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Última convocatoriaCultura y creaciónLa RiojaConcurrencia competitiva

Promoción cultural: actividades, equipamiento y reforma de locales

Tres convocatorias hermanas para el profesional o la empresa cultural riojana: el 80 % de la actividad hasta 18.000 €, del equipamiento hasta 12.000 € y de la reforma del local hasta 18.000 €. Quince días hábiles de plazo y una sola solicitud por línea.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Profesionales riojanos y empresas riojanas con objeto social cultural
Cuánto se cobra
80 % del presupuesto en las tres líneas, con topes de 18.000 € (actividades), 12.000 € (equipamiento) y 18.000 € (reforma de locales)
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
360.000 € en total: 200.000 € en actividades culturales, 80.000 € en equipamiento y 80.000 € en reforma y reparación de locales
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 882419.

Objeto: tres líneas, una misma orden

La Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud convocó en 2026 tres resoluciones distintas al amparo de la misma orden de bases, dirigidas al mismo destinatario: el profesional o la empresa riojana con objeto social cultural.

LíneaTítulo de la ordenResoluciónCrédito
Actividades culturalesTítulo I (art. 3)493/2026200.000 €
Equipamiento de locales culturalesTítulo II (art. 8)496/202680.000 €
Reforma y reparación de locales culturalesTítulo III (art. 13)499/202680.000 €

Son convocatorias independientes: cada una admite una solicitud por solicitante. Nada impide concurrir a las tres, y de hecho encajan bien juntas —la actividad, el equipo con el que se hace y el local donde se hace—, pero hay que presentar tres expedientes.

Quién puede solicitarla

Profesionales riojanos y empresas riojanas con objeto social cultural. No es una línea para asociaciones ni entidades sin ánimo de lucro: el destinatario declarado es el sector cultural profesional —salas, productoras, compañías, editoriales, estudios, librerías, galerías— constituido como empresa o como profesional autónomo.

El objeto, condiciones y finalidad concretos de cada línea están en los artículos 3, 8 y 13 de la Orden EDC/43/2020, según corresponda.

Quedan exentos de acreditar estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social los beneficiarios que se encuentren en los supuestos del artículo 14.2 del Decreto 14/2006.

Cuantía

Las tres líneas comparten la misma intensidad —el 80 %— pero cambian los topes:

LíneaIntensidadSubvención máximaGasto máximo computable
Actividades culturales80 %18.000 €22.500 €
Equipamiento de locales80 %12.000 €15.000 €
Reforma y reparación de locales80 %18.000 €22.500 €

Los dos límites operan juntos y conviene no confundirlos. El gasto máximo computable es el techo del presupuesto que la Administración tiene en cuenta: por encima de 22.500 € (o de 15.000 € en equipamiento), el exceso sencillamente no cuenta. El 80 % de ese techo da justo la subvención máxima. Presentar un proyecto de 40.000 € no mejora el resultado frente a uno de 22.500 €.

En las tres líneas hay que asumir un compromiso expreso de cubrir la diferencia entre el coste y la cantidad concedida.

Documentación por línea

Común a las tres: solicitud en modelo oficial disponible en la oficina electrónica de la sede del Gobierno de La Rioja, declaración responsable conforme a los artículos 25 y 26 del Reglamento de la LGS, y declaración responsable de los impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación.

Actividades culturales

  • Memoria de la actividad para la que se pide la subvención.
  • Presupuestos detallados, tanto de los ingresos previstos para financiar las actividades como de los gastos que generen.
  • Compromiso de cubrir la diferencia entre el coste y lo concedido.

Equipamiento de locales

  • Memoria justificativa de la necesidad de adquirir el material.
  • Presupuesto del proveedor.
  • Compromiso de cubrir la diferencia.

Reforma y reparación de locales

  • Memoria con valoración económica de la obra.
  • Certificación de la propiedad o del derecho de uso sobre el local. Si no es propiedad del peticionario, hace falta autorización del propietario para realizar las obras.
  • Presupuesto del proveedor.
  • Compromiso de asumir la financiación de la parte no subvencionada.

En equipamiento y en reforma, si el importe supera el umbral del contrato menor del artículo 118.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, hay que aportar tres presupuestos (artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones). Es el requisito que más se olvida y obliga a rehacer el expediente.

Plazos

Solicitud

En las tres líneas, quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Justificación

LíneaFin del plazo de justificación
Actividades culturales30 de octubre de 2026
Equipamiento de locales16 de octubre de 2026
Reforma y reparación de locales16 de octubre de 2026

Las fechas de justificación no coinciden entre líneas: quince días de diferencia. Quien concurra a varias tiene que llevar dos calendarios.

Plazo11 de marzo de 2026

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Texto oficial

Resolución 493/2026, convocatoria de actividades culturales publicada en la BDNSOrden EDC/43/2020, de 22 de julio, bases reguladoras (BOR nº 92, de 27 de julio de 2020)

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