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Plazo sin fecha publicadaAgrario y pescaExtremaduraConcurrencia competitiva

Repoblación de explotaciones ganaderas tras vaciado sanitario

Hasta 40.000 € por vaciado sanitario para volver a poblar la explotación de bovino, ovino o caprino. Cubre lo que la indemnización por sacrificio no llega a pagar, con el límite del 85 % del valor de los animales sacrificados. Admite repoblaciones de los tres años anteriores.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Titulares de explotaciones de bovino, ovino y caprino ubicadas de forma fija en Extremadura sobre las que la Junta haya aprobado un vaciado sanitario por tuberculosis, brucelosis, lengua azul o encefalopatías espongiformes
Cuánto se cobra
El coste de adquisición o arrendamiento con opción de compra menos las indemnizaciones, el valor cobrado en matadero y el seguro, con el límite del 85 % del valor de los animales sacrificados y un máximo de 40.000 € por beneficiario y vaciado
Procedimiento
Concurrencia competitiva, aplicada solo si las solicitudes válidas superan el crédito, con seis criterios sobre 30 puntos
Presupuesto
300.000 € de dotación total, de los que 150.000 € corresponden a la dotación inicial del proyecto de reposición de ganado por vaciado sanitario, fondos de la comunidad autónoma. Coincide con la cifra registrada en la BDNS
Organismo
EXTREMADURA. Código BDNS 916692.

Objeto

Cuando se confirma tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina o caprina, lengua azul o una encefalopatía espongiforme, la autoridad puede ordenar el vaciado sanitario: el sacrificio obligatorio de todos los animales de la explotación. La indemnización por ese sacrificio no suele cubrir el coste de volver a comprar el rebaño, y esta ayuda cubre precisamente esa diferencia.

Es complementaria del Real Decreto 82/2015, la norma estatal que regula estas subvenciones.

Qué se subvenciona

La compra o el arrendamiento con opción de compra de animales de las especies bovina, ovina y caprina para repoblar la explotación. También los gastos de obtener el certificado del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 sobre morosidad.

La ventana temporal de la repoblación

Los animales deben haberse incorporado entre los 3 y los 15 meses posteriores a la salida del último animal del vaciado sanitario. Da igual que la incorporación sea anterior o posterior a la solicitud de ayuda.

A efectos de esta convocatoria computan los animales incorporados hasta el 1 de octubre del año de convocatoria, aunque la repoblación no esté definitivamente completada.

Y un dato que amplía mucho el círculo de posibles beneficiarios: pueden acogerse tanto las explotaciones que repueblen desde la publicación de la convocatoria como las que lo hicieran dentro de los tres años anteriores. Merece la pena revisar el histórico de vaciados de los clientes ganaderos.

Cuantía

El cálculo parte del coste real y le resta todo lo ya percibido:

Coste de adquisición o arrendamiento con opción de compra indemnizaciones por el sacrificio obligatorio valor percibido en matadero o industria cárnica seguro, si la póliza cubre el mismo objeto y finalidad.

Los tres límites

  • La ayuda no puede superar el 85 % del valor de los animales sacrificados. Para determinar ese valor puede acudirse al que les corresponda según el seguro aplicable en el Plan de Seguros Agrarios Combinados anual.
  • Máximo de 40.000 € por beneficiario y vaciado sanitario, ya se resuelva en una o en varias convocatorias.
  • Tope del 5 % para los animales de edades extremas: solo pueden subvencionarse hasta ese porcentaje del total los bovinos de aptitud cárnica mayores de 96 meses, los de aptitud lechera mayores de 72 meses, el ovino y caprino mayor de 5 años, y también los bovinos menores de 12 meses y el ovino y caprino menor de 6 meses.

Ese último límite obliga a planificar la composición del lote de reposición: comprar mayoritariamente animales muy jóvenes o muy viejos deja fuera de la ayuda casi todo el gasto.

Quién puede solicitarla

Titulares de explotaciones de bovino, ovino y caprino ubicadas con carácter fijo —no temporal— en Extremadura, sobre las que la autoridad competente en sanidad animal de la Junta haya aprobado un vaciado sanitario con sacrificio obligatorio de todos los animales, respetando los periodos de cuarentena legalmente establecidos.

Repoblar en otra explotación

Se admite que la repoblación se haga en una explotación distinta de aquella en la que hubo el vaciado, siempre que las dos tengan la misma titularidad y estén en Extremadura. Es una flexibilidad útil cuando la finca afectada queda inutilizable durante un tiempo.

También pueden ser beneficiarias las comunidades de bienes y otras unidades sin personalidad jurídica, haciendo constar los compromisos de cada miembro y el importe que le corresponde, y nombrando representante único.

Cómo se puntúa

La concurrencia competitiva solo se aplica si las solicitudes válidas superan el crédito. En ese caso la Comisión de Valoración emite un informe vinculante justificando la necesidad de ordenar las solicitudes, y constituye además una lista de reserva.

Máximo de 30 puntos:

CriterioPuntos
Seguro de explotación contratado en las líneas de vacuno, ovino o caprino del Plan de Seguros Agrarios Combinados5
Tener además contratada la garantía de saneamiento ganadero+5
Pertenencia a una Agrupación de Defensa Sanitaria3
Pertenencia a una cooperativa agroganadera u otra forma asociativa agraria (acumulable con la anterior, hasta 5)3
Razas puras inscritas en Libro Genealógico: 5 puntos si es el 100 % de la reposición, 4 si entre el 50 y el 99 %, 3 si entre el 1 y el 49 %hasta 5
Medidas adicionales de bioseguridad tras el vaciado, como vallados selectivos y cerramientos cinegéticos que separen el ganado de la caza mayorhasta 5

Los 10 puntos del seguro son el bloque más rentable del baremo y dependen de una decisión tomada antes del vaciado. Conviene recordárselo al ganadero: contratar la garantía de saneamiento ganadero no solo cubre el siniestro, también coloca por delante en esta ayuda.

Las medidas de bioseguridad enlazan con la ayuda de mejora en bioseguridad de explotaciones extensivas, que financia justamente esos cerramientos: las dos líneas se complementan.

Plazo y compatibilidad

Quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el DOE del 7 de julio de 2026.

Compatible con otras ayudas

Es compatible con otros ingresos o ayudas para las mismas finalidades concedidos por administraciones públicas, siempre que no se superen los límites de la normativa comunitaria y que el conjunto no supere el coste de la actividad. El exceso se reduce o se reintegra con interés de demora.

Hay obligación de comunicar a la Dirección General de Ganadería cualquier otra ayuda recibida o por recibir para la misma finalidad, con su cuantía.

Son ayudas de Estado notificadas a la Comisión conforme al artículo 108.3 del Tratado, e incompatibles con aquellas cuya normativa lo establezca expresamente.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Decreto 131/2026, de 10 de junio, bases reguladoras y primera convocatoria para 2026 (DOE n.º 129, de 7 de julio de 2026)Extracto de la convocatoria (DOE n.º 129, de 7 de julio de 2026)Texto completo publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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