Protección de explotaciones agrícolas y ganaderas frente a la fauna silvestre — Bizkaia 2026
100.000 € para instalar medidas de protección del ganado, los cultivos y las parcelas forrajeras frente a los ataques de la fauna silvestre. Es la cara preventiva de las ayudas por daños de ciervo, corzo y jabalí: aquí se paga el vallado antes de que ocurra el destrozo. Plazo de 20 días hábiles.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas del Territorio Histórico de Bizkaia
- Cuánto se cobra
- El extracto publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia fija la dotación de 100.000 € pero no el porcentaje ni el importe máximo por explotación; el detalle está en el texto completo del Decreto Foral 41/2026, consultable en la BDNS
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 100.000 €
- Organismo
- DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA. Código BDNS 901000.
Prevenir en lugar de compensar
La Diputación Foral de Bizkaia mantiene dos convocatorias complementarias frente al mismo problema, y conviene explicarlas juntas al cliente:
| Convocatoria | Qué paga | Cuándo |
|---|---|---|
| Esta — protección frente a la fauna silvestre | Las medidas de protección: vallados, cerramientos, disuasión | Antes del daño |
| Daños por ciervo, corzo y jabalí | La compensación del destrozo ya producido | Después, y solo si se comunicó |
El objeto declarado es «el fomento de medidas de protección de ganado y protección de cultivos, parcelas forrajeras o cabaña ganadera frente a ataques y daños provocados por la fauna silvestre».
Nótese la diferencia de alcance: la convocatoria de daños se limita al ciervo, el corzo y el jabalí, mientras que esta habla genéricamente de fauna silvestre y menciona expresamente los ataques al ganado, lo que apunta también a la protección frente a depredadores.
Para una explotación con problema recurrente, el orden lógico es: instalar la protección por esta vía y, si aun así hay daño, comunicarlo y cobrar por la otra.
Quién puede pedirla y qué dice el extracto
Beneficiarias: titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas. El extracto no añade más requisitos, aunque por coherencia con el resto del bloque agrario foral cabe esperar la inscripción en el REA o el REGA.
El régimen es de concurrencia competitiva, a diferencia de la convocatoria de daños, que es de concurrencia simple con prorrateo. Aquí sí se comparan solicitudes, así que la memoria importa.
Lo que el extracto no publica
El extracto del Boletín Oficial de Bizkaia recoge beneficiarias, objeto, dotación y plazo, pero no los gastos subvencionables, el porcentaje ni el importe máximo por explotación, ni los criterios de valoración.
El texto completo del Decreto Foral 41/2026 está en la BDNS y es lo primero que hay que descargar antes de comprometer una cifra con el cliente.
- Plazo de solicitud: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOB. Publicado el 28 de abril de 2026, cerró el 28 de mayo.
Veinte días hábiles es un plazo corto para una convocatoria competitiva: hay que tener presupuestos del vallado pedidos antes de que se publique.
Cuándo vuelve a convocarse y con qué se combina
Aprobada por Decreto Foral 41/2026, de 23 de abril, del Departamento de Medio Natural y Agricultura, y publicada en el BOB n.º 78 de 28 de abril de 2026.
El patrón previsible es decreto en abril, publicación a finales de mes y 20 días hábiles de plazo. Es un calendario distinto del resto del bloque agrario foral, que se concentra en diciembre y enero, así que conviene marcarlo aparte en el seguimiento.
Cómo se combina
Con el resto del catálogo agrario de Bizkaia, que financia cosas distintas:
- Daños por ciervo, corzo y jabalí: la compensación del destrozo. Son convocatorias hermanas y hay que vigilar no cobrar dos veces por el mismo concepto.
- Sustituciones y seguros agrarios: el 60 % de la prima del seguro. Conviene comprobar si la póliza ya cubre los daños por fauna.
- Inversiones forestales: en la actuación 1 y en la 5 se subvencionan cierres y protectores al 80-95 % en plantaciones forestales y en zonas de regeneración. Para una explotación forestal, esa vía suele ser más ventajosa que esta y hay que compararlas antes de elegir.
- Compromisos agroambientales e indemnización compensatoria de montaña, que se piden en la Solicitud Única.
Para qué cliente
Explotaciones agrícolas y ganaderas de Bizkaia con presión de fauna silvestre, que en el territorio es alta y creciente. El perfil típico es la ganadería extensiva de monte y la huerta o el viñedo lindante con zona forestal.
El consejo operativo tiene dos partes:
- Instalar la protección por esta convocatoria, comparando antes con la actuación de cierres de las inversiones forestales si la explotación es de monte.
- Comunicar igualmente todos los daños que se produzcan, porque es el requisito que abre la convocatoria de compensación del año siguiente.
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Texto oficial
Extracto del Decreto Foral 41/2026, de 23 de abril, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2026 para la concesión de subvenciones para mejorar la protección de las explotaciones agrícolas y ganaderas frente a daños provocados por la fauna silvestre — BOB n.º 78, de 28 de abril de 2026Texto completo del Decreto Foral 41/2026 en la BDNSUn caso parecido
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