Avales SAECA — subvención del coste del aval para explotaciones agrarias, pesca e industria agroalimentaria 2026
100.000.000 € en dos convocatorias abiertas para pagar íntegramente la comisión del aval de SAECA a quien pida un préstamo para su explotación agraria, su barco o su industria agroalimentaria. Es la ayuda de menos fricción de todo el catálogo estatal: no hay memoria, ni proyecto, ni justificación posterior. Se marca una casilla en el impreso del aval y ya está solicitada.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de explotaciones agrarias inscritas en el REGA o en el Registro General de la Producción Agrícola que obtengan al menos el 25 % de sus ingresos de la actividad agraria; pymes de las divisiones C10 y C11 de la CNAE 2009 —industria alimentaria y de bebidas—; operadores de las divisiones A311 y A32 —acuicultura y pesca—; armadores y propietarios de buques de la lista tercera con licencia en vigor; entidades asociativas pesqueras; cooperativas agroalimentarias; y operadores de las divisiones 4631 y 1310 en los términos del artículo 3 del real decreto
- Cuánto se cobra
- El 100 % de la comisión del aval —1,15 % anual sobre el saldo vivo del préstamo— y, en siete supuestos, también la comisión de estudio del 0,50 %. El coste de aval subvencionable llega hasta 75.000 € por titular de explotación, armador u operador pesquero y hasta 120.000 € por pyme agroalimentaria
- Procedimiento
- Concesión directa, por riguroso orden de presentación hasta agotar el crédito, con lista de espera que pasa automáticamente a la convocatoria siguiente
- Presupuesto
- 100.000.000 € entre las dos convocatorias vivas: 75.000.000 € la de 12 de junio de 2026, con cargo a la partida 21.01.411M.777.01 de respuesta a la crisis en Oriente Medio, y 25.000.000 € la de 31 de marzo de 2026, con cargo a la partida 21.01.411M.776.01 de la línea ICO-MAPA-SAECA de borrascas
- Organismo
- MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Código BDNS 915158.
Se solicita marcando una casilla
Esto es lo que hay que entender primero, porque cambia la conversación con el cliente por completo:
La presentación de las solicitudes se realizará por el mero hecho de solicitar el aval ante SAECA y marcar la casilla, no siendo necesario que se realice ninguna otra actuación, dándose por cumplimentada su petición.
El documento con el que se pide el aval a SAECA es el modelo de solicitud de la subvención. Lleva una casilla específica; marcarla es solicitar. No hay expediente aparte, ni memoria, ni presupuesto que presentar, ni justificación posterior de gasto.
Consecuencia práctica: cualquier cliente del sector que esté a punto de firmar un préstamo avalado por SAECA debería marcar esa casilla siempre. No hay ningún escenario en que salga a cuenta no hacerlo, y el coste de pedirla es literalmente un clic. Lo que hay que evitar es que firme el aval sin marcarla.
La documentación que acompaña es la del artículo 8 del Real Decreto 388/2021, más los anexos I y II de declaración —titularidad y otras ayudas de minimis—, y toda la relación con la Administración es electrónica, incluidas las notificaciones.
Qué se cobra exactamente
La ayuda no es un porcentaje del préstamo: es el coste del aval, pagado entero por el Ministerio. SAECA cobra dos comisiones y el real decreto fija sus tarifas:
| Comisión | Coste | ¿La cubre la ayuda? |
|---|---|---|
| Comisión del aval | 1,15 % anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado | Siempre |
| Comisión de estudio | 0,50 % del importe avalado, una sola vez a la formalización | Solo en siete supuestos |
Los siete supuestos que añaden la comisión de estudio
- La explotación tiene contratado un seguro agrario del Plan de Seguros Agrarios Combinados del año de la convocatoria o del anterior.
- El titular es joven agricultor: no más de cuarenta años en el año de la solicitud. En personas jurídicas, cuando los socios menores de cuarenta tengan más del 50 % del capital; en titularidad compartida, cuando uno de los cónyuges tenga menos de cuarenta.
- En pesca, el armador o propietario del buque no tiene más de cuarenta años.
- El solicitante está integrado en una entidad asociativa prioritaria de la Ley 13/2013 o en una organización de productores reconocida.
- La explotación está en un ámbito declarado zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil en el año natural de la convocatoria.
- La explotación está de alta en el Registro de titularidad compartida del MAPA con al menos un mes de antelación al extracto.
- Cooperativas agroalimentarias procedentes de una fusión de al menos dos cooperativas en los últimos dos años.
Cuatro de los siete —seguro agrario, joven agricultor, titularidad compartida y organización de productores— son comprobables en cinco minutos y se dan con frecuencia. Merece la pena repasarlos uno a uno antes de dar por hecho que solo entra la comisión del aval.
Los topes
| Beneficiario | Coste de aval subvencionable |
|---|---|
| Titular de explotación agraria, operador pesquero, armador o propietario, miembro de entidad asociativa | hasta 75.000 € |
| Pyme agroalimentaria de las divisiones C10 y C11 | hasta 120.000 € |
El préstamo no puede superar los seis años, con hasta un año de carencia dentro de ese plazo, y para el cálculo solo cuentan los seis primeros años de amortización. La subvención se concede y se paga en una sola anualidad.
Excepción importante que se pasa por alto: esos límites de importe y plazo no se aplican a los créditos de las líneas ICO-SAECA ni a los jóvenes agricultores. En esos casos rigen los límites propios de la línea.
Dos convocatorias abiertas a la vez, y una pasarela entre ellas
En 2026 hay dos órdenes vivas, con la misma mecánica y distinta bolsa y fecha de cierre:
| Convocatoria | Crédito | Cierra |
|---|---|---|
| Orden de 12 de junio de 2026 — crisis en Oriente Medio, artículo 54 del Real Decreto-ley 7/2026 | 75.000.000 € | 30 de septiembre de 2028 |
| Orden de 31 de marzo de 2026 — línea ICO-MAPA-SAECA de borrascas | 25.000.000 € | 30 de septiembre de 2027 |
El presupuesto se reserva por riguroso orden de presentación. Cuando se agota, las solicitudes siguientes no se deniegan: entran en lista de espera y se atienden si se anulan reservas anteriores. Estar en la lista no genera derecho alguno a cobrar.
El traspaso automático
Es la regla que más conviene conocer, porque evita repetir trabajo y protege la posición del cliente:
En el caso de que se agote el presupuesto de una convocatoria y, además, se apruebe una posterior [...], las solicitudes que se encuentren en lista de espera de la primera se considerarán automáticamente presentadas en la segunda, [...] considerando de oficio como fecha de entrada aquella en la que se presentó la primera solicitud.
Es decir: quien quedó en lista de espera de la orden de marzo entra en la de junio conservando su fecha original, por delante de los que solicitaron después. SAECA revisa si la documentación sigue vigente y, si algo caducó, da diez días para reponerlo.
Requisitos, y el tope que de verdad limita
Quién cumple
- Titulares de explotación agraria inscritos en el REGA o en el Registro General de la Producción Agrícola, que hayan obtenido al menos el 25 % de sus ingresos de actividades agrarias el año anterior, o de media en los tres anteriores. Se acredita por declaración responsable, y el requisito no se aplica a quien haya iniciado la actividad agraria en los tres años anteriores a la convocatoria: la puerta para el que acaba de incorporarse.
- Si el titular es una entidad asociativa, sus miembros pueden pedirla para préstamos destinados a aportar capital a la entidad.
- Pymes de las divisiones C10 y C11 —industria alimentaria y fabricación de bebidas—. Aquí sí hay que ser pyme.
- Operadores de las divisiones A311 y A32: pesca y acuicultura.
- Armadores o propietarios de buques de la lista tercera, de alta en el Registro General de la Flota Pesquera y con licencia de pesca en vigor.
- Entidades asociativas pesqueras y cooperativas agroalimentarias.
Hay una obligación con fecha: formalizar el crédito en el plazo de dos meses desde que SAECA aprueba el aval. Y una penalización dura: si se amortiza anticipadamente de forma voluntaria, total o parcialmente, durante el primer año de vigencia del crédito —sin contar la carencia—, hay que devolver íntegra la subvención en el plazo de un mes. SAECA comunica esas amortizaciones al Ministerio, así que no pasa desapercibido.
El minimis
Es el techo que en la práctica limita, sobre todo a la explotación agraria pequeña. Los reglamentos que fija la convocatoria de 2026 son el Reglamento (UE) 2023/2831 con carácter general —300.000 € en tres ejercicios fiscales—, el Reglamento (UE) 1408/2013 en producción primaria agrícola y el Reglamento (UE) 717/2014 en pesca y acuicultura.
Cuidado al leer las bases: el artículo 6.9 del Real Decreto 388/2021 sigue citando el Reglamento 1407/2013, ya derogado, con su techo de 200.000 €, y cifra en 20.000 € el de producción primaria agrícola y en 30.000 € el de pesca. Manda lo que fija la convocatoria del año, no lo que quedó escrito en unas bases de 2021. Antes de prometer un importe conviene comprobar el reglamento vigente para la actividad concreta del cliente y sumar lo que ya haya recibido en el trienio.
Resolución y trámite posterior
La resolución no se notifica individualmente: se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica del MAPA durante al menos diez días hábiles, igual que la propuesta. Hay que estar pendiente del tablón.
El plazo máximo para resolver y publicar es de seis meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE, con silencio desestimatorio. A diferencia de la mayoría de convocatorias del Estado, esta resolución no pone fin a la vía administrativa: cabe recurso de alzada ante el Ministro en el plazo de un mes.
No hay justificación de gasto que presentar después. La actividad subvencionada es el propio aval, y su coste está fijado por tarifa.
La entidad colaboradora es SAECA, que instruye materialmente y es quien pide la subsanación cuando falta un documento.
Cuándo vuelve y para qué cliente
El Real Decreto 388/2021 es una base reguladora permanente, sin fecha de caducidad, y el MAPA la convoca en función de las disponibilidades presupuestarias. En la práctica ha habido convocatoria todos los años desde 2021, y varias han venido enganchadas a una crisis concreta: la guerra de Ucrania, las borrascas, y ahora la crisis en Oriente Medio del Real Decreto-ley 7/2026. La consecuencia es que puede aparecer una convocatoria nueva en cualquier momento del año, no en una fecha fija, y que las nuevas suelen ser más generosas que las ordinarias.
Con dos convocatorias abiertas hasta 2027 y 2028, ahora mismo no hay urgencia de calendario, solo de crédito.
Para qué cliente
Para todos los del sector que vayan a endeudarse. En Galicia eso es mucha gente:
- Ganadería de leche y explotaciones agrarias que financian circulante, maquinaria o una ampliación. Combina bien con el Plan Renove: el Renove paga el 30 % de la máquina y el aval SAECA abarata el préstamo con el que se compra el resto.
- Armadores de la lista tercera: el aval de SAECA es una de las pocas vías de financiación garantizada del sector, y aquí sale gratis.
- Conserveras, lácteas y bodegas —divisiones C10 y C11— con el tope más alto, 120.000 € de coste de aval.
- Quien acaba de incorporarse: no se le exige el 25 % de ingresos agrarios en los tres primeros años, y si tiene menos de cuarenta también le cubren la comisión de estudio.
A quién no ofrecérsela
- Quien no vaya a pedir un préstamo avalado por SAECA: la ayuda no existe sin aval.
- Quien tenga agotado el minimis del trienio.
- Quien prevea amortizar anticipadamente el primer año: tendría que devolverlo todo.
- Grandes empresas de la industria alimentaria: la letra b) exige pyme.
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