Talento y Empleo: formación a medida de la empresa en sectores estratégicos
Hasta 250.000 € para que una empresa forme a su propia plantilla, cobrando 24 € por hora y alumno, incluidas las horas de trabajo del personal formado. Cobra la empresa, no el centro de formación. La edición de electrodomésticos sigue abierta hasta el 7 de septiembre de 2026.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de los sectores estratégicos que fija cada convocatoria —en 2026, automoción e industria de electrodomésticos y utensilios de cocina— con centro de trabajo en Cantabria y compromiso de mantener el empleo
- Cuánto se cobra
- 24 € por hora y alumno con acuerdo de la representación de los trabajadores, o 18 € sin él, con un máximo de 250.000 € por plan de formación
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva por procedimiento abreviado: por orden de llegada hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 500.000 € en la convocatoria de electrodomésticos, expediente plurianual 2026/SCE/8, repartidos en 125.000 € (2026), 175.000 € (2027) y 200.000 € (2028) sobre la aplicación 13.00.241A.473.05. La convocatoria de automoción, del mismo programa, tuvo 1.300.000 €. La BDNS publica ambas cifras correctamente
- Organismo
- CANTABRIA. Código BDNS 921551.
Objeto: la empresa cobra, no el centro de formación
Conviene aclararlo antes que nada, porque el nombre despista: la beneficiaria es la empresa. La convocatoria financia planes de formación desarrollados por empresas para sus propios centros de trabajo en Cantabria, y la propia orden lo dice sin rodeos —«subvenciones concedidas a empresas que concurran al presente programa»—. Un centro de formación puede intervenir como proveedor subcontratado, pero no como solicitante.
Es el programa «Talento y Empleo» del Servicio Cántabro de Empleo, incluido en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno dentro de su Eje 2, y funciona por sectores estratégicos: cada convocatoria abre el programa a un sector concreto.
| Convocatoria de 2026 | Crédito | Estado |
|---|---|---|
| Automoción | 1.300.000 € | cerró el 16 de julio de 2026 |
| Industria de electrodomésticos y utensilios de cocina | 500.000 € | abierta hasta el 7 de septiembre de 2026 |
Los sectores se determinan por CNAE-2009 —o su equivalente en CNAE-2025 según la tabla del INE—, y se tiene en cuenta no solo la actividad principal de la empresa sino también la de los establecimientos radicados en Cantabria. Es un matiz favorable: una empresa cuya actividad principal declarada sea otra puede encajar si su planta cántabra pertenece al sector convocado.
Qué formación se financia
Acciones formativas dirigidas a la mejora de la empleabilidad mediante competencias adecuadas a las demandas empresariales, vinculadas a la adaptación a los cambios de los procesos productivos por los avances hacia una economía verde, digital e inclusiva. Los planes deben combinar formación específica del sector y transversal digital, y guardar relación con la actividad principal de la empresa.
La convocatoria pide priorizar los itinerarios de las personas con menor cualificación y de las que tienen menores períodos de actividad —fijos discontinuos, temporales, tiempo parcial— e incluye expresamente a personas desempleadas que puedan ser contratadas durante la formación o al terminarla.
Cuantía: el módulo por hora y alumno
La subvención no se calcula sobre facturas, sino por módulo: horas de la acción × número de participantes × módulo económico.
| Situación | Módulo |
|---|---|
| Plan presentado con acuerdo de la representación legal de los trabajadores | 24 €/hora/alumno |
| Empresa sin obligación legal de contar con delegados de personal | 24 €/hora/alumno |
| Plan presentado sin acuerdo con la representación legal | 18 €/hora/alumno |
La diferencia es del 33 %, y depende de una firma. Para una empresa con comité, negociar el plan con la representación antes de presentarlo es la decisión que más dinero mueve de todo el expediente. Y las empresas pequeñas sin obligación de delegados cobran el módulo alto automáticamente.
Cuantía máxima por solicitud: 250.000 €. A 24 €/hora/alumno, eso equivale a unas 10.400 horas-alumno: por ejemplo, 100 trabajadores con 104 horas de formación cada uno.
La intensidad de ayuda no puede exceder del 50 % de los costes en grandes empresas, el 60 % en medianas y el 70 % en pequeñas, límite que impone el Reglamento (UE) 651/2014 para las ayudas a la formación.
Qué costes se pueden imputar
La lista es más amplia de lo habitual, y hay un concepto que suele pasarse por alto y que puede ser el mayor del plan:
- Costes del personal formador propio, por las horas de impartición.
- Costes de funcionamiento: viajes y alojamiento —con los límites del Decreto 36/2011 para el Grupo 3—, materiales y suministros vinculados al plan, y amortización de instrumentos y equipos usados en exclusiva para la formación.
- Costes de asesoramiento relacionados con la solicitud, incluidos los de la revisión de la cuenta justificativa y el informe del auditor ROAC.
- Los costes de personal de los propios alumnos —trabajadores por cuenta ajena de la empresa— por las horas en que participen en la formación. Es decir: se subvenciona el tiempo de trabajo que la plantilla dedica a formarse, que en un plan de cierto tamaño es la partida principal.
- Gastos de contratación de la impartición cuando la subcontratación sea posible.
- Costes indirectos generales —administrativos, alquileres, gastos generales— hasta un 10 % del coste total de la actividad realizada y justificada.
Lo que no entra
Tributos recuperables —el IVA solo es subvencionable si es real y efectivamente soportado—, gastos de préstamos y cuentas corrientes, intereses, recargos y sanciones, procedimientos judiciales, y la adquisición de mobiliario, equipos, vehículos, infraestructuras, inmuebles y terrenos. Es formación, no inversión.
Los gastos de viaje no son subvencionables cuando no supongan un gasto adicional al que ya implica ir a trabajar.
Los dos compromisos que hay que asumir
Mantener el empleo
La empresa debe comprometerse a mantener el nivel de empleo existente en todos sus centros de trabajo de Cantabria. La referencia es el número medio de trabajadores del año natural anterior a la publicación del extracto, y se entiende incumplido si ese número medio se reduce en el año natural en que finalice la ejecución de la acción subvencionada.
Las jornadas a tiempo parcial computan proporcionalmente, y no cuentan como disminución los supuestos de suspensión y extinción por causas ajenas a la voluntad de la empresa que enumera el Estatuto de los Trabajadores.
Como el plan puede ejecutarse hasta 2028, el compromiso se extiende varios años: hay que valorarlo antes de solicitar.
Consultar a la representación de los trabajadores
El diseño del plan debe respetar el derecho de información y consulta de la representación legal de las personas trabajadoras (artículo 64, apartados 5 y 6, del Estatuto). Es obligatorio con independencia de que se busque o no el acuerdo que da derecho al módulo de 24 €.
Y una regla de composición del alumnado: el porcentaje de participación por grupo de cotización debe ser proporcional al peso de cada grupo en el conjunto del personal con centro de trabajo en Cantabria. No se puede concentrar la formación en los perfiles altos.
El cobro: 25 %, 35 % y 40 %
Es una de las pocas ayudas cántabras que paga por adelantado y sin aval, y el calendario está escrito en la propia convocatoria porque coincide con las anualidades del crédito:
| Momento | Pago | Ejercicio |
|---|---|---|
| Tras la concesión | 25 % de anticipo | 2026 |
| Tras acreditar el inicio de la actividad de selección del alumnado | 35 % de anticipo | 2027 |
| Tras la finalización y justificación de las actividades formativas | hasta el 40 % restante | 2028 |
Para una pyme, cobrar el 60 % antes de terminar la formación cambia por completo la viabilidad del plan. El reparto por anualidades es estimativo (artículo 57 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones) y se concreta en el acuerdo de concesión según el ritmo previsto de ejecución.
La justificación exige cuenta justificativa con informe de auditor inscrito en el ROAC, cuyo coste es a su vez subvencionable.
Plazo y trámite
Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto. Para la convocatoria de electrodomésticos, el extracto salió en el BOC de 5 de agosto de 2026 (CVE-2026-6214), de modo que el cómputo termina el sábado 5 de septiembre y se traslada al primer día hábil siguiente: lunes 7 de septiembre de 2026. Sigue abierta.
Discrepancia con la BDNS: el registro publica el plazo del 4 de agosto al 4 de septiembre de 2026, fechas anteriores a la propia publicación del extracto. Las buenas son las que resultan de contar desde el 5 de agosto.
Presentación obligatoriamente telemática por el Registro Electrónico General o los demás registros electrónicos del artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018. Cada empresa puede presentar una única solicitud, con un único plan de formación.
Es concurrencia competitiva por procedimiento abreviado: no hay baremo, se atiende a la prelación temporal de la solicitud completa y conforme hasta agotar el crédito. Y la convocatoria precisa cuándo se considera completo el expediente: desde la fecha en que todos los datos y documentos acreditativos han tenido entrada en el registro. Presentar incompleto retrasa el turno.
Las notificaciones se sustituyen por su publicación en el tablón de anuncios electrónico de sede.cantabria.es, con efectos desde el primer día de exposición; a efectos informativos también se publican en el tablón de EmpleaCantabria.
El Servicio Cántabro de Empleo consulta de oficio, salvo oposición expresa, el informe del número medio anual de trabajadores en alta —el que sostiene el compromiso de mantenimiento del empleo— y el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social y con Cantabria. Para los datos tributarios de la AEAT hace falta autorización expresa.
Compatibilidad y cuándo vuelve a convocarse
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad de cualquier administración o entidad, pública o privada, siempre que se respeten las normas de acumulación del artículo 8 del Reglamento (UE) 651/2014. Y al acogerse al régimen de exención por categorías, no consumen minimis.
Las bases reguladoras son la Orden EPS/21/2021, de 10 de junio (BOC de 17 de junio de 2021), que fija el marco del programa; cada convocatoria concreta el sector, el crédito, los módulos, la duración de las acciones, el período de ejecución y el importe máximo.
El patrón
En 2026 ha habido dos convocatorias del mismo programa en dos meses: automoción en junio y electrodomésticos en agosto. No es, por tanto, una cita anual fija: el programa se activa por sectores cuando hay crédito, y la única forma de no perderse la que interesa es vigilar el BOC y la web de EmpleaCantabria.
Para una empresa industrial cántabra con plantilla que necesite recualificación, merece la pena tener el plan de formación esbozado por adelantado —contenidos, horas, participantes por grupo de cotización y acuerdo con la representación de los trabajadores—, porque un mes de plazo y el orden de llegada dejan poco margen para construirlo desde cero.
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Extracto de la Orden IND/37/2026 en el BOC de 5 de agosto de 2026 (CVE-2026-6214)Texto completo de la Orden IND/37/2026 en el BOC de 5 de agosto de 2026 (CVE-2026-6210)Texto completo de la convocatoria publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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