Recuperación de locales comerciales en Azkoitia — ayudas al alquiler
El 50 % del alquiler durante 24 meses, hasta 250 € al mes, por abrir un negocio en un local vacío de Azkoitia. A cambio hay que firmar dos años de contrato y garantizar la presencia del euskera en el proyecto. Abierta hasta el 1 de diciembre de 2026.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas que alquilen un local para desarrollar una de las actividades especificadas en las bases, o que asuman el relevo de una actividad existente, con un proyecto de negocio viable
- Cuánto se cobra
- 50 % del precio mensual del alquiler, con un máximo de 250 € al mes durante 24 meses. Hasta 6.000 € en total
- Procedimiento
- Convocatoria municipal con solicitud conjunta de la persona interesada y la propietaria del local
- Presupuesto
- 42.000 €
- Organismo
- AZKOITIA. Código BDNS 895708.
Objeto
El eje del programa, según sus propias bases, es la recuperación y el fortalecimiento de espacios sin uso en distintas áreas de Azkoitia. El razonamiento es el habitual en estos casos: para revitalizar esas zonas hay que impulsar la actividad comercial.
Se dirige a dos situaciones:
- Quien alquile un local para desarrollar una de las actividades especificadas en las bases.
- Quien asuma el relevo de una actividad existente.
Requisitos, incluido uno singular
Las personas beneficiarias deben:
- Disponer de un proyecto de negocio viable, relacionado con alguna de las actividades del punto 5 de las bases.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Presentar el formulario de solicitud del programa debidamente cumplimentado.
- Garantizar la presencia del euskera en el proyecto.
El último requisito es exclusivo de esta convocatoria y no aparece en ninguna otra de esta base como condición de acceso: en el resto de municipios el euskera puntúa o se subvenciona aparte —ver la ficha transversal de rotulación—, pero aquí hay que acreditarlo al presentar el proyecto para la nueva actividad que se desarrollará en el local vacío.
Conviene tenerlo previsto desde el diseño del negocio, no resolverlo con un rótulo al final.
Solicitud conjunta
Tanto la persona interesada como la propietaria del local deben completar y presentar los formularios de solicitud correspondientes, junto con el contrato de arrendamiento.
Es decir, no se puede tramitar sin contar con el arrendador. Hay que hablarlo antes de firmar.
Cuantía y compromiso de dos años
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Porcentaje del alquiler mensual | 50 % |
| Máximo mensual | 250 € |
| Duración máxima | 24 meses |
| Total máximo | 6.000 € |
Los 24 meses cuentan desde el momento en que el Ayuntamiento aprueba expresamente la actividad, no desde la firma del contrato.
La contrapartida: el compromiso de duración del contrato de alquiler que hay que firmar con la propiedad es de al menos dos años. La ayuda y el compromiso van a la par.
Cobro trimestral
El importe del alquiler lo acuerdan la propiedad y la nueva persona inquilina, y el contrato recoge cuándo y cómo se paga. La persona beneficiaria debe presentar en el Registro General del Ayuntamiento el justificante de pago del alquiler cada tres meses, y cobra por el último trimestre superado.
Para una asesoría, eso significa ocho justificaciones trimestrales a lo largo de los dos años. Es un seguimiento parecido al semestral de Tolosa y conviene incorporarlo al calendario del cliente.
Obligaciones y causas de revocación
El local debe destinarse exclusivamente a la actividad solicitada y no puede usarse para otra distinta. Hay que contar con las licencias y permisos administrativos necesarios.
El derecho de uso y explotación corresponde en exclusiva a la persona adjudicataria: está prohibida la subcontratación y no se puede ceder a terceros. Además hay que mantener el local en buen estado de conservación, limpio y en condiciones adecuadas.
Cuándo se retira la ayuda
Además del incumplimiento general de las bases, son causa expresa de revocación:
- No pagar la renta durante tres meses, seguidos o alternos.
- Tener el local cerrado o la actividad interrumpida dos meses o más, seguidos, por causa imputable al arrendatario.
- Cambiar de actividad sin autorización previa del Ayuntamiento.
- Realizar actividades ocultas.
La primera es la que más conviene advertir: un retraso acumulado de tres mensualidades no solo es un problema con el casero, sino la pérdida de la subvención.
Plazos y cuándo vuelve a convocarse
La convocatoria de 2026 se registró en la BDNS el 7 de abril de 2026 y sigue abierta hasta el 1 de diciembre de 2026.
Ocho meses de ventana, de las más largas del catálogo municipal vasco.
Las bases reguladoras se aprobaron definitivamente tras un periodo de información pública sin reclamaciones y se publicaron en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 26 de junio de 2025. Al ser bases de vigencia indefinida, lo que se renueva cada año es la convocatoria.
Cómo se combina
Azkoitia está en Urola Erdia, junto a Azpeitia, que subvenciona el alquiler al 50 % durante cinco años con topes mayores. Para un cliente que dude entre los dos municipios, la comparación es relevante.
Y en cualquier caso, la ayuda municipal al alquiler combina con MerkaEkin del Gobierno Vasco para la inversión de apertura, al 80 %, siempre que no se justifiquen las mismas facturas en ambas.
El Ayuntamiento convoca además ayudas para fomentar el uso del euskera en el municipio (897234, 50.316 €), abiertas hasta el 31 de octubre de 2026 y recogidas en la ficha transversal.
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