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Programa MEJORA · empleabilidad joven y relevo generacional

Hasta 12.000 € por contratar a un menor de 36 años titulado en un puesto acorde con su titulación, o por darle un contrato de relevo cuando alguien de la plantilla se jubila parcialmente. La cuantía se calcula sobre la base de cotización, no sobre el SMI, así que sube con la categoría profesional. Se pide en quince días hábiles desde el alta.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas de cualquier forma jurídica, personas trabajadoras autónomas y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Aragón y contraten a personas de 35 años o menos, desempleadas, inscritas como demandantes y empadronadas en Aragón
Cuánto se cobra
Línea 1: 24 mensualidades del 25 % de la base mínima de cotización en contratos indefinidos y 12 en contratos formativos. Línea 2: ocho o cuatro veces el SMI mensual según el tipo de contrato de relevo. Tope de 12.000 € por contrato en ambas
Procedimiento
Concurrencia competitiva simplificada: se resuelve por fecha y hora de registro hasta agotar el crédito
Presupuesto
2.200.000 €, financiados con fondos de empleo de ámbito estatal. Crédito ampliable. Coincide con lo registrado en la BDNS
Organismo
ARAGÓN. Código BDNS 902248.

Objeto

El Programa MEJORA es la apuesta del INAEM por dos cosas a la vez: que los jóvenes titulados trabajen en algo relacionado con lo que han estudiado, y que las jubilaciones parciales se cubran con gente joven. De ahí sus dos líneas:

  • Línea 1 — Mejora de la empleabilidad: contratos indefinidos iniciales o contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, siempre a jornada completa y adecuados al nivel de estudios de la persona contratada.
  • Línea 2 — Relevo generacional: contratos de relevo a jornada completa, indefinidos o de duración determinada de al menos 12 meses, para sustituir a un trabajador que accede a la jubilación parcial.

La convocatoria de 2026 cubre los contratos formalizados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos incluidos.

El procedimiento es de concurrencia competitiva simplificada: sin baremo, por orden de fecha y hora de registro, hasta agotar el crédito.

Quién puede ser contratado

Los requisitos de la persona joven son comunes a las dos líneas y hay que cumplirlos todos:

  • 35 años o menos en la fecha de inicio de la relación laboral.
  • Empadronada en un municipio de Aragón con anterioridad a la fecha de inicio del contrato. Es el requisito más específico de este programa y el que más se olvida.
  • Desempleada e inscrita como demandante de empleo al menos desde el día inmediatamente anterior al inicio del contrato.

En la línea 1 hace falta además una cualificación profesional reconocida: licenciatura, diplomatura, ingeniería, arquitectura, máster, grado universitario, título de Grado Medio o Superior de Formación Profesional, certificados de profesionalidad o profesionales, u otras titulaciones oficialmente equivalentes.

Y el puesto tiene que ajustarse a esa titulación, con encuadre obligatorio en determinados grupos de cotización: del 1 al 3 si el contrato se subvenciona por una titulación universitaria y del 5 al 9 si es por formación profesional.

Salario mínimo del puesto

La remuneración bruta debe constar en el contrato y no puede bajar de estos suelos anuales a jornada completa, tomando el SMI anual con 14 pagas vigente al publicarse la convocatoria:

TitulaciónRemuneración bruta anual mínima
UniversitariaSMI anual × 1,3
Grado Superior de FP y certificados de nivel 3SMI anual × 1,1
Grado Medio de FP y certificados de nivel 1 y 2SMI anual

En todo caso, nunca por debajo del convenio colectivo aplicable. En la línea 2 el suelo es el SMI anual con 14 pagas.

Cuánto se cobra

Línea 1 · Mejora de la empleabilidad

La cuantía no se calcula sobre el SMI sino sobre la base mínima de cotización del grupo en el que se encuadre la categoría profesional, tomando las bases vigentes al publicarse la convocatoria:

Tipo de contratoCuantía básica
Indefinido24 × el 25 % de la base mínima de cotización
Formativo para la práctica profesional12 × el 25 % de la base mínima de cotización

Esto tiene una consecuencia práctica: cuanto más alta es la categoría profesional, mayor es la ayuda. Un titulado universitario en grupo 1 genera bastante más subvención que un titulado de grado medio, al contrario de lo que ocurre en la mayoría de ayudas a la contratación.

Línea 2 · Relevo generacional

Tipo de contrato de relevoCuantía básica
Indefinido desde el inicio8 × el SMI mensual sin pagas extra
Duración determinada hasta la jubilación ordinaria del relevado, mínimo 12 meses4 × el SMI mensual sin pagas extra

Incrementos, iguales en las dos líneas

CircunstanciaIncremento
La persona contratada es mujer+10 %
Mujer desempleada víctima de violencia de género+50 %
La empresa tiene menos de 10 trabajadores por cuenta ajena el día anterior+10 %
Centro de trabajo en municipio de menos de 5.000 habitantes+10 %

Son acumulables entre sí, con un tope de 12.000 € por contrato, el más alto de las ayudas a la contratación del INAEM.

Hay un segundo límite que actúa en paralelo: la subvención no puede superar el 70 % de los costes salariales de la persona contratada —excluida la Seguridad Social— correspondientes a dos anualidades.

Las dos obligaciones que condicionan la ayuda

Incremento neto de plantilla

El contrato debe suponer un incremento neto de la plantilla total de los centros de trabajo de la misma provincia donde se crea el puesto, comparado con la plantilla media en situación de alta de los noventa días naturales anteriores.

Para ese cálculo no se computan las vacantes producidas por baja voluntaria, incapacidad permanente total, muerte, jubilación por edad, excedencia, despido disciplinario no declarado improcedente o despido por causas objetivas. Es decir: si alguien se fue por su cuenta, la plaza que deja no penaliza.

Formación en los seis primeros meses

Solo en la línea 1, y es una obligación que se pasa por alto porque va dentro del contrato: este debe incluir una cláusula por la que la empresa se compromete a facilitar formación relacionada con el puesto durante los seis primeros meses de vigencia, con una duración de al menos 50 horas.

Incumplirlo es causa de reintegro parcial. También lo es acreditarlo fuera de plazo. Y si la persona trabajadora se niega a participar, la empresa debe comunicarlo al INAEM en el plazo previsto, lo que igualmente conlleva reintegro parcial.

Plazos y tramitación

Como en el resto de ayudas del INAEM a la contratación, no hay un plazo común: son quince días hábiles desde el día siguiente al alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

La convocatoria —Orden EMC/682/2026, de 28 de abril— se publicó en el “Boletín Oficial de Aragón” de 13 de mayo de 2026. Para los contratos iniciados entre el 1 de octubre de 2025 y esa entrada en vigor, los quince días hábiles se contaron desde el día siguiente a la publicación.

Presentación electrónica con firma digital en el trámite «Subvenciones del Programa MEJORA» de la sede del Gobierno de Aragón. La solicitud solo cuenta cuando se obtiene el justificante de registro.

Resuelve el INAEM en un máximo de tres meses desde cada solicitud, con silencio desestimatorio, y las solicitudes se atienden por orden de entrada hasta agotar el crédito. Una denegación por falta de crédito no da derecho en la convocatoria siguiente.

Las bases prevén un régimen de sustitución si la persona subvencionada causa baja.

Una declaración específica de este programa: si la empresa tiene 50 o más trabajadores, debe declarar que cumple la reserva de cuota del 2 % de puestos para personas con discapacidad.

Régimen de minimis

Se acoge al Reglamento (UE) 2023/2831, con un máximo de 300.000 € en tres años por «única empresa». En este caso las bases reguladoras son de 2024 y ya citan el reglamento vigente, de modo que no hay discrepancia entre bases y convocatoria —a diferencia de lo que ocurre en otros programas del INAEM cuyas bases son anteriores a 2024—.

Quedan excluidas las empresas de producción primaria de productos agrícolas y de pesca y acuicultura, y la transformación y comercialización de esos productos en los supuestos que el reglamento detalla.

Cuándo vuelve a convocarse

Las bases son la Orden EEI/709/2024, de 21 de junio (BOA número 128, de 3 de julio de 2024), que aprobó el programa y lo convocó por primera vez ese mismo año. Tres ediciones:

EdiciónRegistro en la BDNSCrédito
2024julio de 2024
202514 de febrero de 20252.200.000 €
202628 de abril de 20262.200.000 €

El crédito se ha mantenido, aunque la convocatoria se retrasó de febrero a abril. El período subvencionable arranca siempre el 1 de octubre del año anterior, así que una contratación de octubre o noviembre de 2026 no se pierde: entrará en la convocatoria de 2027, que conviene esperar vigilando el BOA desde febrero.

Con quince días hábiles de plazo desde el alta, la única forma de no perder esta ayuda es decidir antes de firmar el contrato: comprobar el empadronamiento en Aragón, encuadrar bien el grupo de cotización, fijar el salario por encima del suelo que exige el programa e incluir la cláusula de las 50 horas de formación.

Cierra en22 de octubre de 2026

54 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Orden EMC/682/2026, de 28 de abril, de convocatoria (BOA de 13 de mayo de 2026)Bases reguladoras: Orden EEI/709/2024, de 21 de junio (BOA núm. 128, de 3 de julio de 2024)Ficha de la convocatoria en la BDNS

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