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Plazo sin fecha publicadaAgrario y pescaExtremaduraConcurrencia competitiva

Información y promoción de productos en regímenes de calidad

El 70 % de las campañas de promoción de una denominación de origen, hasta 130.000 € por agrupación y durante un máximo de siete años. Hay que presentar el proyecto entre al menos dos entidades, y no se puede mencionar ninguna marca comercial.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Agrupaciones u organizaciones de productores agroalimentarios, asociaciones sin ánimo de lucro y entidades instrumentales constituidas como órgano de gestión de figuras de calidad, que cooperen entre sí
Cuánto se cobra
70 % de los gastos subvencionables, con un máximo de 130.000 € por agrupación beneficiaria y convocatoria, durante un máximo de siete años
Procedimiento
Concurrencia competitiva y convocatoria anual, con los criterios del Decreto 79/2023
Presupuesto
600.000 € con cargo íntegramente al ejercicio 2027, aplicación presupuestaria 120020000 G/341A/47000, proyecto 20230386. Coincide con la cifra registrada en la BDNS. Ampliable hasta un 20 % antes de resolver
Organismo
EXTREMADURA. Código BDNS 916835.

Objeto y quién cobra

Financia las campañas de información y promoción de los productos amparados por un régimen de calidad, para que el consumidor los conozca y los compre.

El beneficiario no es el productor individual, sino la entidad que gestiona la figura de calidad:

  • Agrupaciones u organizaciones de productores agroalimentarios.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro.
  • Entidades instrumentales constituidas como órgano de gestión de figuras de calidad —los consejos reguladores, en la práctica—.

Hace falta cooperar

Es el requisito estructural de esta línea y conviene tenerlo claro desde el principio: cada proyecto de promoción debe presentarse por al menos dos entidades beneficiarias, que suscriban un documento vinculante con los términos de la cooperación.

Ese documento debe contener, como mínimo, los datos identificativos de los miembros con su representante y, si el representante no es el órgano competente para acordar la participación, el acuerdo del órgano competente con su identificación y fecha, cuya certificación se incorpora al documento.

Y hay una regla de exclusividad: los miembros de un grupo de cooperación no pueden serlo de otro grupo que haya recibido apoyo para la promoción del mismo régimen de calidad.

Esta línea es la hermana promocional de las ayudas a la participación en regímenes de calidad, que sí van al agricultor individual y le pagan la inscripción, la cuota y los controles. Conviene distinguirlas al asesorar: una paga por entrar en la DOP, la otra por promocionarla.

Cuantía

ConceptoValor
Porcentaje70 % de los gastos subvencionables
Máximo por agrupación y convocatoria130.000 €
Duración máxima7 años

Con 600.000 € de crédito, la convocatoria da para unas cuatro o cinco agrupaciones que apuren el máximo.

Periodo de admisibilidad

Del 1 de agosto de 2026 al 31 de julio de 2027. El crédito está imputado íntegramente al ejercicio 2027: en 2026 la dotación es de 0 €.

Qué se puede promocionar y cómo

Regímenes elegibles

Dieciséis denominaciones e indicaciones geográficas: Ribera del Guadiana, Dehesa de Extremadura, Queso de la Serena, Queso de Ibores, Torta del Casar, Aceite de Monterrubio, Gata Hurdes, Pimentón de la Vera, Cereza del Jerte, Miel Villuercas-Ibores, Ternera de Extremadura, Cordero de Extremadura, Queso de Acehúche, Cabrito de Extremadura, Vaca de Extremadura y Aceite Villuerca Ibores Jara. Más la producción ecológica y la IGP Garbanzo Valencia del Ventoso bajo protección nacional transitoria.

Actividades subvencionables

  • Promocionales: catas comentadas, degustaciones, presentaciones públicas, presentaciones en puntos de venta con rótulos informativos, jornadas técnicas y workshops.
  • Publicitarias: publicidad en medios, internet, revistas y guías especializadas; relaciones públicas y misiones comerciales; creación, diseño y actualización de webs publicitarias y redes sociales; banners y anuncios en la red.
  • Información y difusión de los requisitos técnicos y científicos.
  • Planes estratégicos, estudios técnicos, de mercado y de concepción y creación de productos dentro del marco del pliego de condiciones.
  • Material divulgativo y de promoción.

Las tres prohibiciones de contenido

Son las que más condicionan el diseño de la campaña:

  • No se puede mencionar empresas ni marcas. La convocatoria excluye específicamente las actividades de información y promoción relacionadas con nombres de marcas comerciales.
  • No se puede incitar a comprar por el origen del producto, salvo en los casos del Reglamento (UE) 2024/1143. Sí se puede indicar el origen, siempre que quede subordinado al mensaje principal.
  • En vinos, hay que hacer referencia a las exigencias legales y al consumo responsable.

El mensaje debe resaltar las características o ventajas del producto: calidad, métodos de producción específicos, normas de bienestar animal y respeto al medio ambiente vinculados al régimen, pudiendo incluir difusión de conocimientos científicos y técnicos.

Plazo y tramitación

Quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el DOE del 14 de julio de 2026.

La solicitud debe ir suscrita por todos los miembros de la agrupación solicitante, conforme al modelo del anexo I, dirigida a la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

Se presenta en https://sede.gobex.es/SEDE/ o en cualquiera de los registros electrónicos del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, con DNI electrónico o certificado en vigor.

Con quince días hábiles y la exigencia de un documento vinculante firmado por dos entidades con acuerdo de sus órganos competentes, la preparación tiene que estar hecha antes de que salga la convocatoria. Es anual, así que conviene anotar que suele publicarse a mediados de julio.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Resolución de 26 de junio de 2026 por la que se efectúa la convocatoria de 2026 (DOE n.º 134, de 14 de julio de 2026)Decreto 79/2023, de 26 de julio, bases reguladoras (DOE n.º 149, de 3 de agosto de 2023)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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