Protocolo familiar en las pymes: relevo generacional y profesionalización
SODERCAN paga la mitad de la consultoría para hacer el protocolo familiar y el plan de relevo, o para profesionalizar la gestión de la empresa familiar, hasta 15.000 €. Vale el gasto desde el 1 de enero de 2026. Solo para empresas industriales o de servicios a la industria con al menos cinco años. Plazo hasta el 23 de noviembre de 2026.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 930103
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pymes y autónomos de ámbito familiar, con al menos cinco años de antigüedad, domicilio social, fiscal y centro de trabajo en Cantabria, que se dediquen a la industria o a servicios de apoyo a la industria
- Cuánto se cobra
- 50 % de la consultoría externa, con un máximo de 15.000 € por proyecto
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con baremo (tamaño, antigüedad y número de familiares en el capital); mínimo 50 puntos
- Presupuesto
- 100.000 €, ampliables antes de resolver con sobrantes de otros programas del Plan de Acción 2026. La BDNS lo reparte en tres registros —70.000 € minimis general, 15.000 € agrícola y 15.000 € pesca— que suman esa cifra
- Organismo
- CANTABRIA. Código BDNS 930103.
Qué paga
La consultoría externa especializada para uno de estos dos trabajos:
Plan estratégico familiar (el protocolo)
En dos fases: un diagnóstico de la empresa desde el punto de vista económico, legal y de la estructura familiar, y un plan de continuidad que recoja como mínimo:
- Los antecedentes: fundador, ramas de la familia, valores, arraigo.
- Los pactos estatutarios y parasociales, los que hay y los que vaya a haber.
- Los órganos familiares: Junta de Familia, Consejo Familiar y comités de seguimiento, de formación de los jóvenes y de retribuciones.
- El plan de relevo: quién hace qué, qué perfil necesita la dirección y si los familiares lo tienen, y el calendario con los aspectos fiscales y jurídicos.
Plan de profesionalización de la gestión
Métodos y sistemas de gestión en todas las áreas, incorporar directivos que no sean de la familia, y la valoración de la empresa si se busca un socio financiero o capital de sustitución.
Quién puede pedirla
Empresas familiares que sean pymes o autónomos y se dediquen a la industria o a servicios de apoyo a la industria. Un comercio o un bar no entra.
Qué cuenta como empresa familiar:
- Autónomo que viva de su actividad (más del 50 % de sus rendimientos) y tenga contratado a algún familiar.
- Pyme en la que un grupo familiar (cónyuge o pareja, consanguíneos hasta cuarto grado, afines hasta segundo) tenga al menos el 50 % del capital y uno de ellos cobre de la empresa de forma periódica.
- Pyme en la que una sola persona tenga al menos el 50 % y cobre de forma periódica.
Además:
- Cinco años de antigüedad como mínimo, contados hasta la publicación de la convocatoria (constitución de la sociedad o alta del autónomo).
- Domicilio social, fiscal y centro de trabajo en Cantabria, y mantener la actividad allí tres años después del proyecto.
- Estar al corriente con AEAT, ACAT, Seguridad Social y SODERCAN; tener la evaluación de riesgos laborales y, si toca, el plan de igualdad registrado.
- Una sola vez: quien ya cobró en una convocatoria anterior del programa no puede repetir.
Cuánto se cobra y qué gasto vale
El 50 % de la consultoría, sin impuestos, con un máximo de 15.000 € por proyecto. Para llegar al tope hacen falta 30.000 € de consultoría.
El gasto vale desde el 1 de enero de 2026 hasta seis meses después de que te notifiquen la concesión, facturado y pagado dentro de ese periodo. Si ya empezaste el protocolo este año, entra.
Dos cuidados:
- El consultor no puede estar vinculado con la empresa.
- Si la consultoría supera los 15.000 €, hay que pedir tres presupuestos antes de contratar y justificar la elección si no es la más barata.
Se justifica en los dos meses siguientes al fin de la ejecución, con una memoria, el propio plan estratégico o de profesionalización, las facturas y los pagos.
Cómo se puntúa
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Plantilla del último año: menos de 3 / de 3 a 10 / más de 10 | 25 / 30 / 35 |
| Antigüedad: 5 a 10 años / más de 10 y menos de 25 / 25 o más | 15 / 25 / 35 |
| Familiares en el capital: menos de 3 / de 3 a 5 / más de 5 | 10 / 20 / 30 |
Hace falta un mínimo de 50 puntos, y cualquier empresa que cumpla los requisitos los alcanza. Si la demanda supera los 100.000 €, SODERCAN puede cortar por puntuación o prorratear: ganan las empresas grandes, antiguas y con mucha familia en el accionariado.
Plazo y trámite
Del 24 de septiembre al 23 de noviembre de 2026: dos meses desde el día siguiente al extracto del BOC núm. 183, de 23 de septiembre. Fuera de plazo no se subsana.
Por el Gestor de Ayudas de SODERCAN (ayudas.sodercan.es), con firma digital. Una persona física puede entregarla en papel en la sede de SODERCAN.
Documentación: NIF; escrituras, estatutos y poder, o vida laboral si es autónomo; censo de la AEAT; titularidad de la cuenta; certificados de estar al corriente; memoria técnica y económica según el modelo; vidas laborales de los promotores; informe de plantilla media de 2025; y la documentación que acredite el parentesco.
SODERCAN tiene seis meses desde el cierre para resolver.
Bases
Orden IND/50/2022, de 8 de julio (BOC núm. 142, de 22 de julio de 2022), modificada por la Orden IND/62/2022 y por la Orden IND/34/2026, de 20 de julio (BOC núm. 142, de 24 de julio de 2026). La convocatoria de 2026 es la Resolución SOD/PEF/22/26, de 16 de septiembre.
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