un local cerrado de las calles del centro

Si abres una tienda o un negocio de servicios de proximidad en un local que estaba cerrado en una de las 27 calles y plazas del centro de Vic que marca la convocatoria, el Ayuntamiento te paga hasta 3.000 € de obras, interiorismo, instalaciones, mobiliario, escaparate y alquiler. No es un concurso: entra quien llega primero con todo en regla, hasta agotar 21.000 €. El plazo cierra el 15 de octubre de 2026 y la justificación, el 15 de noviembre.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 920939

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas que ocupen un local comercial cerrado de las calles del ámbito de la convocatoria para abrir una actividad de comercio al detalle o de servicios de proximidad, con los permisos exigibles de la actividad y al corriente con el Ayuntamiento de Vic, la AEAT y la Seguridad Social
Cuánto se cobra
Máximo 3.000 € por beneficiario. Se paga de una vez al aprobarse la concesión. Minimis
Procedimiento
Concurrencia NO competitiva en modalidad de concesión directa: por riguroso orden de fecha y hora de registro de la solicitud, hasta el fin del plazo o hasta agotar el presupuesto
Presupuesto
21.000 € para toda la convocatoria, aplicación 2708.4311.479000 «Subvencions per a l'obertura de locals comercials». La BDNS publica la misma cifra
Organismo
VIC. Código BDNS 920939.

Dónde tiene que estar el local

Solo en locales cerrados de estas calles y plazas:

Carrer Nou, Rambla Davallades, Carrer de Sant Antoni, Rambla dels Moncada, Carrer de Sant Fidel, Rambla Hospital, Carrer de la Fusina, Rambla Sant Domènech, Carrer del Trinquet, Carrer Jacint Verdaguer, Carrer de Sant Sebastià, Carrer de Gurb, Plaça dels Sants Màrtirs, Carrer de Manlleu, Carrer de Sant Vicenç, Carrer dels Argenters, Carrer de les Escales, Plaça Canonge Collell, Carrer de les Neus, Carrer Cardona, Pla de Balenyà, Carrer de la Riera, Plaça Santa Teresa, Carrer Arquebisbe Alemany, Plaça del Carbó, Carrer Bisbe Morgades y Rambla del Passeig.

Las bases permiten todo el suelo urbano consolidado, pero la convocatoria de 2026 limita el ámbito a esta lista. Un local fuera de ella no entra aunque esté cerrado.

Qué paga

  • Cualquier gasto con factura relacionado con la apertura: obras, proyectos de interiorismo, instalaciones, mobiliario, embellecimiento del escaparate.
  • El alquiler del local donde se hace la actividad.

No paga el género ni el servicio que vendes, tasas e impuestos recuperables, intereses, sanciones ni procedimientos judiciales. El IVA no entra si lo puedes repercutir.

Los gastos tienen que ser del periodo 1 de septiembre de 2025 a 31 de octubre de 2026 y estar pagados al justificar.

La trampa: el orden de llegada manda, y la justificación va aparte

La fecha y la hora de registro deciden quién cobra. Con 21.000 € y hasta 3.000 € por negocio, el crédito da para siete aperturas si todas piden el máximo. Y se ha podido pedir desde finales de julio. Si el cliente va a pedirla, cuanto antes.

Con la solicitud va el presupuesto detallado de los gastos de apertura, no las facturas. Las facturas y los pagos van después, en el trámite de justificación, como tarde el 15 de noviembre de 2026, con:

  • Formulario de justificación.
  • Anexo A, relación de gastos.
  • Facturas y justificantes de pago.
  • Anexo B, relación de ingresos recibidos por el mismo concepto, o declaración de no haber recibido ninguno en relación con el traspaso de la actividad.

El pago llega de una vez al aprobarse la concesión, sin garantía. Si luego no justificas, hay reintegro con intereses.

Papeles y trámite

Solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vic con: acreditación de la representación si hace falta, ficha de datos del acreedor, certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y la AEAT (sustituibles por la declaración responsable del formulario), presupuesto detallado por conceptos de los gastos de inicio o traslado de la actividad y declaración de otras subvenciones.

Si falta algo, diez días hábiles para subsanar. Instruye el Área de Promoción Económica y resuelve la Junta de Gobierno Local.

Es compatible con otras ayudas mientras no superen el coste. Hay que hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la documentación, carteles y medios del negocio.

Lo que no está claro

  • Qué es exactamente un «local cerrado». Las bases solo piden «ocupar un local comercial cerrado». No dicen cuánto tiempo tiene que haber estado cerrado ni si vale un traspaso de un negocio que acaba de cerrar. El anexo B de la justificación menciona el traspaso, lo que sugiere que sí se admite, pero conviene confirmarlo con Promoción Económica.
  • El minimis. Las bases citan un reglamento ya sustituido. Si el cliente acumula otras ayudas de minimis, que cuente con el límite vigente de 300.000 € en tres años.
  • Cuánto crédito queda. No hay publicado cuántas solicitudes se han atendido desde julio.
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