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Málaga · Ayudas a pymes para la reactivación económica y el impulso empresarial

75 % de la inversión y hasta 10.000 € para pymes malagueñas dadas de alta desde 2025. Basta con invertir 1.500 € para entrar, y el baremo premia justo lo contrario de lo habitual: cuanto más reciente es la empresa, más puntos saca.

Ficha revisada el 8 de septiembre de 2026 · BDNS 923827

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas y jurídicas con consideración de pyme según el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, con domicilio social y fiscal en el municipio de Málaga y actividad principal desarrollada en él
Cuánto se cobra
75 % del proyecto de inversión o gasto subvencionable, con un máximo de 10.000 € por beneficiario
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con Promálaga como entidad colaboradora en la gestión
Presupuesto
400.000 €
Organismo
MÁLAGA. Código BDNS 923827.

Qué se cobra y con qué inversión mínima

La subvención es del 75 % del proyecto de inversión o gasto subvencionable, con un máximo de 10.000 €. El umbral de entrada es bajo: basta con acreditar una inversión mínima de 1.500 €, de modo que también encaja un negocio pequeño que renueve equipamiento.

La convocatoria nace para corregir lo que llama factores deficitarios de las pymes malagueñas: déficit tecnológico, falta de inversión en locales y equipamiento, y necesidad de implantar nuevos negocios que completen la oferta existente.

La concesión está limitada a disponibilidad presupuestaria. Las solicitudes presentadas que se queden sin presupuesto pasan a lista de espera, y si no llegan a resolverse se entienden desestimadas. Conviene advertirlo: quedar en lista de espera no es una concesión aplazada.

El baremo premia a la empresa más joven

Solo hay dos criterios, y suman 35 puntos como máximo:

CriterioPuntos
Alta a partir del 1 de enero de 202630
Alta entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 202520
Alta entre el 1 de enero y el 30 de junio de 202510
Forma jurídica de economía social: cooperativa de trabajo o sociedad laboral+5

La antigüedad se toma de la fecha de alta en el IAE ante la Hacienda Pública y en la Seguridad Social, y en caso de discrepancia entre ambas se coge la más antigua, que es la lectura que menos favorece al solicitante.

En empate a puntos decide el orden de entrada de la solicitud válida y completa en el registro de la sede electrónica. Como el baremo tiene solo tres escalones y un bonus, los empates van a ser frecuentes: presentar pronto y completo vale tanto como puntuar bien.

Requisitos y tramitación

Los cinco requisitos, tal como los enumera la convocatoria:

  1. Actividad principal desarrollada en el municipio de Málaga, y domicilio social y fiscal también en Málaga.
  2. Haber iniciado la actividad y estar de alta en el IAE y en la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2025, inclusive. Una empresa anterior a esa fecha no entra, por mucho que invierta.
  3. Inversión mínima de 1.500 €.
  4. Que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente.
  5. Tener la consideración de pyme conforme al anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.

La gestión no la lleva directamente el Ayuntamiento: Promálaga, la Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales, actúa como entidad colaboradora en virtud del convenio suscrito con el Ayuntamiento. La comisión técnica que valora está formada por personal de Promálaga, un representante del IMFE y un funcionario municipal del área a la que Promálaga está adscrita.

Para la justificación se aplica, además de la Ley 38/2003 y su reglamento, la Circular 1/2024 del área de gobierno de economía del Ayuntamiento, que es la guía general de justificación de subvenciones municipales.

Plazo15 de octubre de 2026

Cerrada

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Texto oficial

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de agosto de 2026 por el que se aprueba la convocatoria, texto íntegro publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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