Quart de Poblet: uso del valenciano en el comercio local
Hasta 600 € por comercio para rótulos, web, folletos, tarjetas, merchandising o publicidad en radio y prensa. Si el crédito no llega para todos, se reparte proporcionalmente en vez de dejar fuera a nadie.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas del comercio local de Quart de Poblet que cumplan los requisitos del apartado 4 de las bases reguladoras
- Cuánto se cobra
- Hasta 600 € por solicitante, con reparto proporcional entre todas las solicitudes si el presupuesto es insuficiente
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con prorrateo si falta crédito
- Presupuesto
- 5.000 €
- Organismo
- QUART DE POBLET. Código BDNS 886645.
Qué se subvenciona
Favorece la recuperación y promoción del valenciano en el comercio local. Se tienen en cuenta las actuaciones realizadas en estos ámbitos:
- Rótulo publicitario del comercio, situado en lugar visible desde la vía pública.
- Rótulo exterior de vehículos de empresa.
- Páginas web para publicidad y promoción del comercio.
- Folletos, tarjetas y otros medios de divulgación.
- Merchandising.
- Publicidad en medios de comunicación: radio, televisión, prensa.
Quart de Poblet es de los pocos municipios que admite expresamente el merchandising y la publicidad en medios. En Tavernes de la Valldigna, por ejemplo, ambos quedan excluidos. Conviene no dar por supuesto el criterio de un municipio en otro.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Máximo por solicitante | 600 € |
| Crédito | 5.000 €, partida 4311-48900 |
La cuantía nunca puede ser superior al fin de la subvención regulado en las bases.
Reparto, plazo y tramitación
El mecanismo de reparto es más benévolo que el habitual: las ayudas se otorgan hasta agotar el presupuesto y, si este resulta insuficiente para atender todas las solicitudes, se efectúa un reparto proporcional entre todas ellas, sin superar el límite de las bases generales. Es decir, quien cumple no se queda fuera por llegar tarde: cobra menos. Con 5.000 € y un tope de 600 €, la bolsa da para ocho expedientes al máximo.
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Presentación de solicitudes | desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP hasta el 30 de junio de 2026 |
Las solicitudes se ajustan al modelo normalizado y se presentan, con la documentación de las bases reguladoras, a través del registro de la sede electrónica del Ayuntamiento. Excepcionalmente pueden presentarse con cita previa en la Oficina de Atención Ciudadana, y por cualquiera de las vías del procedimiento administrativo común.
Instruye la Concejalía de Comercio. Las bases reguladoras son el acuerdo de la Junta de Gobierno de 29 de junio de 2021, y la convocatoria de este año se aprobó el 9 de febrero de 2026.
Los requisitos concretos de los solicitantes están en el apartado 4 de las bases reguladoras de 2021, y los ámbitos y límites en el apartado 6. La convocatoria anual no los reproduce: hay que consultarlas en la sede antes de preparar el expediente.
El municipio convoca además, por separado, unos premios al uso del valenciano en el comercio local. Aquello es un premio a un ganador; esto es una subvención al gasto y son compatibles en el tiempo pero independientes.
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