Priego de Córdoba · Programa de incentivos al emprendimiento y la consolidación de empresas
Cinco líneas que cubren el ciclo completo: montar el negocio, consolidarlo, instalarse en suelo industrial, contratar y salir a vender. Se convocan de forma anticipada, así que el crédito no está confirmado hasta el momento de resolver.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas emprendedoras, autónomos y pequeñas y medianas empresas de la localidad de Priego de Córdoba
- Cuánto se cobra
- Según la línea, conforme a las bases del Programa de Incentivos publicadas en el BOP de Córdoba núm. 14 de 22 de enero de 2019 y modificadas en diciembre de 2025
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, artículo 22.1 de la Ley 38/2003, en tramitación anticipada
- Presupuesto
- 40.000 € en la Línea 1, con dotación propia para cada una de las cinco líneas
- Organismo
- PRIEGO DE CÓRDOBA. Código BDNS 880753.
Las cinco líneas del programa
El Ayuntamiento convoca simultáneamente las cinco líneas del Programa de Incentivos para el Apoyo al Emprendimiento y la Consolidación de Empresas:
| Línea | Qué apoya |
|---|---|
| 1 | Emprendimiento y autoempleo: fomentar el empleo autónomo y la creación de pymes en la localidad |
| 2 | Consolidación, crecimiento y mejora de la competitividad de las empresas existentes |
| 3 | Ubicación de empresas en suelo industrial |
| 4 | Contratación |
| 5 | Promoción y comercialización empresarial |
Es una de las pocas convocatorias municipales andaluzas que cubre el ciclo entero de la vida de una empresa pequeña, desde el alta hasta la salida comercial. Para una consultoría eso significa que un mismo cliente de Priego puede tener encaje en distintas líneas según el momento en que esté.
Las bases son de 2018, publicadas en el BOP de Córdoba núm. 14 de 22 de enero de 2019, pero las Líneas 1 y 3 fueron modificadas por Pleno de 24 de julio de 2025, con publicación en el BOP núm. 234 de 5 de diciembre de 2025. Al preparar el expediente hay que trabajar con el texto modificado, no con el original de 2019.
Tramitación anticipada: el crédito llega después
La convocatoria se aprobó el 29 de diciembre de 2025, antes de que existiera el presupuesto municipal de 2026, mediante la figura de la tramitación anticipada. El propio expediente lo reconoce: no consta certificado específico de existencia de crédito en el proyecto de presupuesto de 2026, conforme al artículo 56.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Eso no impide tramitar, pero sí condiciona el resultado: el certificado debe incorporarse con carácter previo a la resolución de concesión, y la propia convocatoria advierte que la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolver.
Conviene explicárselo al cliente en esos términos: presentar es gratis y el expediente avanza, pero la ayuda no está garantizada por el hecho de cumplir requisitos hasta que el Ayuntamiento certifique el crédito.
La ventaja de este sistema es la contraria: al convocarse en diciembre, el plazo se abre en enero y las ayudas se resuelven mucho antes que en los municipios que esperan a tener presupuesto aprobado.
Dotación y publicación
La Línea 1, de emprendimiento y autoempleo, está dotada con 40.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 203 43301 47900, «Programa de incentivos de apoyo al emprendimiento». Cada línea tiene su propia dotación dentro del programa.
El objeto de esa línea, tal como lo formula la convocatoria, es fomentar la actividad emprendedora e incentivar el emprendimiento y el autoempleo, así como la creación de pequeñas y medianas empresas en la localidad.
Un detalle práctico sobre dónde buscarlas: las convocatorias, con sus anexos, se publican en la página web del Ayuntamiento además de en los boletines. Para un municipio de este tamaño, la web municipal suele ir por delante del BOP y es donde antes aparecen los formularios.
El régimen es de concurrencia competitiva conforme al artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones, de modo que hay baremo y no basta con cumplir requisitos: hay que puntuar.
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