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Unidades de apoyo en centros especiales de empleo: 1.440 € al año por trabajador con discapacidad

Financia el personal de apoyo —psicólogos, técnicos, encargados— que atiende a trabajadores con discapacidad de difícil inserción en un centro especial de empleo. Se cobra 1.440 € anuales por cada trabajador con discapacidad de los que dan derecho, no por cada persona de la unidad de apoyo.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Entidades titulares de centros especiales de empleo de la Región de Murcia, o los propios centros cuando tengan personalidad jurídica propia
Cuánto se cobra
1.440 € anuales por cada trabajador con el tipo y grado de discapacidad exigidos, prorrateados por duración del contrato y por jornada
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
550.000 €, aplicación 57.02.00.322A.47502, proyecto 36142, más un crédito adicional de 200.000 €
Organismo
REGIÓN DE MURCIA. Código BDNS 900476.

Objeto

Los centros especiales de empleo son empresas, y esta es una de las ayudas específicas de las que disponen. Financia los costes salariales y de Seguridad Social del personal que integra las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional: el equipo —psicólogos, trabajadores sociales, técnicos, encargados— que presta los servicios de ajuste personal y social a la plantilla con discapacidad.

La finalidad declarada es modernizar los servicios de ajuste personal y social de los centros cuya plantilla esté formada, total o parcialmente, por personas con discapacidad de difícil inserción.

El personal de apoyo debe estar contratado por tiempo indefinido y sus funciones son las del artículo 3 de la orden de bases. El coste computable tiene un techo: el salario del convenio colectivo aplicable para cada categoría o, subsidiariamente, el del Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

Un límite que viene del derecho europeo y conviene tener presente: conforme al artículo 34.2 del Reglamento (UE) 651/2014, solo son subvencionables los costes del personal de apoyo durante el tiempo que dedique efectivamente a asistir a trabajadores con discapacidad. Si el técnico compagina funciones, hay que imputar la parte proporcional.

Cuantía

La lógica del cálculo despista al principio: la ayuda financia al personal de apoyo, pero se calcula por trabajador con discapacidad atendido.

ConceptoImporte
Por cada trabajador con el tipo y grado de discapacidad del art. 5.1 de la orden de bases1.440 € al año

Cuentan los trabajadores con discapacidad contratados por tiempo indefinido o con contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.

Los 1.440 € se reducen proporcionalmente por dos vías, que se acumulan:

  • Por la duración del contrato del trabajador con discapacidad.
  • Por la duración de la jornada, si el contrato es a tiempo parcial.

El periodo de suspensión de contratos por ERTE no computa a efectos de obtener la subvención.

Periodo

Se concede por periodos de un año, y la actividad subvencionada debe desarrollarse como máximo hasta el 30 de junio del año siguiente al de la convocatoria.

Para un centro especial de empleo que no haya tenido antes unidades de apoyo subvencionadas por el SEF, el cómputo arranca el primer día del mes siguiente a la fecha de la convocatoria, con un máximo de una anualidad y sin pasar de ese 30 de junio.

Requisitos

Beneficiarios: entidades titulares de centros especiales de empleo, o los propios centros cuando tengan personalidad jurídica propia.

  • Estar al corriente con la AEAT y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo con la Administración regional, salvo suspensión o garantía.
  • Asumir el compromiso del Código de Conducta en materia de subvenciones (anexo II).

El requisito de prevención de riesgos

Hay uno específico que no aparece en otras líneas del SEF y que conviene tener resuelto antes de solicitar: el centro debe disponer de la evaluación inicial de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva atendiendo al grado de siniestralidad del año anterior, hecha por el servicio de prevención externo contratado o por técnicos cualificados si el servicio de prevención es propio.

Incompatibilidades

La suma con otras ayudas para la misma finalidad no puede superar el coste total de la actividad. Y hay una regla de cómputo importante: las ayudas al coste salarial de los puestos ocupados por personas con discapacidad en el centro especial de empleo sí cuentan a efectos de ese límite. Hay que sumarlas antes de calcular el margen disponible.

Cómo se pide y presupuesto

Solicitud solo por formulario electrónico en sede.carm.es, procedimiento 1995. Si se presenta en papel, se requiere subsanación por vía electrónica y la fecha que cuenta es la de esa presentación electrónica.

La concesión es en régimen de concurrencia competitiva (art. 9 de la orden de bases), informada por los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Presupuesto

Los 550.000 € que declara la BDNS coinciden con el crédito del texto oficial: aplicación 57.02.00.322A.47502, código de proyecto 36142, con fondos procedentes del SEPE. Hay además un crédito adicional de 200.000 € que puede incorporarse si sobra crédito de convocatorias anteriores de fomento de la inserción laboral de personas con discapacidad o si se amplía la partida; su cuantía definitiva se publica antes de resolver y no abre plazo nuevo.

Con 1.440 € por trabajador, el crédito inicial cubre en torno a 380 trabajadores con discapacidad a jornada completa y año completo.

Normativa

Bases reguladoras: Orden de 29 de enero de 2018 del Presidente del SEF (BORM n.º 29, de 5 de febrero de 2018), modificada por la Orden de 4 de marzo de 2019 (BORM n.º 58, de 11 de marzo) y por la Orden de 13 de mayo de 2022 (BORM n.º 119, de 25 de mayo). Es la redacción consolidada con esas dos modificaciones la que aplica.

Marco europeo: Reglamento (UE) 651/2014 de exención por categorías, artículo 34.2 (ayudas destinadas a compensar los costes adicionales del empleo de trabajadores con discapacidad). No va en régimen de minimis.

Plazo21 de mayo de 2026

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