Transmisiones en negocios de comercio, hostelería y servicios — Arrasate 2026
El 90 % del asesoramiento para traspasar un negocio, hasta 3.000 € para quien vende; y para quien lo toma, el 75 % del alquiler el primer año y el 50 % el segundo, hasta 450 € al mes. Además se paga un mes de contrato al futuro emprendedor para que el anterior titular le transmita el oficio. Abierta hasta el 30 de noviembre de 2026.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Tanto la persona titular que transmite el negocio como la nueva persona titular que lo continúa. Actividades de comercio, hostelería o servicios en locales de planta baja con carácter catastral de local comercial, ubicadas en Arrasate y de alta por primera vez en la matrícula municipal de actividades económicas en los epígrafes indicados
- Cuánto se cobra
- Para quien transmite: 90 % de los gastos de asesoramiento hasta 3.000 €, o hasta 1.500 € si el protocolo de relevo no se materializa; más el coste de un mes de contrato del futuro emprendedor, con el límite del salario mínimo interprofesional y la Seguridad Social. Para quien recibe: 75 % del alquiler el primer año y 50 % el segundo, con un máximo de 450 € al mes durante 12 meses cada año
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva: se analizan y resuelven por orden de presentación hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 50.000 € en la partida 1.0700.471.430.00.01 «Merkataritza, zerbitzuak eta turismo sektorean eskualdaketa dirulaguntzak»
- Organismo
- ARRASATE/MONDRAGÓN. Código BDNS 901470.
Una ayuda que paga a las dos partes del traspaso
Es la única convocatoria del catálogo vasco recogido en esta base que subvenciona simultáneamente a quien vende y a quien compra un negocio. La lógica es que un traspaso fracasa por dos motivos: porque el que se jubila no sabe cómo valorar y ordenar su empresa, y porque el que entra no aguanta el alquiler del primer año.
Para quien transmite la actividad
| Concepto | Ayuda |
|---|---|
| Servicios de asesoramiento contable, fiscal, laboral y legal necesarios para el análisis, valoración y transmisión del negocio | 90 % del gasto, hasta 3.000 € |
| Si se contrata una consultora para elaborar el protocolo de relevo pero finalmente no se materializa la transmisión | 90 %, hasta 1.500 € |
| Transmisión del conocimiento: contratar a la futura persona emprendedora en el tramo final de la actividad | Coste del contrato de un mes, con el máximo del SMI más Seguridad Social |
Dos cosas destacan aquí. La primera: se paga el asesoramiento aunque el traspaso no llegue a cerrarse. Es un incentivo real a intentarlo, y la mitad del importe queda cubierta pase lo que pase.
La segunda: la transmisión del conocimiento. El Ayuntamiento financia un mes de nómina y Seguridad Social para que quien va a coger el negocio trabaje junto al titular saliente antes del cambio. Es exactamente lo que decide si un relevo funciona, y casi ninguna otra convocatoria lo contempla.
Para una asesoría, este es además un cliente que paga su propio trabajo: el asesoramiento contable, fiscal, laboral y legal del traspaso está subvencionado al 90 %.
Para quien recibe la transmisión
| Periodo | % | Máximo mensual | Duración |
|---|---|---|---|
| Primer año | 75 % | 450 € | 12 meses |
| Segundo año | 50 % | 450 € | 12 meses |
Hasta 10.800 € en dos años. La subvención empieza a contar desde el primer alquiler posterior a la transmisión, una vez cambiada la titularidad de la licencia y comenzada la actividad.
Si la nueva persona titular asume dos o más negocios, el alquiler del segundo se subvenciona al 50 % de esas cuantías. Y si los locales son complementarios —una tienda o bar por un lado y el almacén por otro—, los importes de alquiler se suman.
El contrato de arrendamiento debe tener una duración mínima de 12 meses. Si hay parentesco de primer o segundo grado con la propiedad del local, se analiza caso por caso y debe existir una causa justificada para la transferencia del negocio.
Requisitos y exclusiones
- La transmisión de la titularidad de la licencia de actividad debe realizarse en el mismo año de la solicitud o en el anterior. Para el transmitente que solo pide asesoramiento, basta con justificar el inicio del proceso.
- Actividades de comercio, hostelería o servicios en locales de planta baja con carácter catastral de local comercial, de alta por primera vez en la matrícula municipal en los epígrafes de la Sección Primera, apartados 9.º o 6.º del IAE, en los epígrafes 83 u 84 de la Sección 8.ª, o en actividades profesionales de la Sección Segunda, apartados 5.º u 8.º
- Establecimiento en Arrasate y sin deudas con el Ayuntamiento.
- No cabe si transmitente y receptor son los mismos, total o parcialmente.
- Un mismo negocio no puede subvencionarse si no han transcurrido 10 años desde la transmisión anterior, salvo circunstancias especiales —fallecimiento, accidente, jubilación—, que se estudian caso por caso.
Actividades excluidas
- Las que hayan tenido una facturación superior a 1.000.000 € en alguno de los cuatro últimos ejercicios, o que pertenezcan a un grupo con ese volumen.
- Farmacias, estancos, establecimientos de lotería, franquicias, multinacionales y grupos empresariales.
- En general, las que tengan su residencia fiscal habitual fuera del municipio.
Cuándo se considera realizada la transmisión
Cuando se aprueba el cambio de titularidad de la licencia, el anterior titular se da de baja en el IAE y el nuevo se da de alta, sin que se suspenda la actividad ni se cierre el establecimiento —salvo razón técnica o administrativa—.
Con una salvedad útil: si el establecimiento tuvo que cerrarse tras un intento fallido de transmisión pero en el plazo de un año desde la baja se realiza una nueva transmisión, se entiende hecha en plazo por causa coyuntural, acreditando el esfuerzo realizado.
Compromiso lingüístico
La persona beneficiaria se compromete a realizar los mensajes escritos y los actos públicos de la actividad en euskera o en ambas lenguas, dando prioridad al euskera. El departamento de Euskera del Ayuntamiento pone a disposición su servicio de asesoramiento para garantizar la corrección lingüística.
Plazos, justificación y pago
- Plazo: desde el día siguiente a la publicación en el BOG —7 de mayo de 2026— hasta el 30 de noviembre de 2026.
- Procedimiento: se resuelve por orden de presentación hasta agotar los 50.000 €.
- Subsanación: 10 días; si no se corrige, la solicitud no se admite y se archiva.
Justificación
Quien transmite justifica junto con la solicitud. El asesoramiento se pide una vez iniciado el proceso y realizado el gasto, y puede tramitarse antes de terminar el proceso y como máximo 6 meses después de realizarlo.
Quien recibe presenta trimestralmente los gastos de alquiler del trimestre anterior. El primer año se justifican todas las facturas hasta diciembre aunque los últimos meses no completen el trimestre, para que los años siguientes vayan por trimestres naturales. Cada trimestre hay que acreditar además estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Son ocho justificaciones trimestrales en dos años. Conviene incorporarlas al calendario del cliente desde el principio: es el mismo régimen de seguimiento que en Azkoitia.
Pago
- Asesoramiento: si la transmisión se ha realizado, se abona una vez justificada y resuelta. Si no se efectúa, se abona el 90 % del gasto hasta 1.500 €, quedando el resto pendiente de que la transmisión llegue a producirse.
- Transmisión del conocimiento: tras efectuarse la transmisión y justificarse el gasto, siempre que la actividad continúe en funcionamiento.
- Alquiler: trimestralmente, tras realizarse el gasto y siempre que la actividad continúe en funcionamiento.
La subvención del alquiler puede llegar a 24 meses, reconocidos para dos ejercicios. Si en ambos no se completan los 24 meses, se puede solicitar una nueva subvención por los meses restantes en la convocatoria del año siguiente.
Compatibilidad y para qué cliente
Compatibles con otras ayudas públicas o privadas por el mismo concepto siempre que no se derive sobrefinanciación. Si se supera, la ayuda municipal se reduce en el exceso, y las otras subvenciones deben declararse junto con la hoja justificativa.
Dentro del propio Ayuntamiento hay una incompatibilidad explícita: los gastos de alquiler financiados aquí no pueden financiarse además por Ayudas para empresas de Arrasate: nueva creación, traspasos y diversificación.
La comparación por el alquiler:
| Programa | Ayuda al alquiler |
|---|---|
| Este programa | 75 % el primer año y 50 % el segundo, hasta 450 €/mes: hasta 10.800 € en 24 meses |
| Nueva creación y traspasos | 50 % de 6 meses, hasta 3.000 € |
Para un traspaso, el alquiler va claramente por aquí. Lo eficiente es reservar el otro programa para la inversión y el empleo, que este no cubre.
Fuera de Arrasate
- MerkaEkin del Gobierno Vasco: 80 % hasta 25.000 € para la inversión de la transmisión. Es el complemento natural, porque aquí no se financia inversión.
- MEC para la reforma del local que suele acompañar a un relevo.
Cuándo vuelve a convocarse
Programa anual del área de Desarrollo Local, con convocatoria firmada el 22 de abril de 2026 y publicada en el BOG el 7 de mayo. El patrón es publicación en mayo y cierre el 30 de noviembre.
Para qué cliente
El perfil evidente es el comerciante o hostelero de Arrasate que se jubila y no tiene relevo familiar. Para él, la convocatoria paga el 90 % del asesoramiento —incluido el de la propia asesoría que gestiona el expediente— y un mes de nómina para formar a quien entra.
Y el emprendedor que coge un negocio en marcha: hasta 10.800 € de alquiler en dos años, que es la partida que más pesa en la cuenta de resultados del primer ejercicio.
La conversación comercial más productiva es plantearlo a las dos partes a la vez: son dos expedientes, dos clientes y una sola operación.
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