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Torrejón de Ardoz: rehabilitación de edificios residenciales en los barrios Verde-Fronteras, INTA-Cobos y San José-Rosario (Programa 1, Next Generation)

La convocatoria local más grande de Madrid, y sigue abierta hasta el 31 de diciembre. Es concurrencia NO competitiva: no se compite con nadie, cobra todo el que cumple mientras haya crédito. Y la gestión, los honorarios técnicos y la redacción del proyecto son gasto subvencionable.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades y propietarios de edificios de uso predominante residencial situados en los entornos residenciales de rehabilitación programada de Barrio Verde-Fronteras Fase I, INTA-Cobos Fase I y San José-Rosario Fase I de Torrejón de Ardoz
Cuánto se cobra
Porcentaje del coste de la actuación según el ahorro de energía primaria no renovable conseguido, conforme al artículo 15 del Real Decreto 853/2021, con una ayuda complementaria adicional para unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica
Procedimiento
Concurrencia no competitiva del artículo 62.1 del Real Decreto-ley 36/2020
Presupuesto
8.576.300 € en la aplicación 040 15220 78000 según la convocatoria 01/2024; la BDNS registra 23.934.000 € tras las modificaciones posteriores
Organismo
TORREJÓN DE ARDOZ. Código BDNS 743991.

No se compite: se cumple o no se cumple

Es la diferencia que ordena todo el expediente. Las ayudas se tramitan por procedimiento de concurrencia no competitiva del artículo 62.1 del Real Decreto-ley 36/2020, el que habilitó el PRTR:

  • No hay baremo ni comparación entre solicitudes.
  • No hay orden de prelación por puntuación.
  • Cobra toda solicitud que cumpla los requisitos mientras quede crédito.

Para una consultoría es el escenario más favorable que existe: el trabajo no consiste en ganar una competición sino en acreditar correctamente el cumplimiento. Y como el plazo llega hasta el 31 de diciembre de 2026, hay margen para preparar bien el expediente técnico. Lo que puede acabarse es el dinero, no el plazo.

Solo en tres barrios

La convocatoria únicamente cubre los entornos residenciales de rehabilitación programada (ERRP) delimitados:

  • Barrio Verde-Fronteras, Fase I
  • INTA-Cobos, Fase I
  • San José-Rosario, Fase I

Fuera de esos ámbitos delimitados no hay ayuda, por muy necesaria que sea la rehabilitación. Es lo primero que hay que comprobar con la referencia catastral.

Cuánto se cobra y qué gastos entran

La cuantía se determina según el coste total de las actuaciones y los porcentajes del artículo 15 del Real Decreto 853/2021, que escalan en función del ahorro de energía primaria no renovable conseguido con la intervención. El objetivo del PRTR al que responde esta convocatoria es un ahorro medio de al menos el 30 % de energía primaria.

Gastos subvencionables, y aquí está lo importante

Dentro de los límites del cuadro de cuantías se consideran subvencionables:

  • Costes de gestión inherentes al desarrollo de las actuaciones y gastos asociados.
  • Honorarios de los profesionales que intervienen en la gestión y el desarrollo de las actuaciones.
  • Redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios.
  • Gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares.

No son subvencionables licencias, tasas, impuestos ni tributos. El IVA sí lo es cuando no sea susceptible de recuperación o compensación total o parcial.

Que la convocatoria financie expresamente los costes de gestión y los honorarios profesionales —incluida la tramitación administrativa— significa que el trabajo de la consultoría es él mismo gasto elegible. No es un coste que la comunidad tenga que sacar de su bolsillo aparte de la obra.

Acumulable con el programa 5

Si el proyecto recibió ayuda del programa 5 para la redacción del proyecto de rehabilitación, no se excluye ese gasto de la inversión subvencionable de este programa 1: se incluye el coste del proyecto y se descuenta después el importe ya cobrado, con el fin expreso de sumar las ayudas de ambos programas (artículo 34.2 del RD 853/2021).

La ayuda complementaria por vulnerabilidad

Además de la ayuda al edificio, hay una ayuda adicional para las unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica, que se tramita en expediente aparte con formulario propio.

Umbrales de vulnerabilidad

Se considera vulnerable la unidad de convivencia cuya suma de ingresos sea inferior a estos múltiplos del IPREM (14 pagas):

Composición de la unidad de convivenciaLímite
Sin menores ni personas con discapacidad ≥ 33 %2,0 × IPREM
Con un menor o una persona con discapacidad ≥ 33 %2,5 × IPREM
Con dos menores o personas con discapacidad ≥ 33 %2,7 × IPREM
Con tres o más3,0 × IPREM

Los menores de edad computan como miembros en todo caso.

Cómo funciona

  • Se solicita en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la concesión del expediente principal, el del edificio.
  • Se abona directamente a la persona física, tras justificar las obras y comprobar que la situación de vulnerabilidad subsiste, salvo que se haya cedido el derecho al cobro.
  • El importe debe destinarse exclusivamente a sufragar los gastos de la intervención.
  • Si la vivienda se transmite en los cinco años siguientes, hay que reintegrar esta ayuda con intereses de demora.

Los dos meses cuentan desde la notificación de la concesión al edificio, no desde el fin de obra. Es un plazo que se pasa con facilidad si la comunidad no avisa a los vecinos en situación vulnerable en cuanto llega la resolución. Conviene identificarlos antes de presentar el expediente principal.

Aportación de los vecinos, tramitación y estado del expediente

Lo que ponen los particulares

Las bases fijan la aportación de los propietarios por barrio, a lo largo de las anualidades que correspondan según el grado de ejecución:

Entorno residencialAportación de los particulares
Barrio Verde-Fronteras, Fase I599.200 €
INTA-Cobos, Fase I577.800 €
San José-Rosario, Fase I625.950 €

Tramitación

Subsanación de diez días hábiles desde la notificación del requerimiento; no aportar la documentación es desistimiento.

Un expediente vivo

La convocatoria es la 01/2024, aprobada por la Junta de Gobierno Local el 14 de febrero de 2024 con una dotación de 8.576.300 €. Desde entonces se ha modificado varias veces, y la BDNS asocia al expediente los decretos de esas modificaciones: la modificación por vulnerabilidad, la del artículo 24 sobre anticipos y un certificado de Junta de Gobierno de 19 de junio de 2026 que modifica los artículos 8 y 11.

La BDNS registra un presupuesto de 23.934.000 €, muy por encima de los 8.576.300 € del acuerdo de 2024. La diferencia se explica por las ampliaciones y modificaciones posteriores del expediente. Antes de dimensionar nada conviene leer las tres modificaciones, especialmente la del artículo 24, porque un anticipo cambia por completo la tesorería de una comunidad de propietarios que tiene que contratar la obra.

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Texto oficial

Certificado del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 de febrero de 2024 con las bases de la convocatoria 01/2024 de subvenciones para la rehabilitación de edificios residenciales en los ERRP de Barrio Verde-Fronteras, INTA-Cobos y San José-Rosario — texto completo en la BDNSCertificado de la Junta de Gobierno Local de 19 de junio de 2026, que modifica los artículos 8 y 11 de la convocatoriaModificación relativa a la ayuda complementaria por vulnerabilidad económicaModificación del artículo 24, sobre anticipos

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