Seguros agrarios del Plan 2026
Navarra paga un porcentaje adicional sobre lo que ya subvenciona ENESA, de forma que la prima puede quedar cubierta hasta el 65 % —y hasta el 90 % en la retirada de animales muertos—. No hay que solicitarla: se descuenta al contratar la póliza a través de Agroseguro.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Explotaciones agrícolas y ganaderas de Navarra que suscriban una póliza del 47º Plan de Seguros Agrarios Combinados y ostenten la condición de agricultor profesional cotizando a la Seguridad Social agraria, o de explotación prioritaria
- Cuánto se cobra
- Un porcentaje sobre la subvención de ENESA, con el límite conjunto del 65 % del recibo de prima en seguros agrícolas y pecuarios y del 90 % en retirada y destrucción de animales muertos
- Procedimiento
- Gestión y pago a través de Agroseguro: no hay solicitud individual ante el Gobierno de Navarra
- Presupuesto
- 5.000.000 € con cargo al ejercicio 2027, partida 710001 71200 4700 414210, más 90.750 € de gastos de gestión de Agroseguro
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 890287.
Objeto
Subvenciona el coste de contratar una póliza del 47º Plan de Seguros Agrarios Combinados sobre bienes agrarios radicados en Navarra, de forma complementaria a la subvención que ya otorga ENESA, la Entidad Estatal de Seguros Agrarios.
Cubre daños a productos vegetales y al ganado por fenómenos concretos, enfermedades de animales, plagas, retirada y destrucción del ganado muerto y daños causados por animales protegidos.
Es una ayuda con una mecánica distinta a todas las demás del catálogo: no se solicita. La gestión, el control y el pago los realiza Agroseguro en virtud del convenio con el Departamento de Desarrollo Rural, y la subvención se aplica directamente sobre el recibo de la prima. Lo que hay que asegurarse es de cumplir los requisitos y figurar en los ficheros correspondientes.
Quién puede beneficiarse
Explotaciones agrícolas y ganaderas que suscriban una póliza y ostenten la condición de agricultor profesional conforme a la Ley 19/1995 de Modernización de las Explotaciones Agrarias, cotizando a la Seguridad Social agraria, o de explotación prioritaria.
El requisito que decide en la práctica
Para ser beneficiario hay que estar incluido en los ficheros de los anexos II y III del convenio de colaboración entre el Departamento de Desarrollo Rural y Agroseguro: el primero verifica el cumplimiento de los requisitos de las bases reguladoras forales, y el segundo el de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Si el titular no figura en esas bases de datos, la subvención foral no se aplica aunque la póliza sea correcta y ENESA sí subvencione.
Líneas de ganado con dos garantías
Cuando una póliza de ganado incorpora a la vez garantías de vida y de retirada y destrucción (RyD):
- La subvención foral a las garantías de vida se aplica si el titular está incluido en las bases de datos generales.
- La de RyD solo se aplica a los titulares incluidos en la base de datos específica de ese servicio.
Son dos inscripciones distintas y conviene comprobar ambas antes de renovar la póliza.
Qué líneas entran
Agrícolas
Frutícolas (300), hortícolas bajo cubierta (306), hortícolas al aire libre de ciclo otoño-invierno (307) y de primavera-verano (318), cultivos herbáceos extensivos (309), frutos secos (310), uva de vinificación (312), olivar (314), cultivos forrajeros (315), cereza (317), multicultivo de hortalizas (324), hortícolas con ciclos sucesivos (327), fresón y otros frutos rojos (328), níspero y otros frutales —solo kiwi y endrino— (329) y ajo (330).
Pecuarias
Vacuno de reproducción y producción (401), vacuno de cebo (402), vacuno de lidia (403), ovino y caprino (404), equino (405), aviar de carne (406) y de puesta (407), porcino (408) y compensación por pérdida de pastos (410).
Retirada y destrucción
Línea 415, para la cobertura de los gastos derivados de la destrucción de animales muertos en la explotación, renovable y no renovable.
No se subvencionan los seguros complementarios de los cultivos de las líneas agrícolas, con una única excepción: el seguro con coberturas crecientes para explotaciones vitícolas.
Cuánto se cubre
La subvención foral se expresa como un porcentaje sobre la que otorga ENESA para el mismo fin, y varía por línea y por módulo. Algunos ejemplos del cuadro de la base quinta:
| Línea y módulo | % sobre la subvención de ENESA |
|---|---|
| 307 · Hortícolas al aire libre otoño-invierno, módulo P | 124 % |
| 306 · Hortícolas bajo cubierta, módulo P | 78 % |
| 300 · Frutícolas, módulo P | 62 % |
| 300 · Frutícolas, módulo 2 | 51 % |
| 306 · Hortícolas bajo cubierta, módulo 3 | 49 % |
| 306 · Hortícolas bajo cubierta, módulo 2 | 44 % |
Los topes que no se pueden superar
El conjunto de subvenciones públicas no puede exceder los límites de las Directrices de ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal (Comunicación 2022/C 485/01):
- 65 % del recibo de prima en seguros agrícolas y pecuarios.
- 90 % del recibo de prima en seguros de retirada y destrucción de animales muertos.
- Y un límite adicional del 75 % de la prima comercial base neta para todas las líneas salvo la de retirada y destrucción, donde el límite sigue siendo el 90 % del coste de la prima.
Si las subvenciones del Gobierno de Navarra y de ENESA superan esos máximos, el ajuste lo realiza ENESA y lo valida Agroseguro conforme a la circular 234/2014.
El porcentaje del 124 % en hortícolas de otoño-invierno módulo P significa que Navarra aporta más que el propio Estado en esa línea. Es la más incentivada del cuadro y merece la pena tenerlo en cuenta al elegir módulo de aseguramiento.
Cómo funciona el pago
Agroseguro colabora en la gestión de estas ayudas conforme al convenio firmado el 8 de marzo de 2022 con el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, aprobado por la Orden Foral 5/2022 y modificado por la Orden Foral 27/2022.
Por esa gestión, Agroseguro percibe hasta un 1,5 % del importe del gasto realizado, que en esta convocatoria se traduce en un gasto autorizado de 90.750 € con cargo a una partida distinta de la de las primas.
Presupuesto
5.000.000 € con cargo al ejercicio 2027, partida 710001 71200 4700 414210 «Compensación primas de seguro a través de Agroseguro», autorizados por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 22 de octubre de 2025.
El 47º Plan de Seguros Agrarios Combinados fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2025, que fija tanto los periodos de suscripción de cada línea como los porcentajes de apoyo público estatal. Esos periodos son los que marcan cuándo hay que contratar cada póliza.
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