Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant: hasta 12.000 € por invertir en tu negocio, digitalizarlo o certificarlo
Si eres autónomo o pequeña empresa con domicilio fiscal en Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant, el Ayuntamiento subvenciona seis tipos de gasto: inversión para abrir o ampliar actividad (30 %, hasta 6.000 €), tecnología y web (50 %, hasta 1.500 €), certificaciones y premios (hasta 4.000 €), formación (40 %, hasta 1.000 €), renovación de maquinaria o vehículos (hasta 5.000 €) y estudios (30 %, hasta 3.000 €). Máximo 12.000 € por empresa. Las facturas ya pagadas van con la solicitud, y el plazo cierra el 30 de septiembre de 2026.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 903927
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Autónomos, pequeñas empresas ya existentes o de nueva creación (menos de 50 trabajadores y hasta 10 millones de facturación o balance) y entidades con actividad económica, con actividad y domicilio fiscal en Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant, al corriente con el Ayuntamiento, la AEAT y la Seguridad Social y, si tienen local, con licencia de actividad antes de que acabe el plazo
- Cuánto se cobra
- Inversión innovadora en activos fijos: 30 %, máx. 6.000 €. Tecnología: 50 %, máx. 1.500 €. Excelencia: 800 € por premio o 500 € por certificación, más el 15 % del gasto, máx. 4.000 €. Formación: 40 %, máx. 1.000 €. Otras inversiones de empresas consolidadas: 20 %, máx. 3.000 €. Flota: 30 %, máx. 5.000 €. Estudios de alto valor añadido: 30 %, máx. 3.000 €. Tope por empresa: 12.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: la comisión de IDETSA puntúa innovación (hasta 45 puntos), impacto en el municipio (hasta 40) y alineación con los ODS (hasta 15)
- Presupuesto
- 26.000 €: 6.000 € en la aplicación 2026-22-433-48030 y 20.000 € en la 2026-22-433-77003. La BDNS publica la misma cifra
- Organismo
- VANDELLÒS I L'HOSPITALET DE L'INFANT. Código BDNS 903927.
Qué se subvenciona, línea a línea
| Línea | Qué entra | Ayuda |
|---|---|---|
| a) Inversión innovadora (nuevas actividades o ampliación) | Licencia de actividad o permiso ambiental, maquinaria, instalaciones | 30 %, máx. 6.000 € |
| b) Nuevos sistemas tecnológicos | Equipos informáticos y tecnológicos, conexión de fibra, creación de web, software específico | 50 %, máx. 1.500 € |
| c) Excelencia | Premio reconocido del sector (800 €) o acreditación, certificación o distintivo oficial (500 €): AMED, Restauració Sense Gluten, ISO, EMAS, UNE, D'Artesania, TECNIO…, más el 15 % de lo invertido para obtenerlo | máx. 4.000 € |
| d) Formación de hasta tres trabajadores | Factura de la empresa formadora | 40 %, máx. 1.000 € |
| e.1) Otras inversiones de empresas consolidadas | Activos no inmobiliarios que mejoren la actividad | 20 %, máx. 3.000 € |
| e.2) Renovación de flota o maquinaria | Vehículos nuevos rotulados, censados en el municipio a nombre de la empresa, etiqueta ZERO, ECO o C | 30 %, máx. 5.000 € |
| f) Estudios de alto valor añadido | Viabilidad económica o tecnológica, estudios estratégicos, planificación urbanística | 30 %, máx. 3.000 € |
Tope conjunto: 12.000 € por empresa. Las entidades con actividad económica solo pueden ir a la línea f).
En la línea de vehículos el valor subvencionable cambia con la etiqueta: el 100 % del valor para ZERO, el 50 % para ECO y el 20 % para C, y sobre eso se aplica el 30 %. No entran compras por leasing ni renting.
Lo que no entra, y conviene saberlo antes
- En la línea a) quedan fuera los vehículos, los equipos informáticos, los gastos de constitución, los traspasos y las instalaciones de ahorro energético (tienen su propia ayuda).
- En la línea b) quedan fuera los equipos de sonido, la domótica, televisores, proyectores, pantallas y la telefonía móvil.
- La convocatoria dice que esta ayuda no es compatible, para el mismo concepto, con la ayuda a la autoempresa, la de inversiones de alto impacto ni la de eficiencia energética y autoconsumo del mismo Ayuntamiento. Elige la que más te dé por cada gasto.
- Quien la haya cobrado dos convocatorias seguidas no puede volver a pedirla por el mismo concepto hasta pasados dos años.
La trampa: se justifica al pedirla
Esta ayuda no se pide con un presupuesto: se pide con el gasto hecho y pagado. La solicitud tiene que llevar ya las facturas y los justificantes de pago, más la prueba del premio o la certificación en la línea c) y las fotos del vehículo rotulado y su etiqueta en la e.2).
Entran las inversiones hechas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. Lo que factures a partir del 1 de octubre ya va a la convocatoria del año que viene.
Y si tienes local, la licencia de actividad tiene que estar concedida antes de que acabe el plazo de solicitud. Una licencia en trámite no basta.
Si eres empresa de nueva creación, el plan de empresa tiene que venir validado por el servicio de emprendimiento de IDETSA, la empresa municipal. Pide cita con tiempo: sin esa validación la solicitud está incompleta.
Cómo se decide y cuánto hay
La comisión de valoración de IDETSA puntúa cada proyecto:
- Grado de innovación: hasta 45 puntos.
- Impacto en el municipio, mirando si ya existen actividades parecidas: hasta 40 puntos.
- Calidad respecto a los Objetivos de Desarrollo Sostenible: hasta 15 puntos.
Resuelve la Junta de Gobierno Local en un máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria, y la resolución se publica en la sede electrónica, no se notifica por carta. La aceptación es tácita si no dices nada en un mes.
Con 26.000 € para todo el municipio y hasta 12.000 € por empresa, el dinero da para pocas solicitudes grandes. Una actividad que no exista en el pueblo parte con ventaja clara en el criterio de impacto.
Qué presentar
Electrónicamente por la sede del Ayuntamiento (obligatorio para sociedades) o en las oficinas de atención ciudadana:
- Alta en el IAE o en el censo de Hacienda con domicilio fiscal y ubicación en el municipio.
- Certificado de titularidad bancaria.
- Plan de empresa o memoria de la inversión con presupuesto de ingresos y gastos.
- Facturas y justificantes de pago, y los documentos específicos de cada línea.
- Declaración responsable de no estar en prohibición para cobrar subvenciones y de estar al corriente, o autorización para que el Ayuntamiento lo consulte.
El artículo de documentación de las bases publicadas empieza en la letra f): las letras a) a e) no aparecen en el texto. Pide en el Ayuntamiento el formulario normalizado para no dejarte nada.
Cerrada
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