Prácticas no laborales de Garantía Juvenil: 2.000 o 2.200 € por joven acogido
La empresa que acoge a un joven de Garantía Juvenil en prácticas no laborales cobra 2.000 € —2.200 € si es mujer—, con un acuerdo mínimo de seis meses y una beca para el joven de al menos el 110 % del IPREM. Hay que firmar antes un convenio con el SEF.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas y personas trabajadoras autónomas con centro de trabajo en la Región de Murcia que hayan firmado convenio de colaboración con el SEF; también comunidades de bienes y agrupaciones sin personalidad jurídica con consideración de empresa
- Cuánto se cobra
- 2.000 € por acuerdo de prácticas con un hombre y 2.200 € con una mujer
- Procedimiento
- Por orden de entrada, sin concurrencia competitiva, hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 250.000 € entre los tres registros, más un crédito adicional estimado de 100.000 €
- Organismo
- REGIÓN DE MURCIA. Código BDNS 891626.
Objeto
Subvenciona a la empresa que acoge en prácticas no laborales a un joven beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la regulación del Real Decreto 1543/2011. Es la línea 6 de la orden de bases del SEF, hermana de la de contratación indefinida.
La persona joven debe estar inscrita como beneficiaria en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el momento del acuerdo de prácticas, y cumplir las condiciones de beneficiario en la fecha en que las realiza.
El trámite previo que se olvida
Antes de nada hay que haber firmado un convenio de colaboración con el SEF, según el artículo 4 del Real Decreto 1543/2011. Sin ese convenio no hay subvención posible, y no se firma en el momento de solicitar: es un paso anterior. Es el requisito que más veces deja fuera a una empresa que ya tiene al joven en prácticas.
Cuantía y condiciones del acuerdo
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Acuerdo de prácticas con un hombre | 2.000 € |
| Acuerdo de prácticas con una mujer | 2.200 € |
Dos condiciones que definen el acuerdo y hay que cumplir desde el principio:
- Duración mínima de 6 meses.
- Beca de apoyo al joven de al menos el 110 % del IPREM mensual vigente en cada momento, que debe constar en el acuerdo desde su inicio. No vale pactarla después ni subirla a posteriori.
Conviene hacer el cálculo completo antes de decidir: la subvención de 2.000 € cubre una parte de la beca de seis meses, no su totalidad. El incentivo real está en el acceso a talento joven, no en que la operación salga gratis.
Número máximo
Con cargo al ejercicio 2026, una misma empresa puede obtener como máximo 5 subvenciones por línea y 10 en el conjunto de todas las líneas de la orden de bases — el mismo tope que comparte con la línea de contratación indefinida.
Quién puede solicitarla y quién queda fuera
Empresas y personas trabajadoras autónomas con el centro de trabajo en la Región de Murcia. También agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y cualquier unidad económica sin personalidad jurídica que tenga consideración de empresa. Y, como en la línea de contratación, cuentan como autónomos quienes compatibilizan la pensión de jubilación con la titularidad del negocio.
Quedan fuera los entes y organismos del sector público (art. 3 de la Ley de Contratos del Sector Público).
Exclusiones
- Prácticas con personas que prestaron servicios en la misma empresa, empresas vinculadas o del grupo en los 12 meses anteriores con contrato indefinido —los fijos discontinuos no cuentan como tal—. También aplica si la persona estuvo en una empresa a la que la solicitante ha sucedido por el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores.
- No mantener a la persona en plantilla en el momento de redactarse la propuesta de resolución.
- Prácticas con cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes hasta el segundo grado del empresario, de quien tenga el control, de cargos de dirección o de miembros del órgano de administración.
Obligación de mantenimiento
Hay que mantener las prácticas durante 6 meses (180 días) contados desde el alta de la persona en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
Plazos
| Plazo | Cuál es |
|---|---|
| General | Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM hasta el 15 de octubre de 2026 |
| Individual | 1 mes desde el alta en Seguridad Social por la realización de las prácticas |
Como en el resto de programas del SEF, la solicitud tiene que caer dentro de los dos plazos a la vez. Para las prácticas iniciadas antes de la publicación del extracto, el mes se cuenta desde el día siguiente a esa publicación.
Cómo se pide
Presentación electrónica obligatoria —también para autónomos personas físicas— en sede.carm.es, formulario del procedimiento 1203 «Subvenciones para prácticas no laborales (Garantía Juvenil)». El modelo también está en sefcarm.es, apartado de ayudas y subvenciones.
Entre la documentación del anexo I hay que aportar el NIF de la empresa, la certificación del epígrafe del IAE y la autorización de la persona joven para el acceso a sus datos (anexo III). Si la persona se opone, la empresa tendrá que reunir y trasladar al SEF su DNI o NIE y su informe de vida laboral.
El convenio con el SEF y el acuerdo de prácticas presentado en la Oficina de Empleo los puede obtener el propio órgano instructor por medios telemáticos: no hace falta adjuntarlos.
Normativa, minimis y presupuesto
Norma aplicable
- Bases reguladoras: Orden de 14 de mayo de 2024 del Presidente del SEF (BORM n.º 128, de 4 de junio de 2024) — las mismas que la línea de contratación indefinida.
- Régimen de las prácticas: Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre.
Reglamentos de minimis que fija esta convocatoria
- Reg. (UE) 2023/2831 — general.
- Reg. (UE) 1408/2013 — sector agrícola.
- Reg. (UE) 717/2014 — pesca y acuicultura.
- Reg. (UE) 2023/2391, que modifica los anteriores.
Igual que en Cuota Cero y en contratación indefinida, la BDNS parte la convocatoria en tres registros según el reglamento aplicable: 232.400 € (2023/2831), 11.000 € (1408/2013) y 6.600 € (717/2014). La suma es 250.000 €, que es exactamente el crédito único de la línea 6 en el texto oficial. Son tres asientos de la misma convocatoria, no tres ayudas.
Presupuesto
250.000 € en la partida 57.02.00.322A.47501, proyecto 49121, financiados al 100 % por el MITES-SEPE, más un crédito adicional estimado de 100.000 € que puede activarse si sobra crédito de convocatorias anteriores o se amplía la partida.
Incompatibilidades
Incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad, salvo las bonificaciones y reducciones de cuotas de la Seguridad Social que correspondan por ley.
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Texto oficial
Convocatoria 2026, texto completo publicado en la BDNSBases reguladoras: Orden de 14 de mayo de 2024 del SEF (BORM n.º 128, de 4 de junio de 2024)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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