Transporte: compensación por la crisis de Oriente Medio y desguace de vehículos
Una orden con siete convocatorias y 9.850.000 € para transportistas baleares: una cuantía fija por vehículo, más alta cuanto más lejos esté la isla. De 130 € por un VTC a 2.200 € por un camión de más de 12 toneladas domiciliado en Formentera. No es minimis: se acoge al artículo 107.2 del Tratado, ayudas para reparar perjuicios de acontecimientos excepcionales.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías (MDP/MDL), de viajeros en autobús discrecional, de taxi (VT) y de VTC domiciliadas en las Illes Balears; empresas de transporte privado complementario de la división 46 del CNAE; y titulares que desguacen vehículos pesados o autobuses
- Cuánto se cobra
- Importe fijo por vehículo según tonelaje, tipo de autorización e isla de domiciliación. Topes por solicitante de 7.500 € en taxi, 16.500 € en mercancías de persona física, 25.000 € en transporte privado complementario y 160.000 € en mercancías de persona jurídica
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva por riguroso orden de entrada, tramitada por urgencia y despacho prioritario, sin comisión evaluadora ni fiscalización previa
- Presupuesto
- 9.850.000 € en total: 6.000.000 € en las tres líneas de mercancías, 750.000 € en autobús, 500.000 € en taxi, 100.000 € en VTC y 2.500.000 € en desguace
- Organismo
- ILLES BALEARS. Código BDNS 917468.
Siete convocatorias en una sola orden
La Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad aprobó de una vez las bases y siete convocatorias, cada una en un anexo, al amparo del capítulo IX del Decreto ley 1/2026, de 1 de abril, de medidas extraordinarias para paliar la crisis económica producida por los efectos de la guerra en Oriente Medio.
En la BDNS aparecen como siete registros distintos, lo que hace pensar en siete programas separados. Son la misma orden, y sus presupuestos sí suman:
| Anexo | Quién cobra | Código BDNS | Crédito |
|---|---|---|---|
| 1 | Personas físicas titulares de autorización de transporte público de mercancías (MDP/MDL) | 917468 | 1.000.000 € |
| 2 | Personas jurídicas titulares de autorización de mercancías | 917469 | 4.600.000 € |
| 3 | Personas jurídicas de transporte privado complementario, alta en la división 46 del CNAE | 917470 | 400.000 € |
| 4 | Autorizaciones de viajeros en autobús discrecional | 917471 | 750.000 € |
| 5 | Autorizaciones ordinarias de taxi (VT) | 917472 | 500.000 € |
| 6 | Autorizaciones ordinarias de VTC | 917473 | 100.000 € |
| 7 | Desguace de vehículos pesados de mercancías y autobuses | 917474 | 2.500.000 € |
| Total | 9.850.000 € | ||
Los tres primeros anexos reparten los 6.000.000 € que la orden destina al transporte de mercancías. Y los importes de las convocatorias se pueden redistribuir entre sí según necesidades, sin necesidad de modificar las convocatorias.
Un detalle de régimen que conviene aprovechar. Estas ayudas no van por minimis: se amparan en el artículo 107.2, párrafo segundo, del Tratado —ayudas para reparar perjuicios causados por acontecimientos de carácter excepcional—. Eso significa que no consumen el tope de 300.000 € en tres años que sí gastan casi todas las demás ayudas baleares a empresas. Para un transportista que además vaya a pedir modernización industrial o el cheque de consultoría, esto deja el margen de minimis intacto.
Son además compatibles con otras ayudas de cualquier administración para la misma finalidad, con el único límite de no superar el coste de la actividad. La excepción es el desguace del anexo 7, que sí es incompatible con cualquier otra ayuda para lo mismo.
Cuánto se cobra por vehículo
No hay que justificar gastos ni facturas de gasóleo: la ayuda es una cuantía fija por vehículo, que sube según el tonelaje y según la isla, reconociendo expresamente la doble insularidad de Menorca e Ibiza y la triple de Formentera.
Mercancías, autorización MDP o MDL (anexos 1 y 2)
| MMA del vehículo | Mallorca | Menorca | Ibiza | Formentera |
|---|---|---|---|---|
| Hasta 3,5 t (MDL/MDP) | 1.000 € | 1.050 € | 1.050 € | 1.100 € |
| De 3,5 a 7,5 t (MDP) | 1.200 € | 1.260 € | 1.260,50 € | 1.320 € |
| De 7,5 a 12 t | 1.600 € | 1.680 € | 1.680 € | 1.760 € |
| Más de 12 t | 2.000 € | 2.100 € | 2.100 € | 2.200 € |
Tope por solicitante: 16.500 € para personas físicas (anexo 1) y 160.000 € para personas jurídicas (anexo 2).
Transporte privado complementario, división 46 del CNAE (anexo 3)
| MMA | Mallorca | Menorca e Ibiza | Formentera |
|---|---|---|---|
| Hasta 3,5 t | 525 € | 551 € | 580 € |
| Más de 3,5 t | 685 € | 720 € | 755 € |
Tope por solicitante: 25.000 €.
Taxi, autorización VT (anexo 5)
| Isla | Por vehículo |
|---|---|
| Mallorca | 200 € |
| Menorca e Ibiza | 210 € |
| Formentera | 220 € |
Tope por solicitante: 7.500 €.
VTC (anexo 6)
| Isla | Por vehículo |
|---|---|
| Mallorca | 130 € |
| Menorca e Ibiza | 135 € |
Para el autobús discrecional (anexo 4) rige el mismo esquema —importe fijo por vehículo según isla de domiciliación—, con un crédito de 750.000 €; el importe concreto está en el anexo 4 de la orden.
La exclusión de los eléctricos. No son objeto de ayuda los vehículos eléctricos de batería (BEV), de pila de combustible (FCEV) ni de combustión de hidrógeno (HICEV). Tiene lógica —la ayuda compensa el precio de los productos petrolíferos— pero conviene decirlo antes de contar la flota entera.
Requisitos y desguace
La foto del 1 de abril de 2026
Para las líneas de mercancías hay que ser titular, a fecha 1 de abril de 2026, de una autorización en vigor de transporte público de mercancías MDP o MDL domiciliada en las Illes Balears, y tener los vehículos por los que se solicita adscritos a esa autorización y domiciliados en las islas. La fecha es fija: lo que se dé de alta después no computa.
Anexo 7 · Desguace
Es la línea con más dinero después de la de mercancías de personas jurídicas: 2.500.000 €. Financia el desguace de vehículos pesados de mercancías —autorización que habilita para más de 3,5 toneladas de masa máxima— y de autobuses adscritos a una autorización domiciliada en Balears, con la finalidad declarada de reducir la dependencia de los combustibles fósiles, las emisiones y el consumo.
- Pago anticipado del 100 % y sin exigencia de garantía.
- El desguace y la baja del vehículo se pueden efectuar hasta doce meses después de la notificación de la resolución de concesión.
- A diferencia del resto, es incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad.
Cobrar entero por adelantado y tener un año para achatarrar convierte esta línea en una decisión de flota, no en un trámite: permite planificar la renovación con el dinero ya en caja. Conviene contrastarla con las ayudas estatales al achatarramiento antes de decidir, porque aquí la incompatibilidad es total.
Anticipos en las demás líneas
Las convocatorias de las líneas 3 y 7 pueden prever anticipos de hasta el 100 % del importe máximo, con autorización previa del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, y dispensar total o parcialmente la constitución de garantías según la capacidad económica del beneficiario. En el anexo 3 está previsto expresamente: anticipo del 100 % sin garantía, con declaración responsable previa, porque los beneficiarios no son transportistas autorizados y la Dirección General de Movilidad no puede comprobar los requisitos hasta que aporten la justificación.
Plazos y tramitación: todo por urgencia
Quince días hábiles, con tres fechas de arranque distintas
| Convocatoria | Apertura |
|---|---|
| Mercancías, personas físicas y jurídicas · autobús | 9 de julio de 2026 |
| Transporte privado complementario · desguace | 13 de julio de 2026 |
| Taxi · VTC | 16 de julio de 2026 |
Cada una dura quince días hábiles. Si el crédito de una convocatoria se agota antes, se suspende la concesión mediante resolución publicada en el BOIB.
Reglas de plazo de las bases
- Mínimo quince días hábiles para solicitar.
- Cinco días hábiles para subsanar la solicitud.
- Cinco días hábiles para alegar a la propuesta de resolución.
- Hasta cinco meses para dictar y notificar la resolución, contados desde la entrada de la solicitud completa. Pasado ese plazo, la solicitud se entiende desestimada.
Orden de entrada, y la trampa de la subsanación
El procedimiento es de concurrencia no competitiva: no hay comparación ni prelación entre solicitudes, no se constituyen comisiones evaluadoras y los expedientes se resuelven a medida que entran, individualmente o en bloque, aunque no haya terminado el plazo.
Como el criterio es el orden de entrada, la fecha de la subsanación es la que fija el orden definitivo del expediente. Presentar el primer día con un documento de menos equivale a presentar el día en que se complete. Con 100.000 € para toda la línea de VTC, eso decide quién cobra.
Además, la inexactitud, falsedad u omisión esencial de cualquier dato del formulario o de las declaraciones responsables deja el trámite sin efecto y comporta la inadmisión de la solicitud —o su revocación, si se descubre después—.
Tramitación
- Participación exclusivamente telemática por la Sede Electrónica de la CAIB, también en la justificación y la comprobación.
- Los procedimientos se tramitan por urgencia y despacho prioritario (artículos 33 y 71 de la Ley 39/2015) sin necesidad de motivación específica, aunque sin reducir los plazos de solicitud ni de recurso.
- Los expedientes no se someten a fiscalización previa de la Intervención General, pero sí a control financiero posterior.
- Las resoluciones se notifican por publicación en el BOIB y en la sede electrónica; el resto de comunicaciones, solo en la sede.
- La Dirección General de Movilidad puede requerir documentación de comprobación durante cuatro años desde la justificación, con diez días para atender el requerimiento.
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