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Repoblación y alimentación del ganado tras un vaciado sanitario

Cuando un programa oficial obliga a sacrificar la cabaña, la explotación se queda sin ingresos y con los costes intactos. Estas tres convocatorias compensan la repoblación de bovino, ovino y caprino y la alimentación animal mientras dura el proceso.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Titulares de explotaciones ganaderas de bovino, ovino y caprino afectadas por el sacrificio obligatorio por vaciado sanitario en aplicación de programas oficiales
Cuánto se cobra
Compensación de los gastos de repoblación conforme al Real Decreto que regula estas indemnizaciones, y ayuda de minimis para la alimentación animal durante el proceso
Procedimiento
Convocatorias del DARPA vinculadas a la declaración oficial del vaciado sanitario
Presupuesto
400.000 € en el conjunto: 300.000 € en repoblación, 50.000 € en las convocatorias complementarias de repoblación y 50.000 € en alimentación animal
Organismo
CATALUÑA. Código BDNS 871860.

Qué compensa cada línea

  • Repoblación de explotaciones de bovino, ovino y caprino afectadas por el sacrificio derivado de vaciados sanitarios en aplicación de programas oficiales —tuberculosis, brucelosis y otros—. Compensa los gastos de volver a poblar la explotación.
  • Una convocatoria complementaria de la anterior, publicada en noviembre de 2025, que amplía el alcance a explotaciones que quedaron fuera de la principal.
  • Alimentación animal, en régimen de minimis, derivada de las bases de las ayudas a las explotaciones ganaderas afectadas por la tuberculosis.

Estas tres se suman a las dos que ya cubre la ficha de bioseguridad y gestión del estiércol —el cierre perimetral tras un brote confirmado y la eliminación del estiércol tras el vaciado—. En conjunto son cinco líneas nacidas del mismo problema sanitario, cada una con su convocatoria y su plazo.

Cómo encaja el paquete completo

Para una explotación de vacuno que da positivo en tuberculosis, la secuencia de ayudas disponibles es esta:

  1. Bioseguridad: el 85 % del coste de cerrar perimetralmente la explotación, hasta 50.000 €, si los servicios veterinarios oficiales consideran el cierre imprescindible.
  2. Alimentación animal: minimis para sostener el gasto de pienso mientras dura el proceso.
  3. Gestión del estiércol: el 85 % de su eliminación una vez completado el vaciado, hasta 5.000 €.
  4. Repoblación: compensación de los gastos de reponer la cabaña.

Todas nacen del Decreto ley 21/2025 y de la Ley 5/2026, de 20 de mayo, de medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal, que estableció seis líneas para las explotaciones de vacuno afectadas por la tuberculosis.

El límite real no es el presupuesto de cada convocatoria sino el techo de minimis agrario: 50.000 € por explotación en tres ejercicios, compartido entre todas las ayudas de esa naturaleza. Conviene llevar la cuenta antes de solicitar la siguiente.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

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Texto oficial

Convocatoria de las ayudas a la repoblación de explotaciones tras vaciados sanitarios, texto en castellano en la BDNSConvocatoria de las ayudas de minimis a la alimentación animal (código BDNS 923006)Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació

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