Impulso a la actividad turística en municipios en riesgo de despoblación
El 75 % de un proyecto de turismo experiencial en el interior valenciano, con un coste elegible de entre 15.000 € y 50.000 €. Es la intensidad más alta del bloque turístico, pero exige que todo el proyecto se ejecute en municipios del listado.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas turísticas inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, y autónomos y empresas adheridas al programa Creaturisme
- Cuánto se cobra
- 75 % del coste subvencionable, con un máximo de 37.500 € por beneficiario
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con un baremo de 50 puntos
- Presupuesto
- 750.000 €, programa 33, subprograma 339
- Organismo
- COMUNITAT VALENCIANA. Código BDNS 911966.
Objeto
Financia proyectos de puesta en mercado y comercialización de productos y servicios turísticos experienciales en municipios valencianos en riesgo de despoblación, tanto para crear oferta nueva como para consolidar y hacer crecer la existente.
La restricción territorial es total: el proyecto debe desarrollarse exclusivamente en uno o varios de los municipios del listado del anexo III de la convocatoria. No se aceptan proyectos que se desarrollen fuera de esos municipios, ni siquiera parcialmente.
El proyecto debe comprender un conjunto o serie de actividades de carácter periódico o con continuidad temporal. Quedan fuera las actuaciones aisladas de carácter puntual y las que no tengan contenido turístico.
Las bases son el Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, modificado por el Decreto 6/2023.
Beneficiarios
1. Empresas turísticas registradas
Cualquier naturaleza jurídica, incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles, inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana antes de la publicación de la convocatoria:
- Alojamiento turístico: hoteles, campings, alojamientos rurales, bloques y conjuntos de apartamentos turísticos y empresas gestoras de viviendas de uso turístico.
- Agencias de viajes.
- Turismo activo y ecoturismo.
- Restauración inscrita en el grupo I del Registro de Turismo conforme al Decreto 36/2023.
Se considera empresa gestora de viviendas de uso turístico, según el Decreto Ley 9/2024, la persona física o jurídica cuya actividad profesional —principal o no— consista en ceder a título oneroso el uso de al menos cinco viviendas de uso turístico, estén o no en el mismo edificio y sea cual sea el título que la habilite.
2. Adheridos a Creaturisme
Trabajadores autónomos y empresas turísticas de cualquier naturaleza jurídica, incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles, adheridas al programa Creaturisme antes de la publicación de la convocatoria.
La vía Creaturisme es la que abre esta ayuda al autónomo: en el grupo de empresas turísticas registradas se habla de empresas, mientras que aquí se nombra expresamente a los trabajadores autónomos.
Requisitos comunes
- Domicilio fiscal o social en la Comunitat Valenciana.
- Estar legalmente constituidas y dadas de alta en los registros correspondientes.
- Desarrollar el proyecto en los municipios del anexo III.
Cuantía
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Intensidad de la ayuda | 75 % del coste subvencionable |
| Coste subvencionable mínimo | 15.000 € |
| Coste subvencionable máximo | 50.000 € |
| Ayuda máxima por beneficiario | 37.500 € |
Las solicitudes que no alcancen los 15.000 € se desestiman. Y el gasto que supere los 50.000 €, aunque sea conforme, no se tiene en consideración: el techo de 37.500 € es exactamente el 75 % de ese máximo.
El 75 % es la intensidad más alta de las convocatorias turísticas valencianas —frente al 70 % del programa general de posicionamiento— y compensa el sobrecoste de operar en zonas despobladas. La contrapartida es la horquilla cerrada: hay que dimensionar el proyecto entre 15.000 € y 50.000 € para aprovecharla.
Cómo se puntúa y cómo se resuelve
Concurrencia competitiva con un baremo de 50 puntos, detallado en el anexo II de la convocatoria, seleccionado de entre los criterios de los decretos 4/2017 y 6/2023.
El mecanismo de resolución tiene un detalle importante:
- Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación.
- Una vez establecido el orden, se aplica la intensidad de ayuda del anexo.
- La Comisión de Evaluación determina los importes según la consignación presupuestaria máxima.
Empates
Si el crédito no alcanza y hay solicitudes empatadas, se resuelve en este orden:
- Mayor puntuación en el criterio 2, interés turístico y grado de desarrollo del proyecto.
- Mayor puntuación en el criterio 3, responsabilidad social.
- Orden de presentación de las solicitudes.
El órgano instructor es el Servicio de Ayudas del Área de Competitividad Turística, que puede apoyarse en el resto de áreas de Turisme, la Dirección General de Turismo y los servicios territoriales.
Plazos y tramitación
- Plazo: desde las 9:00 del 22 de junio de 2026 hasta las 14:00 del 3 de julio de 2026, hora peninsular. Doce días naturales.
- Un único proyecto por solicitante.
- Vía: exclusivamente telemática, en el trámite proc112007 de la sede electrónica de la Generalitat.
La sede electrónica es el canal obligatorio para la solicitud, la aportación de documentación, el seguimiento y la justificación. El sistema envía comunicaciones al correo de contacto registrado en la solicitud.
Si en la instrucción se detecta falta de documentación o información, el órgano comunica al solicitante que la subsane.
Ampliación de crédito
El importe puede incrementarse por generación, ampliación o incorporación de crédito en cualquier momento anterior a la resolución de concesión, mediante resolución de la presidencia de Turisme Comunitat Valenciana, sin abrir nuevo plazo ni requerir nueva convocatoria.
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