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Última convocatoriaCultura y creaciónAndalucíaConcurrencia competitiva

Promoción del tejido profesional del flamenco · Producción y creación de espectáculos

210.000 € para producir y crear espectáculos nuevos de cante, toque y baile. Es la convocatoria a la que hay que ir con un proyecto flamenco: las de teatro, danza y circo lo excluyen expresamente.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Sector profesional del flamenco andaluz: compañías, artistas y empresas productoras de espectáculos de cante, toque y baile
Cuánto se cobra
Según la valoración del proyecto, dentro de la cuantía máxima estimada de la convocatoria
Procedimiento
Concurrencia competitiva, en tramitación anticipada
Presupuesto
210.000 €, con carácter estimado por tratarse de tramitación anticipada
Organismo
ANDALUCÍA. Código BDNS 876454.

La convocatoria que le corresponde al flamenco

El objeto es la promoción del flamenco mediante subvenciones al sector profesional para la producción y creación de nuevos espectáculos, en sus distintas expresiones de cante, toque y baile.

Tiene una sola línea: subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco.

Es la pieza que cierra el mapa cultural de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Sus tres convocatorias escénicas y musicales se reparten el sector sin solaparse:

ConvocatoriaQué cubre
Teatro, danza y circoTodo salvo los proyectos basados exclusiva o principalmente en flamenco, que quedan excluidos expresamente
MúsicaProducción fonográfica, conciertos, distribución y salas de música
Flamenco — éstaProducción y creación de espectáculos de cante, toque y baile

Con un proyecto flamenco, ir a la convocatoria de artes escénicas no significa puntuar poco: significa quedar excluido. Ésta es la puerta correcta.

Tramitación anticipada: el crédito es estimado

El expediente de gasto se tramita de forma anticipada, y eso tiene consecuencias que conviene explicar al cliente:

  • La cuantía total máxima tiene carácter estimado y queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley de Presupuesto de la Junta de Andalucía para 2026.
  • Los efectos de todos los actos de trámite del expediente se entienden condicionados a que, al dictarse la resolución de concesión, subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho que había cuando se produjeron.

La ventaja de este sistema es el calendario: al convocarse en diciembre y publicarse el 2 de enero, la resolución llega mucho antes que si se esperase a tener presupuesto aprobado. Para una compañía que prepara temporada, ese adelanto importa.

La contrapartida es que la ayuda no está asegurada por cumplir requisitos hasta que se confirme el crédito.

Marco normativo y formularios

Las bases reguladoras son la Orden de 24 de marzo de 2017 (BOJA núm. 60, de 29 de marzo), para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía. Conforme al apartado 2 de su artículo único, se consideran parte integrante de ellas las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para subvenciones en concurrencia competitiva.

Es una orden de bases bastante más antigua que las de música y artes escénicas —de 2017 frente a las de abril de 2026—, lo que significa que el marco del flamenco no se ha renovado con la reforma que sí alcanzó a las otras dos. Merece la pena comprobar si sigue vigente sin modificaciones al preparar el expediente.

Junto con la resolución se publican los formularios adaptados a los formularios tipo aprobados por Resolución de 22 de diciembre de 2020 de la Secretaría General para la Administración Pública, conforme al artículo 4.5 del Decreto 282/2010.

La financiación se imputa a los créditos del capítulo IV del presupuesto de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Plazo30 de enero de 2026

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Texto oficial

Resolución de 22 de diciembre de 2025 de convocatoria, BOJA núm. 1 de 2 de enero de 2026, texto íntegro publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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